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Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE Concesión subvenciones –  Orden 612/2024, de 1 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Alcalá de Henares para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan territorial de la comunidad de madrid 2023”, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)


... Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE ( ... a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 89 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 15 DE ABRIL DE 2024 Pág. 85 Por ello pasa a recibir la financiación ratificada en la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo. Dichas actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2020/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. 2.o Requisitos: Las actuaciones financiables incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística de la entidad beneficiaria deberán cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos incluidos en la mencionada Decisión de Implementación del Consejo de la UE y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023. En este sentido, serán financiables estas actuaciones siempre que puedan finalizarse en plazo. Además, las actuaciones financiadas con cargo a estos créditos deberán ejecutarse conforme a la legislación medioambiental nacional y europea pertinente, así como a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que regula los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas. 3.o Actuaciones financiables en el marco de la transición digital: En lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE, hay que prestar especial atención a las actuaciones que contribuyen al cumplimiento del Eje 3, es decir, en el ámbito de la transición digital. Entre otras, se destacan las siguientes: — Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales como plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística. — Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial. En este ámbito de transición digital, se establece, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e internacional en materia de política comercial. 4.o Actuaciones no financiables: En cualquier caso, no serán financiables las actividades incluidas en la lista de exclusión establecida en la Decisión de Ejecución del Consejo para esta inversión y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, indicando que no serán financiables: i. Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos. ii. Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. iii. Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico. iv. Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. Cuarto 1.o Definición: Se entenderán como gastos financiables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los Hitos 220 y 221 mediante la realización de actuaciones y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la presente Orden para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Anexo I. Las actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Los gastos subvencionables comprenden, en todo caso, los efectuados en relación al PSTD realizados por la entidad beneficiaria desde el 27 de junio de 2023, en virtud de la BOCM-20240415-21 Gastos y costes financiables y no financiables
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE Concesión subvenciones –  Orden 613/2024, de 1 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, para la ejecución de su “Plan de Sostenibilidad Turística en Destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)


... Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE ( ... a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 89 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 15 DE ABRIL DE 2024 Pág. 111 blecido en el Reglamento (UE) 2020/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. 2.o Requisitos: Las actuaciones financiables incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística de la entidad beneficiaria deberán cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos incluidos en la mencionada Decisión de Implementación del Consejo de la UE y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023. En este sentido, serán financiables estas actuaciones siempre que puedan finalizarse en plazo. Además, las actuaciones financiadas con cargo a estos créditos deberán ejecutarse conforme a la legislación medioambiental nacional y europea pertinente, así como a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que regula los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas. 3.o Actuaciones financiables en el marco de la transición digital: En lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE, hay que prestar especial atención a las actuaciones que contribuyen al cumplimiento del Eje 3, es decir, en el ámbito de la transición digital. Entre otras, se destacan las siguientes: — Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales como plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística. — Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial. En este ámbito de transición digital, se establece, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e internacional en materia de política comercial. 4.o Actuaciones no financiables: En cualquier caso, no serán financiables las actividades incluidas en la lista de exclusión establecida en la Decisión de Ejecución del Consejo para esta inversión y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, indicando que no serán financiables: i. Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos. ii. Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. iii. Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico. iv. Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. Cuarto 1.o Definición: Se entenderán como gastos financiables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los Hitos 220 y 221 mediante la realización de actuaciones y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la presente Orden para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Anexo I. Las actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Los gastos subvencionables comprenden, en todo caso, los efectuados en relación al PSTD realizados por la entidad beneficiaria desde el 27 de junio de 2023, en virtud de la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la distribución de los créditos a las comunidades autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de di- BOCM-20240415-22 Gastos y costes financiables y no financiables
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE Concesión subvenciones –  Orden 629/2024, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Patones para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)


... las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE ( ... a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los ...

