Disposiciones generales. . (2021/58-3)
Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se regulan los módulos de formación práctica en empresas, estudios y talleres y el módulo de proyecto, para el alumnado que cursa enseñanzas de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 52
estudios ,talleres u otras entidades, mediante la suscripción de acuerdos de colaboración formativa que deben estar formalizados y
firmados antes de comenzar la fase de formación en centros de trabajo y ajustarse, en todos los términos, a los modelos que se
facilitarán a través del sistema de información Séneca.
Quinto. Que por las razones expuestas y con el fin de llevar a cabo el módulo profesional de formación práctica en empresas,
estudios, talleres u otras entidades del Ciclo Formativo ……………..……………….. (nombre del ciclo formativo) y garantizar su eficaz
desarrollo, consiguiendo así una mejor cualificación del alumnado a través del conocimiento directo del ambiente real de trabajo,
ambas partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de colaboración formativa, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto del Acuerdo.
El objeto de este Acuerdo es articular la colaboración necesaria entre el centro docente ………………………………………….. (nombre
del centro docente) y la empresa ………………………………………….. (nombre de la empresa) para el desarrollo del módulo profesional
de formación en centros de trabajo del Ciclo Formativo ………………………………………….. (nombre del ciclo formativo) en el curso
escolar ……/…..
SEGUNDA. Compromiso del centro docente.
El centro docente se compromete a:
• Facilitar al profesorado responsable de la planificación, coordinación y seguimiento del módulo profesional de formación en
centros de trabajo la realización de las visitas, reuniones y comunicaciones periódicas con la empresa o empresas
colaboradoras.
• Designar al tutor o tutora responsable de la coordinación y seguimiento de la formación en centros de trabajo y de la
comunicación con la empresa, cuyos datos figuran en el programa formativo (Anexo IV).
• Proporcionar al alumnado que desarrollará el módulo de formación en centros de trabajo la formación necesaria para poder
ejecutar el programa formativo en la empresa en condiciones de aprovechamiento y seguridad.
• Concienciar al alumnado de la necesidad de adoptar medidas de prevención en riesgos laborales y de las normas generales
de seguridad personal, colectiva y medioambiental en esta materia.
• Colaborar, a la mayor brevedad, para la resolución de las incidencias que pudieran producirse y que afecten al alumnado
durante su periodo formativo en la empresa.
• Tener en cuenta lo recogido en los informes de valoración elaborados por la empresa respecto a los aprendizajes
alcanzados por el alumnado para la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo.
• Coordinar las actuaciones necesarias para que el alumnado, antes de su incorporación a la empresa, firme el documento
de participación en el que se deje constancia de que se compromete, entre otras cosas, a:
◦ Respetar las normas, reglamentos y código de conducta de la empresa colaboradora.
◦ Presentar la documentación que se le requiera para poder realizar el periodo formativo en la empresa.
◦ Respetar el horario, jornada y calendario establecido en su programa formativo.
◦ Realizar las actividades recogidas en el programa formativo, del que ha sido informado por el centro docente y el cual
se encuentra a su disposición.
◦ Respetar las normas de seguridad personal, colectiva y medioambiental en materia de Prevención de Riesgos
Laborales (PRL) que sean aplicables a las actividades desarrolladas en la empresa y de las que se informará por
escrito al alumnado en el momento de su incorporación a ésta.
00189002
◦ Notificar a la empresa y al centro educativo, a la mayor brevedad posible, cualquier ausencia o retraso.
◦ Comunicar al centro educativo cualquier problema que surja durante el periodo de formación en la empresa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 52
estudios ,talleres u otras entidades, mediante la suscripción de acuerdos de colaboración formativa que deben estar formalizados y
firmados antes de comenzar la fase de formación en centros de trabajo y ajustarse, en todos los términos, a los modelos que se
facilitarán a través del sistema de información Séneca.
Quinto. Que por las razones expuestas y con el fin de llevar a cabo el módulo profesional de formación práctica en empresas,
estudios, talleres u otras entidades del Ciclo Formativo ……………..……………….. (nombre del ciclo formativo) y garantizar su eficaz
desarrollo, consiguiendo así una mejor cualificación del alumnado a través del conocimiento directo del ambiente real de trabajo,
ambas partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de colaboración formativa, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto del Acuerdo.
El objeto de este Acuerdo es articular la colaboración necesaria entre el centro docente ………………………………………….. (nombre
del centro docente) y la empresa ………………………………………….. (nombre de la empresa) para el desarrollo del módulo profesional
de formación en centros de trabajo del Ciclo Formativo ………………………………………….. (nombre del ciclo formativo) en el curso
escolar ……/…..
SEGUNDA. Compromiso del centro docente.
El centro docente se compromete a:
• Facilitar al profesorado responsable de la planificación, coordinación y seguimiento del módulo profesional de formación en
centros de trabajo la realización de las visitas, reuniones y comunicaciones periódicas con la empresa o empresas
colaboradoras.
• Designar al tutor o tutora responsable de la coordinación y seguimiento de la formación en centros de trabajo y de la
comunicación con la empresa, cuyos datos figuran en el programa formativo (Anexo IV).
• Proporcionar al alumnado que desarrollará el módulo de formación en centros de trabajo la formación necesaria para poder
ejecutar el programa formativo en la empresa en condiciones de aprovechamiento y seguridad.
• Concienciar al alumnado de la necesidad de adoptar medidas de prevención en riesgos laborales y de las normas generales
de seguridad personal, colectiva y medioambiental en esta materia.
• Colaborar, a la mayor brevedad, para la resolución de las incidencias que pudieran producirse y que afecten al alumnado
durante su periodo formativo en la empresa.
• Tener en cuenta lo recogido en los informes de valoración elaborados por la empresa respecto a los aprendizajes
alcanzados por el alumnado para la evaluación del módulo profesional de formación en centros de trabajo.
• Coordinar las actuaciones necesarias para que el alumnado, antes de su incorporación a la empresa, firme el documento
de participación en el que se deje constancia de que se compromete, entre otras cosas, a:
◦ Respetar las normas, reglamentos y código de conducta de la empresa colaboradora.
◦ Presentar la documentación que se le requiera para poder realizar el periodo formativo en la empresa.
◦ Respetar el horario, jornada y calendario establecido en su programa formativo.
◦ Realizar las actividades recogidas en el programa formativo, del que ha sido informado por el centro docente y el cual
se encuentra a su disposición.
◦ Respetar las normas de seguridad personal, colectiva y medioambiental en materia de Prevención de Riesgos
Laborales (PRL) que sean aplicables a las actividades desarrolladas en la empresa y de las que se informará por
escrito al alumnado en el momento de su incorporación a ésta.
00189002
◦ Notificar a la empresa y al centro educativo, a la mayor brevedad posible, cualquier ausencia o retraso.
◦ Comunicar al centro educativo cualquier problema que surja durante el periodo de formación en la empresa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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