3. Otras disposiciones. . (2021/85-13)
Resolución de 3 de mayo de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Reglamento de administración electrónica de la Universidad de Granada, una vez aprobado por el Consejo de Gobierno.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Jueves, 6 de mayo de 2021
página 61
2. El establecimiento de la sede electrónica garantiza la confidencialidad en las
comunicaciones que puedan afectar a la seguridad pública, al honor, la intimidad y
seguridad de las personas, de acuerdo con la legislación aplicable en materia de archivos,
bases de datos públicos y protección de datos personales.
3. La sede electrónica se rige por la normativa estatal aplicable, así como por lo
dispuesto en el presente reglamento y en cuantas otras disposiciones normativas que
resulten de aplicación.
4. La publicación en la sede electrónica de informaciones, servicios y transacciones
respetará los principios de accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas
establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de
uso generalizado por los ciudadanos.
Artículo 9. Contenido de la sede electrónica de la Universidad de Granada.
1. La sede electrónica deberá contener como mínimo el contenido establecido en el
apartado séptimo de la Resolución de 2 de mayo de 2013, de la Universidad de Granada,
por la que se crea la sede electrónica.
2. Se dará publicidad tanto a las declaraciones de conformidad, a la política de
privacidad y a los distintivos de seguridad de los que la sede electrónica sea acreedora,
como a los obtenidos respecto al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.
3. Desde la sede electrónica se podrá acceder mediante enlaces a otras informaciones
o servicios que, por no reunir los requisitos necesarios, no forman parte de la misma y,
consecuentemente, no están sujetos a las condiciones de la sede electrónica.
Artículo 11. Formulario de quejas, sugerencias y felicitaciones de la Universidad de Granada.
1. En la sede electrónica se encuentra disponible el formulario para que cualquier
ciudadano pueda presentar las quejas, sugerencias y felicitaciones que estime oportunas
relacionadas con el funcionamiento de los servicios prestados por la Universidad de
Granada en el ámbito de sus competencias.
2. No se podrá utilizar este formulario, debiéndose utilizar los medios específicos
establecidos al efecto, para la presentación de:
a) Las quejas y reclamaciones presentadas ante el Defensor Universitario.
b) Trámites y recursos administrativos.
c) Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
3. Las quejas, sugerencias y felicitaciones formuladas a través de este formulario
no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo, ni su presentación
interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente. Tampoco condicionarán, en
modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191417
Artículo 10. Catálogo de procedimientos administrativos.
1. Mediante resolución de la Rectora se establecerá la implantación de los distintos
procedimientos electrónicos cuya tramitación y resolución corresponda a órganos,
servicios o unidades de la Universidad de Granada, o cuyo ámbito de actuación se
circunscriba al personal que presta sus servicios en dicha Universidad, quedando
incorporados en el catálogo de procedimientos administrativos tras su publicación en
el Boletín Oficial de la Universidad de Granada (en adelante, BOUGR) y siendo su uso
obligatorio.
2. El catálogo de procedimientos administrativos susceptibles de ser tramitados a
través de medios electrónicos estará situado de forma claramente visible en la página de
la sede electrónica.
3. En el acceso a cada procedimiento se encontrará la información general relativa al
mismo, que en todo caso deberá contener las instrucciones generales para la tramitación,
la unidad, servicio o centro competente para su tramitación y la normativa de aplicación.
4. Los procedimientos electrónicos se inscribirán en el Inventario de Información
Administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Jueves, 6 de mayo de 2021
página 61
2. El establecimiento de la sede electrónica garantiza la confidencialidad en las
comunicaciones que puedan afectar a la seguridad pública, al honor, la intimidad y
seguridad de las personas, de acuerdo con la legislación aplicable en materia de archivos,
bases de datos públicos y protección de datos personales.
3. La sede electrónica se rige por la normativa estatal aplicable, así como por lo
dispuesto en el presente reglamento y en cuantas otras disposiciones normativas que
resulten de aplicación.
4. La publicación en la sede electrónica de informaciones, servicios y transacciones
respetará los principios de accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas
establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de
uso generalizado por los ciudadanos.
Artículo 9. Contenido de la sede electrónica de la Universidad de Granada.
1. La sede electrónica deberá contener como mínimo el contenido establecido en el
apartado séptimo de la Resolución de 2 de mayo de 2013, de la Universidad de Granada,
por la que se crea la sede electrónica.
2. Se dará publicidad tanto a las declaraciones de conformidad, a la política de
privacidad y a los distintivos de seguridad de los que la sede electrónica sea acreedora,
como a los obtenidos respecto al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.
3. Desde la sede electrónica se podrá acceder mediante enlaces a otras informaciones
o servicios que, por no reunir los requisitos necesarios, no forman parte de la misma y,
consecuentemente, no están sujetos a las condiciones de la sede electrónica.
Artículo 11. Formulario de quejas, sugerencias y felicitaciones de la Universidad de Granada.
1. En la sede electrónica se encuentra disponible el formulario para que cualquier
ciudadano pueda presentar las quejas, sugerencias y felicitaciones que estime oportunas
relacionadas con el funcionamiento de los servicios prestados por la Universidad de
Granada en el ámbito de sus competencias.
2. No se podrá utilizar este formulario, debiéndose utilizar los medios específicos
establecidos al efecto, para la presentación de:
a) Las quejas y reclamaciones presentadas ante el Defensor Universitario.
b) Trámites y recursos administrativos.
c) Las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
3. Las quejas, sugerencias y felicitaciones formuladas a través de este formulario
no tendrán, en ningún caso, la calificación de recurso administrativo, ni su presentación
interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente. Tampoco condicionarán, en
modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191417
Artículo 10. Catálogo de procedimientos administrativos.
1. Mediante resolución de la Rectora se establecerá la implantación de los distintos
procedimientos electrónicos cuya tramitación y resolución corresponda a órganos,
servicios o unidades de la Universidad de Granada, o cuyo ámbito de actuación se
circunscriba al personal que presta sus servicios en dicha Universidad, quedando
incorporados en el catálogo de procedimientos administrativos tras su publicación en
el Boletín Oficial de la Universidad de Granada (en adelante, BOUGR) y siendo su uso
obligatorio.
2. El catálogo de procedimientos administrativos susceptibles de ser tramitados a
través de medios electrónicos estará situado de forma claramente visible en la página de
la sede electrónica.
3. En el acceso a cada procedimiento se encontrará la información general relativa al
mismo, que en todo caso deberá contener las instrucciones generales para la tramitación,
la unidad, servicio o centro competente para su tramitación y la normativa de aplicación.
4. Los procedimientos electrónicos se inscribirán en el Inventario de Información
Administrativa.