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BOCM LUNES 15 DE ABRIL DE 2024 B.O.C.M. Núm. 89 Dichas actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2020/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. 2.o Requisitos: Las actuaciones financiables incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística de la entidad beneficiaria deberán cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos incluidos en la mencionada Decisión de Implementación del Consejo de la UE y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023. En este sentido, serán financiables estas actuaciones siempre que puedan finalizarse en plazo. Además, las actuaciones financiadas con cargo a estos créditos deberán ejecutarse conforme a la legislación medioambiental nacional y europea pertinente, así como a lo establecido en el art. 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que regula los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas. 3.o Actuaciones financiables en el marco de la transición digital: En lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE, hay que prestar especial atención a las actuaciones que contribuyen al cumplimiento del Eje 3, es decir, en el ámbito de la transición digital. Entre otras, se destacan las siguientes: — Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales como plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística. — Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial. En este ámbito de transición digital, se establece, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e internacional en materia de política comercial. 4.o Actuaciones no financiables: En cualquier caso, no serán financiables las actividades incluidas en la lista de exclusión establecida en la Decisión de Ejecución del Consejo para esta inversión y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, indicando que no serán financiables: i. las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos; ii. las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes; iii. las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico. iv. las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. Cuarto Gastos y costes financiables y no financiables 1.o Definición: Se entenderán como gastos financiables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los Hitos 220 y 221 mediante la realización de actuaciones y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la presente Orden para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Anexo I. Las actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Los gastos subvencionables comprenden, en todo caso, los efectuados en relación al PSTD realizados por la entidad beneficiaria desde el 27 de junio de 2023, en virtud de la Resolución de 27 de junio de 2023 de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la distribución de los créditos a las comunidades autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto para las comunidades autónomas del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de las entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Re- BOCM-20240415-23 Pág. 138 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE Concesión subvenciones –  Orden 630/2024, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2023”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)


... a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los ... Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE ( ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 89 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 15 DE ABRIL DE 2024 Pág. 165 Cuarto Gastos y costes financiables y no financiables 1.o Definición: Se entenderán como gastos financiables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, se destinen a alcanzar los Hitos 220 y 221 mediante la realización de actuaciones y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la presente Orden para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Anexo I. Las actuaciones se financiarán con cargo a los fondos Next Generation EU, de acuerdo con las normas establecidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021. Los gastos subvencionables comprenden, en todo caso, los efectuados en relación al PSTD realizados por la entidad beneficiaria desde el 27 de junio de 2023, en virtud de la Resolución de 27 de junio de 2023 de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se acuerda la distribución de los créditos a las comunidades autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 9 de mayo de 2023, modificado por el Acuerdo de Conferencia Sectorial de 29 de diciembre 2023,, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto para las comunidades autónomas del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de las entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El plazo de realización de las actuaciones y sus gastos correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Anexo I será hasta el 31 de marzo de 2026. BOCM-20240415-24 2.o Requisitos: Las actuaciones financiables incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística de la entidad beneficiaria deberán cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos incluidos en la mencionada Decisión de Implementación del Consejo de la UE y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023. En este sentido, serán financiables estas actuaciones siempre que puedan finalizarse en plazo. Además, las actuaciones financiadas con cargo a estos créditos deberán ejecutarse conforme a la legislación medioambiental nacional y europea pertinente, así como a lo establecido en el art. 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que regula los créditos gestionados por las Comunidades Autónomas. 3.o Actuaciones financiables en el marco de la transición digital: En lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE, hay que prestar especial atención a las actuaciones que contribuyen al cumplimiento del Eje 3, es decir, en el ámbito de la transición digital. Entre otras, se destacan las siguientes: — Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales como plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística. — Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial. En este ámbito de transición digital, se establece, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e internacional en materia de política comercial. 4.o Actuaciones no financiables: En cualquier caso, no serán financiables las actividades incluidas en la lista de exclusión establecida en la Decisión de Ejecución del Consejo para esta inversión y en su correspondiente adenda aprobada el 17 de octubre de 2023, indicando que no serán financiables: i. Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos; ii. Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes; iii. Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico. iv. Las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente.
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II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Resolución de 5 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.


