3. Otras disposiciones. . (2021/114-14)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas para la adhesión de espacios municipales de titularidad pública a la Red Andaluza de Teatros Públicos, ejercicio 2022.
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Miércoles, 16 de junio de 2021
página 92

La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a, con voz y
sin voto.
La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de
hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En lo no previsto
por la presente Resolución, la Comisión se regirá por lo establecido en la Sección 3.ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Sexto. Criterios de valoración.
Para la evaluación de las ofertas presentadas, la Comisión de Valoración tomará en
consideración los siguientes criterios:
1. Valoración de los aspectos artísticos y de gestión de la programación del teatro. De
0 a 40 puntos.
2. Valoración de la dotación presupuestaria. De 0 a 20 puntos.
3. Valoración de la dotación técnica del teatro. De 0 a 40 puntos.
En base a la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación
con la valoración obtenida por todos los solicitantes. La selección de los municipios se
realizará de acuerdo con el orden de prelación establecido por la Comisión y en función
de las disponibilidades presupuestarias.

Octavo. Programación.
Existirá un Catálogo para las modalidades de teatro, música, danza y circo previamente
valorado por los gestores culturales de los municipios adheridos a la Red Andaluza de
Teatros Públicos y por personal técnico de la Agencia, por lo que los responsables de los
teatros podrán seleccionar indistintamente espectáculos de teatro, música, danza y circo,
ya sea para público adulto o infantil, sin tener que limitarse a una modalidad concreta.
En todo caso existirá la obligación de elegir al menos un espectáculo de danza y uno
de música/circo.
El Catálogo de espectáculos estará vigente en 2022 y se actualizará a lo largo del
año mediante nueva convocatoria para las compañías.
Para la conformación de sus programaciones, los municipios elegirán del Catálogo,
aquellos espectáculos que se adecúen a las características del espacio escénico del
municipio. A estos efectos, la Agencia Andaluza de instituciones Culturales, podrá no
aceptar una determinada representación en un determinado teatro si constata una falta
de adecuación entre las necesidades técnicas de un espectáculo y las características o la
dotación del teatro. En este caso se invitaría al teatro a elegir otro espectáculo.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá seleccionar espectáculos de
compañías o formaciones de reconocido prestigio, no residentes en Andalucía, que se
integrarán finalmente en el Catálogo. Esa selección se llevará a cabo con la colaboración
de los municipios adheridos al programa. La programación de espectáculos de
formaciones no andaluzas no podrá suponer más del 20% de la programación general.
Para el programa Abecedaria la elección y programación de los espectáculos serán
funciones de la propia comisión de expertos en educación y artes escénicas de la
Agencia.
La entidad local deberá remitir su propuesta de programación dentro de los plazos
establecidos por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para el primer y segundo
semestre del año.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193975

Séptimo. Aceptación del Programa Red Andaluza de Teatros Públicos.
Las entidades locales seleccionadas que finalmente se adhieran al programa, deberán
aceptar las condiciones generales de la Red Andaluza de Teatros Públicos.