Disposiciones generales. . (2021/93-2)
Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva.
39 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Martes, 18 de mayo de 2021
página 39

b) Dos Cuadros Resumen que incluyen las particularidades, especificaciones y
concreciones que presentan respectivamente las bases reguladoras para cada una de las
dos líneas de subvención siguientes:
- Línea 1. Subvenciones a PYME para el fomento de las inversiones en prevención de
riesgos laborales.
- Línea 2. Subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la
integración de la prevención de riesgos laborales.
Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
1. Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
Seguridad y Salud Laboral la convocatoria pública de las subvenciones reguladas en la
presente orden, que se efectuará mediante resolución.
2. Se delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales competentes
en materia de empleo, en sus respectivos ámbitos de concurrencia:
a) La resolución de los procedimientos de concesión de las subvenciones reguladas
en la presente orden, conforme a lo definido en el apartado 13 de los Cuadros resumen.
b) La incoación y resolución de los procedimientos de reintegro derivados de las
subvenciones concedidas en el ámbito de cada Delegación Territorial, conforme a lo
definido en el apartado 27.c) de los Cuadros resumen.
c) La incoación y resolución de los expedientes sancionadores derivados de las
subvenciones concedidas en el ámbito de cada Delegación Territorial, conforme a lo
definido en el apartado 28 de los Cuadros resumen.

Disposición adicional tercera. Disponibilidad de créditos.
Cada convocatoria determinará la cuantía total máxima destinada a cada una
de las líneas de subvención consideradas en las bases reguladoras, y conforme a
las disponibilidades existentes en cada ejercicio presupuestario en las posiciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192192

Disposición adicional segunda. Convocatoria de las subvenciones.
1. Las convocatorias para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a las que se refiere la presente orden se efectuarán anualmente mediante
resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de
Seguridad y Salud Laboral, y en la que se determinarán: los sectores económicos, según
la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009), destinatarios de la
convocatoria, el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, las cuantías
máximas destinadas en función de las disponibilidades presupuestarias, así como los
proyectos y actividades que se determinan prioritarios en la misma a los efectos de lo
previsto en el punto 3 del apartado 2.a) –Conceptos subvencionables–, y del último
párrafo del apartado 12.a) –Criterios de valoración–, de los Cuadros Resumen de las
bases reguladoras. De igual manera, con la convocatoria se aprobarán los formularios
para presentar las solicitudes, las alegaciones y otros trámites que correspondan.
Podrán realizarse más de una convocatoria anual dirigida a distintos beneficiarios
de sectores económicos diferentes, en coordinación con otras convocatorias de planes,
medidas o iniciativas compatibles con estas bases reguladoras puestas en marcha por la
Junta de Andalucía.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 120 bis, procedimiento de gestión
presupuestaria, del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la aprobación
de las resoluciones de convocatoria deberán estar precedidas de la correspondiente
aprobación del gasto, conforme a lo estipulado en la Orden de 6 de abril de 2018, por la
que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de
las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial.