Disposiciones generales. . (2021/58-3)
Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se regulan los módulos de formación práctica en empresas, estudios y talleres y el módulo de proyecto, para el alumnado que cursa enseñanzas de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 51

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

ANEXO IX
ACUERDO DE COLABORACIÓN FORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DEL MÓDULO PROFESIONAL DE
FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO
En ……………………….…….…….. (localidad), a ….. (día) de …………….… (mes) de 20 …. (año)
De una parte, D./Dña ………………………………………….. (nombre y apellidos), con DNI……………… titular de la dirección del
centro docente ………………………...……………….. (nombre del centro docente), con código ……….….. (código del centro
docente), ubicado en ……………………………………………………….. (nombre de la vía), nº……., CP……………………….., de
acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV de la Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se regulan los módulos de
Formación práctica en empresas, estudios y talleres y el módulo de Proyecto para el alumnado que cursa enseñanzas de Artes
Plásticas y Diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Y de otra parte, D./Dña. ………………………………………….. (nombre y apellidos), en su condición de
………………………………………….. (cargo en la empresa) de la empresa………………………………………….., según consta en la
escritura pública de fecha …...… de …….…..de …...…., con número de protocolo …...…., otorgada en ……………………………….
bajo la fe del Notario Público D./Dña …………...………………………... e inscrita en ………… (Tomo ……...…., Hoja …..…., Folio
……...……).
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para otorgar el presente acuerdo,
actuando en el ejercicio de la representación que ostentan,
EXPONEN
Primero. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 51 dispone que las enseñanzas profesionales
de artes plásticas y diseño incluirán fases de formación práctica en empresas, estudios y talleres.
Segundo. Que el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas
profesionales de Artes Plásticas y Diseño, dispone en su Capítulo III, artículo 9, las características de dicho módulo de formación
práctica en empresas, estudios y talleres.
Tercero. A nivel autonómico, el Decreto 326/2009, de 15 de septiembre, por el que se establece la ordenación general de las
enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en Andalucía, en su artículo 8 regula el módulo profesional de formación en
centros de trabajo, estableciendo las condiciones para su realización.

00189002

Cuarto. Que la Orden de 8 de marzo de 2021, por la que se regulan los módulos de Formación Práctica en Empresas, Estudios
y Talleres y el módulo de Proyecto, para el alumnado que cursa enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en centros docentes de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece, en su artículo 25, que los centros docentes y las entidades autorizadas que
impartan ciclos formativos de artes plásticas y diseño, organizarán la realización del módulo de formación práctica en empresas,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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