Disposiciones generales. . (2021/136-2)
Decreto 195/2021, de 13 de julio, por el que se modifica el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Viernes, 16 de julio de 2021
página 26

Cinco. Se modifica el artículo 17 que queda redactado como sigue:
«Artículo 17. Dirección General de Andalucía Global.
1. A la Dirección General de Andalucía Global le corresponden las atribuciones
previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, así como la coordinación
de las competencias relacionadas con los andaluces y andaluzas que residen fuera de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y en particular:
a) Promover las actuaciones necesarias dirigidas a la atención y apoyo a los andaluces
y andaluzas en el exterior.
b) Impulsar y apoyar a las comunidades andaluzas como principales representantes
de la identidad y cultura andaluza fuera del territorio de la Comunidad Autónoma.
c) Potenciar las relaciones institucionales y de colaboración con los territorios donde
existan comunidades andaluzas.
d) Coordinar la comunicación de la Junta de Andalucía con las comunidades andaluzas,
así como facilitar el acceso de éstas y de los andaluces y andaluzas en el exterior a los
diferentes ámbitos de la actividad de la Administración de la Junta de Andalucía.
e) Gestión y tramitación del procedimiento para el reconocimiento de entidades como
comunidades andaluzas.
f) Gestión del Registro Oficial de Comunidades Andaluzas.
g) La coordinación del ejercicio de las funciones atribuidas a la Junta de Andalucía en
el seno del Consejo de comunidades andaluzas.
h) Coordinación e impulso de medidas dirigidas a favorecer la promoción de Andalucía,
así como de los andaluces y andaluzas en el exterior.
i) Promover la participación y el acceso de los andaluces y andaluzas en el exterior
a la vida social y cultural de Andalucía, con especial atención a las personas mayores, la
juventud y la infancia.
j) Apoyo y atención a la población andaluza retornada al objeto de facilitar el regreso y
la integración social de las personas que vuelven a Andalucía.
2. Así mismo, le corresponden las atribuciones derivadas de la competencia
establecida en el artículo 1.s) del presente Decreto, sin perjuicio de las competencias que
sobre la materia puedan ostentar otras Consejerías de la Administración de la Junta de
Andalucía y, en particular:
a) El establecimiento de los criterios generales para el desarrollo, proyección, difusión
y fomento de la imagen de Andalucía, así como de sus valores.
b) El impulso de las políticas públicas para el desarrollo de actuaciones orientadas al
fomento y proyección de la conciencia de identidad del pueblo andaluz, a través de sus
distintas manifestaciones, y la colaboración con el sector privado para estos fines.
c) El impulso de una política pública de difusión de los valores de Andalucía y de
fomento de una cultura de convivencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195849

k) Las competencias en materia de fomento de la internacionalización del tejido
empresarial andaluz, así como la atracción de inversión directa exterior que pueda
contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo andaluz, y en consecuencia
la coordinación de la actividad de la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.
(EXTENDA), en lo que se refiere a crear, sostener y gestionar mecanismos destinados
a contribuir a la internacionalización del tejido empresarial andaluz, mediante el apoyo al
desarrollo de sus estructuras comerciales para la exportación y el fomento de la inversión
productiva en el exterior, así como para la atracción de inversión directa exterior que
pueda contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo andaluz.
l) El impulso, el seguimiento y la coordinación de las líneas estratégicas de la Dirección
General de Andalucía Global.
m) Cualesquiera otras que se le atribuyan.
2. De la Secretaría General de Acción Exterior dependerá orgánica y funcionalmente
la Dirección General de Andalucía Global.»