... medioambientales. Imposición sobre el comercio exterior. Tema 19. Precios ... modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda Pública ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Lunes 15 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 41443 Tema 6. El gasto público en España: Análisis funcional y cuantitativo del gasto en los Presupuestos Generales del Estado: Servicios públicos básicos. Actuaciones de protección y promoción social y producción de bienes públicos de carácter preferente. Actuaciones de carácter económico. Actuaciones de carácter general. Tema 7. Teoría del Presupuesto: Justificación, concepto y naturaleza. Tipos de presupuestos. El presupuesto clásico: Principios políticos, económicos y contables. Crisis del presupuesto clásico. Tema 8. El presupuesto como elemento compensador de la actividad económica. Efectos discrecionales y automáticos del presupuesto: los estabilizadores automáticos, definición y funcionamiento. Tema 9. El informe económico. El presupuesto consolidado del sector público. El presupuesto en términos de contabilidad nacional. El presupuesto monetario. Tema 10. Nuevos sistemas presupuestarios. Problemática actual. Insuficiencia del presupuesto tradicional. La gestión presupuestaria por objetivos: Metodologías, modelos presupuestarios y derecho positivo. Tema 11. Selección de proyectos de gasto público. Fundamentos de la evaluación de proyectos. Costes, beneficios, tasas y reglas de decisión. Los aspectos distributivos en la selección de proyectos. Tema 12. Distribución formal y material de los costes públicos. Principios generales de la imposición. Beneficio y capacidad de pago como criterios de distribución. La incidencia impositiva. Costes implícitos de la imposición: Imposición óptima. Exceso de gravamen e imposición óptima. Tema 13. Los ingresos públicos y la imposición. Criterios de clasificación de los ingresos públicos. El impuesto: Concepto y elementos integrantes. Principales figuras impositivas Tema 14. Imposición sobre la renta de las personas físicas: Concepto y naturaleza. Capacidad de pago, concepto fiscal de renta y base imponible. Unidad contribuyente y alternativas en su configuración. Las tarifas y sus problemas. Tema 15. Imposición sobre el patrimonio y la riqueza. Imposición sobre el patrimonio neto. Imposición sobre sucesiones y donaciones. Imposición sobre transmisiones patrimoniales onerosas. Tema 16. Imposición sobre sociedades: Concepto y características de esta imposición. Base imponible: problemas y alternativas de determinación. Tipos de gravamen, integración e incidencia. Tema 17. Imposición personal sobre el gasto: Concepto y antecedentes. Elementos esenciales de esta imposición. La imposición general sobre ventas: Concepto y clasificación. Impuestos plurifásicos o monofásicos sobre ventas. La imposición sobre el valor añadido. Tema 18. Imposición sobre consumos específicos. Asignación y distribución en las accisas. Valoración actual de estos impuestos. Impuestos medioambientales. Imposición sobre el comercio exterior. Tema 19. Precios, tasas y contribuciones especiales. Empresa pública y fijación pública de precios. Las tasas: Concepto y clasificación. Las contribuciones especiales. Tema 20. La Deuda Pública y la creación de dinero. Concepto, clases y naturaleza de la Deuda Pública. Administración de la Deuda Pública y análisis de su incidencia. Creación de dinero y señoreaje. Tema 21. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales. La Hacienda Pública internacional. Tema 22. El Déficit presupuestario y sus clases. Impacto económico de su financiación. Déficit y superávit primario. Déficit estructural y déficit observado: sus interrelaciones. Privatización de activos públicos. La inflación como una forma de imposición. cve: BOE-A-2024-7333 Verificable en https://www.boe.es Núm. 92
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V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA.


... pyme" de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de ... Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Sábado 13 de abril de 2024 Sec. V-C. Pág. 19833 V. Anuncios C. Anuncios particulares ANUNCIOS PARTICULARES 13531 CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA. Anuncio de la segunda convocatoria de la línea de ayudas 2024 de mentoring Internacional del Programa "Mentoring y Apoyo a la Internacionalización de la pyme" de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España- BDNS (Identif.): 754036 Podrán ser beneficiarias, las pymes de todo el territorio nacional que cumplan con las condiciones establecidas en la convocatoria. La empresa recibirá hasta un máximo de 30.000 euros como ayuda económica, sobre un presupuesto máximo elegible de 36.750 euros que serán distribuidos de la siguiente forma: Bono de Mentoring por valor de 3.000 euros que será financiado al 100% por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Ayuda económica de hasta 27.000 euros para la ejecución del Plan de Acción Internacional, sobre un presupuesto máximo elegible de 33.750 euros, cofinanciados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en un 80%. La cuantía de las ayudas asignada a esta convocatoria es de 3.450.000 euros que serán aportados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00h (hora peninsular) del día siguiente hábil al de la publicación de este anuncio y finalizará a las 14:00h (hora peninsular) del día 30 de abril de 2024. Puede consultarse el texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/754036 Madrid, 10 de abril de 2024.- Directora General, Inmaculada Riera. cve: BOE-B-2024-13531 Verificable en https://www.boe.es ID: A240016330-1 https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA.


