3. Otras disposiciones. . (2021/89-9)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de personas admitidas y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Miércoles, 12 de mayo de 2021
página 97

3. Otras disposiciones
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales
de personas admitidas y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables
de nómina para el ejercicio 2021.
Por Orden de la entonces Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA
núm. 133, de 24 de diciembre), se reguló la concesión de anticipos reintegrables para el
personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
La disposición adicional novena de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, ha dispuesto que para
este ejercicio se podrán conceder dichos anticipos reintegrables de conformidad con
la normativa vigente en la materia, estableciendo que el plazo de presentación de las
solicitudes se determinará por resolución de la persona titular de la Secretaría General
para la Administración Pública y que el procedimiento se tramitará electrónicamente por
todas las partes intervinientes.
Por Resolución de esta Secretaría General para la Administración Pública, de 15 de
marzo de 2021 (BOJA núm. 52, de 18 de marzo), se establece el plazo de presentación
de solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento para su concesión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes así como el proceso de
comprobación de requisitos, procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1
de la Orden de 14 de diciembre de 1992, hacer públicos los listados provisionales de
personas admitidas y excluidas en esta convocatoria, indicando las causas de exclusión
y, en su caso, forma de subsanación.
En base a lo expuesto y a la competencia atribuida en la disposición adicional primera
de la citada Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con el Decreto 114/2020, de
8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la
Presidencia, Administración Pública e Interior,
R ES U ELVO
Primero. Hacer púbico el listado provisional de personas admitidas y excluidas de la
convocatoria de anticipos reintegrables para el ejercicio 2021, que quedará expuesto en
la página web del empleado público, «Trámites laborales», «Acción Social», «Anticipos
reintegrables».

Tercero. Las alegaciones se presentarán en el Registro Electrónico Único de
la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, «tramitación electrónica», «Acción
social», «Anticipos Reintegrables».
El acceso podrá realizarse de las siguientes formas:
- Con certificado electrónico incorporado en el Documento Nacional de Identidad,
o certificado electrónico proporcionado con carácter general a la ciudadanía, pulsando
sobre «acceso con certificado digital».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191839

Segundo. Conceder un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía, para formular
alegaciones y en, su caso, subsanar los defectos detectados en la solicitud.