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Boletín Diputación Cáceres

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. BOP-2023-7531 Aprobación inicial Plan Local de Empleo y Empresas 2024-2025.


... áreas cercanas y aumento del comercio electrónico • Cambio de hábitos ... demanda del turismo rural. • Subvenciones desde las diferentes Consejerías para la ...

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LO QUE LAS CIFRAN NOS DICEN. DIAGNÓSTICO 1. MATRIZ DAFO DEBILIDADES AMENAZAS • Situación geográfica alejada de los centros neurálgicos empresariales. • Precariedad del mercado de trabajo estacional • Dependencia de las contrataciones por parte de la Administración Publica. • Tejido empresarial poco competitivo • Concentración del empleo en el sector servicios. • Empresas de reducida plantilla. • Municipio con alto índice de paro. • Escasa formación de un gran índice de la población en edad activa. • Dificultad para acceder a los recursos financieros • Subida del IPC y energías • Cercanía de mercados emisores de turismo y tejido empresarial • Dependencia de la Polí7ca Agraria Comunitaria que se decide en instancias muy lejanas a nuestros territorios y sus caracterís7cas • Economía sumergida • Despoblación y envejecimiento de la población • Grandes superficies comerciales en áreas cercanas y aumento del comercio electrónico • Cambio de hábitos de compra FORTALEZAS OPORTUNIDADES • Estrategia Municipal de Empleo y Empresas • Creación por parte del Ayuntamiento de la Oficina de Gerencia de Dinamización Comercial • Gran vertebración social con más de 40 asociaciones activas y la existencia de una oficina de participación ciudadana y una ordenanza específica que empodera a las mismas. • El emplazamiento geográfico de Moraleja es excelente, en pleno corredor del norte de Extremadura ( Navalmoral, Plasencia, Coria, Moraleja ) y muy cerca de Portugal. • El 7po de suelo predominante en Moraleja es el fluvisol (42,7% de la superficie total) muy fér7les para el cul7vo. • La pirámide de población refleja una estructura demográfica joven con tendencia a madura, en la que destaca la población entre los 20-30 años como garantía del mantenimiento de las generaciones futuras. La ancianidad está menos pronunciada que en el resto de la provincia. • Circular Fab de Moraleja • Autovía Madrid-Lisboa a su paso por Moraleja • Foro Internacional de Innovación Rural, en el que se debaten nuevas estrategias de desarrollo basadas en la sostenibilidad y la economía verde y circular. • Talento disperso de jóvenes cualificados y profesionales que aún ven Moraleja como el lugar donde poder desarrollar sus ideas y que podemos atraer a través de programas públicos de apoyo y retorno del talento • Aprovechamiento de las empresas del municipio de los potenciales mercado externos. • Existencia de Programas de Desarrollo Rural • Interacción desde el punto de vista turís7co con Cáceres, Sierra de Gata y La Raya de Portugal, con creciente demanda del turismo rural. • Subvenciones desde las diferentes Consejerías para la creación y modernización de empresas, así como para la contratación de personal Plan local de Empleo y Empresa 2024-2025. Ayuntamiento de Moraleja 48 CVE: BOP-2023-7531 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 19 de diciembre de 2023 N.º 0239 Pág. 32062
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Griñón Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones


... de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la ... de 2023.—El concejal-delegado de Comercio del Ayuntamiento de Griñón, José Antonio ...

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BOCM Pág. 276 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023 B.O.C.M. Núm. 296 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 55 GRIÑÓN RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto de la resolución de 10 de noviembre de 2023 del concejal-delegado de Comercio del Ayuntamiento de Griñón, por la que se convocan premios del Concurso de Decoración de Escaparates Navideños 2023. BDNS (Identif.): 727136 BOCM-20231213-55 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/727136 ). Primero. Beneficiarios.—Cualquier establecimiento comercial de Griñón legalmente establecido, enmarcado en el pequeño comercio y empresas de servicios que dispongan de escaparate visible al paso de las personas, cualquiera que sea su actividad comercial. Segundo. Objeto.—Decoración de escaparates navideños 2023. Los escaparates participantes en el Concurso deberán mantenerse como mínimo durante el período comprendido entre el 19 de diciembre de 2023 al 31 diciembre de 2023, y tener visible el distintivo del concurso, no pudiendo variarse en ningún momento su colocación. Tercero. Bases reguladoras.—Resolución del Concejal delegado de Comercio del Ayuntamiento de Griñón número 2467 de 10 de noviembre de 2023 publicadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal ( https://grinon.sedelectronica.es/board ). Cuarto. Cuantía.—El importe total es 1.000 euros, con el siguiente desglose: — Primer premio: 500 euros. — Segundo premio: 300 euros. — Tercer Premio: 200 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Desde el 1 hasta el 18 de diciembre de 2023, hasta las 00:00 h., ambos inclusive. Sexto. Otros datos.—La proclamación de los ganadores se publicará por redes sociales y en el tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento el día 8 de enero de 2024. Griñón, a 14 de noviembre de 2023.—El concejal-delegado de Comercio del Ayuntamiento de Griñón, José Antonio Ruiz Rosado. (03/20.640/23) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Plan estratégico subvenciones –  Orden de 26 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas para la reactivación de establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el entorno de las obras en la infraestructura de la línea 7B de Metro


