5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/81-34)
Edicto de 16 de abril de 2021, del Ayuntamiento de Cabra, sobre bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición libre, de dos plazas de Policía Local pertenecientes a la plantilla de personal funcionario. (PP. 1226/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 81 - Viernes, 30 de abril de 2021
página 319

los aspirantes, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, según la situación de
partida adoptada, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión.
Un intento.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:

Hombres
Mujeres

18 a 24
26 segundos
30 segundos

Grupos de edad
25 a 29
29 segundos
33 segundos

30 a 34
32 segundos
36 segundos

Anexo II
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS QUE REGIRÁN PARA EL INGRESO A LAS
DISTINTAS CATEGORÍAS DE LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE ANDALUCÍA
La persona aspirante ha de estar exento en el momento de la exploración de toda
enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física que
pueda constituir una dificultad en el desempeño de las funciones policiales, teniendo
como base los criterios que se indican a continuación:
1. Talla.
Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
2. Obesidad-delgadez.
Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las
funciones propias del cargo.
Indice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el
IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el
cuadrado de la talla expresado en metros.
En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive,
se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro
no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en
las mujeres.
La medición del peso se realizará en ropa interior.

4. Oído y audición.
4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35
decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida
auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. El examen
funcional auditivo será realizado según norma internacional (ANSI-ISO).
4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de personal facultativo médico
dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190492

3. Ojo y visión.
3.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en
cada uno de los ojos.
3.2. Desprendimiento de retina.
3.3. Patología retiniana degenerativa. Retinosis pigmentaria.
3.4. Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
3.5. Glaucoma y alteraciones de la tensión ocular, uni o bilaterales en todas las
formas.
3.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de personal facultativo médico,
dificulte de manera importante la agudeza visual.