... pyme" de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de ... Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Sábado 13 de abril de 2024 Sec. V-C. Pág. 19834 V. Anuncios C. Anuncios particulares ANUNCIOS PARTICULARES 13532 CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA. Anuncio de la segunda convocatoria de la línea de ayudas 2024 de certificación internacional del Programa "Mentoring y Apoyo a la Internacionalización de la pyme" de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España- BDNS (Identif.): 754044 Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las pymes todo el territorio nacional que cumplan con las condiciones establecidas en la convocatoria. El presupuesto asignado a esta convocatoria es de 4.320.000 euros que serán aportados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). La empresa recibirá hasta un máximo de 20.000 euros como ayuda económica, sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros para apoyar los costes derivados de la obtención de certificaciones internacionales para mercados fuera de la Unión Europea. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00h (hora peninsular) del día siguiente hábil al de la publicación de este anuncio y finalizará a las 14:00h (hora peninsular) del día 31 de mayo de 2024 Puede consultarse el texto completo de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/754044 ) Madrid, 11 de abril de 2024.- Directora General, Inmaculada Riera. cve: BOE-B-2024-13532 Verificable en https://www.boe.es ID: A240016331-1 https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio –  Convenio de colaboración de 22 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM) y la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA) para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios


... .) FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por la ... al Subconcepto 26010 del Programa 431A “Comercio”, del Presupuesto de Gastos de la ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 87 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024 Pág. 119 ANEXO I ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR ÁREA COMERCIO DE VENTA AMBULANTE ENTIDAD COLABORADORA Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante de la Comunidad de Madrid (APRODECA) OBJETIVO Asistencia técnica donde se analizan las principales materias que afectan al sector, asesorando al comercio ambulante para su correcta adecuación a la normativa vigente, digitalizándose y mejorando su competitividad ACTUACIONES COMPRENDIDAS Asistencia técnica para la profesionalización del sector en las siguientes materias: ORDENACIÓN: Asistencia técnica sobre la regulación y las diferentes normativas, procedimientos, obligaciones de los comerciantes frente a los consumidores y a la administración. Así como en materia de digitalización y prevención de riesgos laborales. PROMOCIÓN: Asistencia técnica sobre “Cómo gestionar tu negocio” (técnicas de venta, mejora de las exposiciones, atención al cliente, redes sociales, etc.) FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por la Comunidad de Madrid, digitalización, fondos europeos, etc. dirigidas al sector. PERIODO DE EJECUCIÓN DESDE EL 1 DE ABRIL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024 DESGLOSE DE COSTES APRODECA. “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DEL COMERCIO AMBULANTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID” 1.- Asistencia técnica dirigida al comercio ambulante para alcanzar un mayor grado de profesionalidad: Asistencia técnica prestada por 3 técnicos externos de lunes a domingo, con un total de 380 horas, a lo largo del período de ejecución del Convenio, por importe de: 12.394,40 euros (IVA incluido) Precio por hora: Técnico 1, Grupo A – 44,28 euros Técnico 2, Grupo B, nivel 1 – 38,72 euros Técnico 3 Grupo C, nivel 1 – 19,36 euros 2.- Material de apoyo: Punto informativo itinerante (en los mercadillos de Tetuán, Coslada, Ciudad de los Ángeles, Alcobendas, Torrejón de Ardoz y Majadahonda), Guía y otra reprografía: 3.206,50 € 3.- Lugar de las asistencias técnicas: sito en Madrid, calle Ciudad Real, 5. Coste asumido por la Asociación. 4.- Dirección técnica y programación: Coste asumido por la Asociación 5.- Gastos generales del local: Coste asumido por la Asociación. 6.- Personal Interno de apoyo: Coste asumido por la Asociación. COMUNIDAD DE MADRID: BOCM-20240412-26 1.- La Comunidad para el desarrollo del presente Convenio aportará la cantidad de 15.600,90 euros (IVA incluido), con cargo al Subconcepto 26010 del Programa 431A “Comercio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2024. 2.- Los compromisos contenidos en la Cláusula Tercera, apartado 1 del presente Convenio.
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio –  Convenio de colaboración de 22 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Asociación de Empresarios y Profesionales de la Carne y Derivados Cárnicos de la Comunidad de Madrid (CARNIMAD), la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), la Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de Madrid (ADEFRUTAS), la Asociación de Empresarios Artesanos del Sector de Pastelería de Madrid-Pasteleros de Madrid (ASEMPAS), la Asociación Española de Floristas (AEFI), el Gremio del Comercio de Ferretería de Madrid y su Provincia (AGREFEMA), la Asociación Provincial de Comerciantes Ambulantes y de Ferias de Madrid, la Asociación de Empresarias y Empresarios del Comercio del Libro de Madrid (Gremio de Libreras y Libreros de Madrid), la Asociación de Comerciantes de Electrodomésticos, Muebles de Cocina y Autónomos (ACEMA), la Única-Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución, la Asociación Sindical de Detallistas de Huevos, Aves y Caza de la Provincia de Madrid (ASDHAC), la Asociación de Calzado de Madrid (ACC), la Asociación Empresarial del Comercio Textil, Complementos y Piel (ACOTEX), la Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM), el Gremio de Joyeros, Plateros y Relojeros de Madrid y la Asociación de Empresarios de Establecimientos Sanitarios de Ópticas de la Comunidad de Madrid (Asociación Ópticas Madrid), la Asociación de Vendedores Profesionales de Prensa de Madrid (AVPPM), la Asociación de Empresas de Confección y Moda de la Comunidad de Madrid (ASECOM), la Asociación para la Gestión y Modernización del Comercio en Espacios Urbanos y Mercadillos (GESCOMER), la Asociación de Empresarios de Comercios del Hábitat de Madrid, la Asociación Profesional de Tintorerías y Lavanderías de la Comunidad de Madrid (ASTYLCAM) y la Asociación para la Promoción y el Desarrollo del Comercio Ambulante (APRODECA) para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial y de servicios


... FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por ... asistencias.En la sede social Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 87 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 12 DE ABRIL DE 2024 Pág. 111 ANEXO I ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR ÁREA MERCADOS MUNICIPALES DE ABASTOS ENTIDAD COLABORADORA FEDERACIÓN DE COMERCIO AGRUPADO Y MERCADOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (COCAM) OBJETIVO El principal objetivo de esta actuación es la asistencia técnica donde se informe sobre la normativa medioambiental que afecta al sector y su aplicación. ACTUACIONES COMPRENDIDAS Asistencia técnica para la profesionalización del sector en las siguientes materias: ORDENACIÓN: Información y difusión de la normativa medioambiental que afecta al sector. PROMOCIÓN: Asistencia sobre actividades dinamizadoras en los mercados. Asistencia para la instalación de nuevas soluciones de venta que atraigan público a los mercados FOMENTO: Información sobre las subvenciones y ayudas convocadas por la Comunidad de Madrid dirigidas al sector. PERIODO DE EJECUCIÓN DESDE EL 1 DE ABRIL HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024 DESGLOSE DE COSTES FEDERACIÓN DE COMERCIO AGRUPADO Y MERCADOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (COCAM) 1.- Asistencia técnica prestada por 4 técnicos, 3 externos y 1 interno de la asociación, con un total de 375 horas y por valor de 11.597,50 € Técnico 1 Grupo B1: 40 € / hora Iva incluido Técnico 2 Grupo A:60 € / hora Iva incluido Técnico 3 Grupo B1:40 €/ hora Iva incluido Técnico 4 grupo A: 23,19 € /hora 2 Material de apoyo a la asistencia técnica: Diseño y elaboración de guía digita normativa medioambiental y newsletter.2.350,01€(IVA incluido) 3 - Publicidad de la Asistencia Técnica: RRSS, Web 1.702,49 € (IVA incluido) 4-Lugar de las asistencias.En la sede social Federación de Comercio Agrupado y Mercados de la Comunidad de Madrid (COCAM) C/ Conde de Torralba 11, 1ª planta, Mercado de San Cristóbal, 28046, Madrid: Coste asumido por la Asociación 5.-Dirección técnica y programación: Coste asumido por la Asociación 6.- Gastos generales del local: Coste asumido por la Asociación. COMUNIDAD DE MADRID: 1. La Comunidad para el desarrollo del presente Convenio aportará la cantidad de 15.650 euros (IVA incluido), con cargo al Subconcepto 26010 del Programa 431A “Comercio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2024. BOCM-20240412-26 2. Los compromisos contenidos en la Cláusula Tercera, apartado 1, del presente Convenio.
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