Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/143-5)
Acuerdo de 14 de julio de 2021, del Parlamento de Andalucía, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 193

6. Tribunal calificador.
6.1. El órgano encargado de la selección de este proceso será el tribunal calificador,
cuya composición será determinada por la Mesa del Parlamento de Andalucía al aprobar
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo.
Corresponden al tribunal calificador las funciones relativas a la determinación
concreta del contenido de los ejercicios y a la calificación de los aspirantes, así como, en
general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo
del proceso selectivo. El tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que surjan
en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en las bases de la presente
convocatoria, y para determinar la actuación procedente en los casos no previstos.
6.2. No podrán formar parte del tribunal calificador aquellas personas que hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguno de los motivos
previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal calificador
cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo mencionado.
6.3. El tribunal calificador podrá proponer al letrado mayor el nombramiento de
asesores que tengan especial conocimiento en las materias objeto de las pruebas, que
actuarán con voz pero sin voto.
6.4. El letrado mayor podrá designar personal funcionario que colabore temporalmente
en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material
y ordenación administrativa que les atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a
dicho tribunal y ejercerá sus funciones de acuerdo con las instrucciones que éste le curse
al efecto.
6.5. Cada una de las organizaciones sindicales con representación en el Consejo de
Personal del Parlamento de Andalucía podrá proponer al letrado mayor el nombramiento
de una persona que participe como observador en el proceso de selección, que en
ningún caso formará parte del tribunal calificador ni participará en sus deliberaciones ni
en sus actuaciones internas. A estos efectos, las organizaciones sindicales antes aludidas
designarán representante y suplente si así lo estiman oportuno. Dicha designación se
realizará en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía de los listados definitivos
de admitidos y excluidos. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se
entenderá que se renuncia a dicha representación.
6.6. Las personas que formen parte del tribunal calificador son personalmente
responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos
establecidos legalmente.
6.7. En los casos de ausencia, enfermedad, abstención, recusación u otra causa
legal de los miembros titulares del tribunal, éstos serán sustituidos por sus respectivos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, con carácter
potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contenciosoadministrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de
su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.