5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/75-16)
Anuncio de 16 de abril de 2021, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, Dirección del Área de Gestión del Parque Público de Viviendas, mediante el que se publica Resolución de la Dirección General, de 13 de abril de 2021, por la que se aprueba el Programa de Determinación Temporal de la Renta por circunstancias socioeconómicas coyunturales de la población residente del Parque Público de Viviendas de Andalucía.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Jueves, 22 de abril de 2021
página 181

- Gastos residenciales mensuales: A efectos del programa, se considerarán como
gastos residenciales exclusivamente, y previa acreditación documental por parte del
solicitante, los correspondientes a renta corriente de alquiler, comunidad, tasas y demás
impuestos que grave la Junta de Andalucía cuyo pago corresponda al inquilino, IVA,
prorrateo mensual del seguro de la vivienda, obras repercutidas y suministros de agua,
gas, electricidad y acceso a internet en domicilio.
Los gastos relativos a suministros y seguro de la vivienda se tendrán en cuenta hasta un
importe de gasto mensual máximo establecido en función de la composición de la unidad
de convivencia y aplicando para los suministros una estimación de las bonificaciones
existentes en compañías suministradoras. Tales consumos máximos bonificados se
considerarán en calidad de consumos normalizados. Los importes máximos, incorporados
en la herramienta de cálculo y sujetos a las actualizaciones pertinentes, se especificarán
mediante indicaciones emitidas desde el equipo de intervención social del Área de Gestión
de Parque Público de Viviendas.
En cualquier caso, el importe resultante de la renta mensual minorada no podrá ser
inferior a 20 € y el porcentaje de minoración sobre la renta real no podrá superar el 75%
de la misma.

Disposición adicional cuarta. Prórrogas de aplicación de medidas.
De forma excepcional, transcurrido el periodo máximo de aplicación, podrán tramitarse
las prórrogas de las medidas que se soliciten siempre que la persona interesada continúe
reuniendo los requisitos y condiciones de acceso al programa y se haya dado cumplimiento
íntegro a lo establecido en el Plan de medidas del expediente correspondiente. Por ende,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190474

Disposición adicional tercera. Modificación de circunstancias socioeconómicas
durante la vigencia de medidas aplicadas.
En caso de que durante la vigencia de las medidas aplicadas se produjesen cambios
en las circunstancias socioeconómicas que motivaron el expediente, el beneficiario tiene
la obligación, tal como se establece en la disposición séptima de la presente Resolución,
de comunicarlo a la dirección provincial correspondiente en el plazo de un mes desde que
se produzca.
Ante esta situación, desde la dirección provincial correspondiente se procederá
a la revisión del expediente en función de los cambios acontecidos y de acuerdo a las
indicaciones que se establecerán desde el el equipo de intervención social del Área
de Gestión de Parque Público de Viviendas. Ello podrá suponer, según proceda, la
modificación tanto de la medida aplicada como de las condiciones establecidas, o la
extinción de las medidas correspondientes.
A tal efecto, desde la dirección provincial se remitirá al equipo de intervención social
del Área de Gestión de Parque Público de Viviendas la siguiente documentación:
a. Para los casos que suponga modificación de porcentaje de minoración:
Será necesario remitir nota social informativa justificativa de la modificación
correspondiente, y tras la remisión de valoración de dicha modificación por parte del
equipo de intervención social del Área de Gestión de Parque Público de Viviendas, se
generará desde la dirección provincial la ficha Prinex de modificación de datos económicos
y se remitirá al citado Equipo para su aplicación en facturación junto con el documento de
comunicación de modificación de porcentaje de minoración que, a su vez, será remitida al
interesado desde la Dirección Provincial.
b. Para los casos en que la modificación suponga la extinción de la medida:
Será necesario remitir documento de comunicación de extinción al interesado y
dar traslado del mismo al Equipo de intervención social del Área de Gestión de Parque
Público de Viviendas para la extinción de la medida en facturación. Tal comunicación se
incorporá al expediente.