Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/229-2)
Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021

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Cuatro funcionarios o funcionarias del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales que
actuarán como personas expertas en los aspectos técnicos de las solicitudes, con equilibrio en la
representación entre mujeres y hombres y conocimientos previos en materia de igualdad de género.
Pudiendo ser auxiliadas en tales funciones por personal experto en ambos aspectos de la Consejería
competente en materia de Empleo.

Secretaría:

Un
funcionario
o
funcionaria
del
Instituto.
En la elección de la Secretaría se intentará, conforme a los recursos humanos del IAPRL que se
garantice el equilibrio de representación entre mujeres y hombres en relación con el cargo de la
Presidencia.

Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :

La Dirección Gerencia del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
http://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaycomercio/servicios/procedimientos/detalle/15042/
datosbasicos.html

15.- Documentación (Artículo 17):

15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

1. Acreditación de la personalidad: tarjeta de identificación fiscal, escritura de constitución (salvo
Universidades) y estatutos de la entidad. En el caso de fundaciones, inscripción en el registro
correspondiente.
2. Acreditación de la representación legal de la entidad: documentación acreditativa de la representación
legal, en su caso documento nacional de identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona que ostente la
representación legal, en el caso de que manifieste su oposición expresa a que la Administración consulte
sus
datos
de
identidad
a
través
del
sistema
de
verificación
de
identidad.
3. Certificado bancario acreditativo de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria
consignada
en
su
solicitud,
incluyendo
IBAN
4. Documentación técnica: los proyectos que se presenten han de definir, en el mismo orden en que se
relacionan
en
este
apartado,
lo
siguiente:
A.
Memoria
del
proyecto
de
investigación
(Anexo
IIA)
con
los
siguientes
apartados:
Resumen
del
proyecto
de
investigación.
- Antecedentes y estado actual del tema. Se deberá describir el estado actual de los conocimientos,
productos, procesos y tecnologías en relación con los objetivos del proyecto, identificando las
desventajas y/o limitaciones de lo ya existente, así como los avances que supondrían el logro de los
objetivos.
-Bibliografía
más
relevante.
-Hipótesis-Objetivos
generales
y
operativos.
-Interés
del
proyecto
-Metodología.
-Medios,
Instalaciones,
instrumentos
y
técnicas
disponibles
para
realizar
el
proyecto.
-Plan
de
trabajo.
Cronograma.
-Distribución
de
tareas
y
responsabilidades.
-Experiencia
del
equipo
investigador
sobre
el
tema.
-Utilidad
práctica
de
los
resultados
en
relación
con
la
prevención
de
riesgos
laborales.
-Justificación
de
la
ayuda
solicitada.
B.Presupuesto
del
proyecto
desglosado
(Anexo
II
B).
C. Informe de viabilidad del proyecto de investigación en el que se haga constar la viabilidad del
proyecto
de
investigación
en
todos
sus
términos
(Anexo
II
C).
D. Currículos normalizados abreviados de todos las personas investigadoras que participen en el proyecto,
limitando
las
publicaciones
a
los
últimos
seis
años
(Anexo
II
Se advierte que cualquier discrepancia entre lo declarado en la solicitud, la documentación aportada en el
Anexo II y la documentación justificativa, podrá ser motivo de expediente de incumplimiento que, en su
caso, podrá suponer la modificación o revocación de la concesión de la ayuda. Los anexos referidos en el
texto articulado de las bases reguladoras serán objeto de publicación junto con la correspondiente
convocatoria.

15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias auténticas.
Otro:

Hasta que no se encuentren plenamente operativas las oficinas de asistencia en materia
de registros, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final segunda del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, se podrán
presentar copias digitalizadas de documentos originales en formato papel, cuya fidelidad
con el original se garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
En este supuesto, el Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales podrá
solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas.
Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir a las
personas o entidades interesadas la exhibición del documento o de la información
original. La aportación de tales copias implica la autorización al órgano gestor para
que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.

Soporte:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251155

Copias autenticadas.