5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/192-26)
Anuncio de 10 de septiembre de 2021, del Ayuntamiento de Los Barrios, de bases para la selección como funcionario de carrera de siete plazas de Policía Local, mediante los sistemas de turno libre (6) y de movilidad sin ascenso (1), a través de los procedimientos de oposición libre y concurso de méritos, respectivamente, Ofertas de Empleo Público de 2020 y 2021. (PP. 2741/2021).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 190
de la Iglesia, s/n, Los Barrios (11.370), o en los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, incluido el Registro Electrónico de la Entidad –sede electrónica–
(https://www.losbarrios.es/oficina-virtual-sede-electronica/). Resueltas en su caso por
el Tribunal las alegaciones presentadas, éste hará pública la plantilla definitiva que se
empleará para la corrección del ejercicio. En el supuesto de que hubiere que anularse una
o varias preguntas, en el acuerdo de publicación de la plantilla definitiva se establecerá la
sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por
el orden en que se contienen en el ejercicio. Después de publicada la plantilla definitiva
y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón virtual (www.losbarrios.es)
y tablón de anuncios de la Entidad la lista de aspirantes aprobados con indicación de la
referencia numérica o alfanumérica que tenga asignada como código de identificación. Ni
la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles
de forma independiente a la publicación de la lista de las personas aprobadas.
El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas incorrectas se
invalidará una correcta. Una vez realizada esta operación, se dividirá la puntuación
máxima a otorgar, es decir 10,00 puntos, entre el número de preguntas del cuestionario, en
este caso 100, multiplicándose el cociente obtenido por el número de preguntas correctas
después de realizada la operación inicial, siendo 5,00 puntos el mínimo necesario para
considerar superada la primera parte del primer ejercicio. Este ejercicio tiene carácter
eliminatorio de forma que si no se supera el aspirante no podrá continuar en el proceso
selectivo.
9.1.2. Segunda prueba: Aptitud física.
De carácter obligatorio y eliminatorio. Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud
física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de
Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo
de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías
de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo I de las presentes bases, y en
el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará
de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás,
condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal
determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento.
Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas
selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en
cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
9.1.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
De carácter obligatorio y eliminatorio. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad
comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función
policial a la que aspiran.
A. Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198519
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 190
de la Iglesia, s/n, Los Barrios (11.370), o en los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, incluido el Registro Electrónico de la Entidad –sede electrónica–
(https://www.losbarrios.es/oficina-virtual-sede-electronica/). Resueltas en su caso por
el Tribunal las alegaciones presentadas, éste hará pública la plantilla definitiva que se
empleará para la corrección del ejercicio. En el supuesto de que hubiere que anularse una
o varias preguntas, en el acuerdo de publicación de la plantilla definitiva se establecerá la
sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por
el orden en que se contienen en el ejercicio. Después de publicada la plantilla definitiva
y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón virtual (www.losbarrios.es)
y tablón de anuncios de la Entidad la lista de aspirantes aprobados con indicación de la
referencia numérica o alfanumérica que tenga asignada como código de identificación. Ni
la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles
de forma independiente a la publicación de la lista de las personas aprobadas.
El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas incorrectas se
invalidará una correcta. Una vez realizada esta operación, se dividirá la puntuación
máxima a otorgar, es decir 10,00 puntos, entre el número de preguntas del cuestionario, en
este caso 100, multiplicándose el cociente obtenido por el número de preguntas correctas
después de realizada la operación inicial, siendo 5,00 puntos el mínimo necesario para
considerar superada la primera parte del primer ejercicio. Este ejercicio tiene carácter
eliminatorio de forma que si no se supera el aspirante no podrá continuar en el proceso
selectivo.
9.1.2. Segunda prueba: Aptitud física.
De carácter obligatorio y eliminatorio. Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud
física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de
Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo
de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías
de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo I de las presentes bases, y en
el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará
de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar
al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante
reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se
encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará
el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás,
condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal
determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento.
Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas
selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en
cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan
acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo
de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo
aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con
aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos
de atuendo deportivo.
9.1.3. Tercera prueba: Psicotécnica.
De carácter obligatorio y eliminatorio. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad
comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función
policial a la que aspiran.
A. Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00198519
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