... unos efectos positivos sobre el comercio y los servicios de la ... Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 4 bis de la Ley 2/ ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 294 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023 Pág. 109 3. Objetivos y efectos El objetivo de este plan es apoyar a las pequeñas y medianas empresas, en adelante Pymes, y empresarios individuales del sector comercial y de servicios ubicados en el área de afección de las obras en la infraestructura de la línea 7B de Metro de Madrid, que han visto alterado el normal funcionamiento de su actividad, y fomentar los proyectos de inversión dirigidos a la modernización e innovación de sus negocios y de sus equipamientos. Se pretende con ello obtener unos efectos positivos sobre el comercio y los servicios de la zona afectada, permitiendo, a través de las ayudas que se concedan, contribuir a la recuperación, reestructuración y revitalización de sus actividades económicas. 4. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación Este Plan Estratégico se elabora de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid. En lo que respecta a los costes previsibles, esta línea de ayudas no superará el importe de 1.000.000 de euros anuales. Asimismo, sus fuentes de financiación serán los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024, con cargo a los subconceptos 49000 y 79000 del Programa 431A “Comercio”, centro de coste “67 PROMCOME”. 5. Plazo necesario para su consecución En virtud del contenido exigido en el artículo 4 bis de la ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, se considera que el fomento de las actuaciones descritas en el apartado anterior debe extender su duración para el período 2023-2025, teniendo en cuenta la importancia del apoyo a los proyectos de inversión dirigidos a la modernización, innovación y digitalización de sus negocios y de sus equipamientos y así fomentar e impulsar a la recuperación, reestructuración y revitalización de sus negocios. 6. Acciones subvencionables y período de realización de las mismas 1. En el caso de establecimientos comerciales o de servicios que se encuentren ubicados en el perímetro comprendido entre las calles Presa, Ventura de Argumosa, Rafael Alberti y Nazario Calonge, se considerarán subvencionables las siguientes actuaciones: a) La realización de obras de modernización, reforma, reestructuración o adecuación del local donde se realice la actividad. b) La adquisición de equipamiento específico para el desarrollo de la actividad. c) La adquisición de equipamiento informático y/o tecnológico necesario para el ejercicio de la actividad. d) La realización de proyectos de e-commerce y creación de páginas webs. e) Los gastos corrientes asociados al funcionamiento de la actividad, en concreto: la cuota del préstamo hipotecario del establecimiento en el que se desarrolle la actividad, el gasto de alquiler del establecimiento en el que se desarrolle la actividad, los gastos de notaría, consultoría técnica o jurídica, así como los gastos en seguros asociados al establecimiento. 2. El período de realización de las acciones subvencionables será el comprendido entre el 1 de enero del año anterior a la convocatoria y el 15 de septiembre del año de la correspondiente convocatoria. El presente Plan Estratégico tiene como finalidad la concesión de ayudas del 100 % del importe total presentado, por los gastos e inversiones realizados en los conceptos considerados como subvencionables, debidamente justificados y aceptado dicho importe por la Administración, impuestos excluidos, con el límite de 50.000 euros de ayuda por beneficiario. 8. Seguimiento, sistemas de evaluación y cumplimiento de objetivos 1. El seguimiento de las ayudas se realizará por los siguientes órganos: a) La dirección general competente en materia de comercio en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa. En este sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la BOCM-20231211-24 7. Cuantía de la subvención
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. Orden TED/1326/2023, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa "Reto Rural Digital" para proyectos de capacitación digital, y se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... Sec. III. Pág. 164427 subvencionada con indicación del importe y su ... Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 295 Lunes 11 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 164427 subvencionada con indicación del importe y su procedencia y la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos. Finalmente, de acuerdo con el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá aportar las tres ofertas solicitadas. Artículo 8. Principio de «no causar daño significativo». a) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos; excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1). b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión, de 12 de marzo de 2021, por el que se determinan los valores revisados de los parámetros de referencia para la asignación gratuita de derechos de emisión en el período comprendido entre 2021 y 2025 con arreglo al artículo 10 bis, apartado 2, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. c) Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico. La exclusión sobre incineradoras no se aplica a las acciones emprendidas en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil. Asimismo, no se aplica la exclusión sobre plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento cve: BOE-A-2023-25225 Verificable en https://www.boe.es Las entidades beneficiarias garantizarán el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo» (principio Do No Significant Harm, DNSH), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. No serán subvencionables aquellas actuaciones que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020. A fin de garantizar que la medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1), se excluirán de la elegibilidad la siguiente lista de actividades y activos:
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Tesoro y Presupuestos. Resúmenes. Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publican las "Operaciones de ejecución del Presupuesto del Estado y de sus modificaciones y operaciones de Tesorería" del mes de octubre de 2023.


... .496 1.280.300 573.300 4. Subvenciones al transporte cve: BOE-A-2023-24971 ... Jueves 7 de diciembre de 2023 3. Comercio, Turismo y Pymes 127.000 1. ...

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67.267 100.263 - - 8. Gestión y administ. de Trabajo y Economía social 9. Gestión y admón. de Inclusión,Segur. Soc. y Migración 3. PRODUCCIÓN BIENES PÚB. CARÁCTER PREFERENTE 529.496 1.280.300 573.300 4. Subvenciones al transporte cve: BOE-A-2023-24971 Verificable en https://www.boe.es GTOS M03 - 540.000 2. Industria y Energia 480.375 - - 43.000 3 170.000 3.489 2.254 43 988.394 2.869 10.558 7.544 20.971 - 153 144 - 278.278 - 278.575 1.768 47.045 1.415.776 - 1.464.589 13.741 13.741 4 716.766 90.498 618.431 40.049 6.704.374 38.942 177.127 130.739 346.808 1.504 1.409 631.282 33 127.444 - 761.672 22.321 156.020 1.605.981 14.859 1.799.181 369.599 369.599 POSITIVAS -90.017 -90.017 -673.766 -244.830 -1.966.335 -53.355 -6.786.236 -73.401 -133.176 -71.430 -278.007 -10.322 -966 -55 -7.030 -164.708 - -183.081 -21.891 -103.993 -1.441.361 -18.811 -1.586.056 5 NEGATIVAS 6 5.000 1.406.692 1.602.513 81.402 4.724.897 39.862 60.309 68.535 168.706 - 38.362 1.006.196 40.193 208.094 - 1.292.845 70.710 31.232 6.626 1.117 109.685 895.315 895.315 7 - 3.739 485 10.274 397.757 1.566 65.366 133.325 200.257 59 2.327 3.012 11.905 51.770 - 69.073 900 59.678 236.197 2.887 299.662 391.367 391.367 8 - -4.959 -4.562 -3.846 -39.839 -1.555 -10.367 -7.616 -19.538 - -153 - - - - -153 -1.746 -17.425 -30.136 - -49.307 - - 9 - - - - - - - -1 -1 - - - - - - - - - - - - - - 10 1.271.675 1.254.629 792.786 244.567 7.799.143 8.283 169.817 261.096 439.196 -8.759 41.132 1.640.579 45.101 668.408 - 2.386.461 72.062 172.557 1.793.083 52 2.037.754 3.000.289 3.000.289 INCORPOR. CRÉDITOS BAJAS POR OTRAS TOTAL REMANENTES GENERADOS ANULACIÓN Y MODIFICACIONES MODIFICACIONES DE CRÉDITO POR INGRESOS RECTIFICAC. Miles de euros INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Jueves 7 de diciembre de 2023 3. Comercio, Turismo y Pymes 127.000 1. Agricultura, Pesca y Alimentación 4. ACTUACIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO - - 3. Cultura - - 2. Educación - - 1. Sanidad - - - - - 67.267 6. Acceso a la vivienda y Fomento de la edificación 100.263 - - 4. Fomento del empleo 3. Servicios sociales y Promoción social 1. Pensiones - - 4. Política Exterior 2. ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL - - 3. Seguridad ciudadana e Instituciones penitenciarias - - 2. Defensa - - - - 978.364 978.364 2 441.920 441.920 1. Justicia 1 CRÉDITOS SUPLEMENTOS AMPLIACIONES EXTRAORDINARIOS DE CRÉDITO DE CRÉDITO TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2023 PRESUPUESTO DE GASTOS MODIFICACIONES DE CREDITO. ÁREAS DE GASTO Y POLITICAS Núm. 292 1. SERVICIOS PÚBLICOS BASICOS 0. Transferencias Internas 0. TRANSFERENCIAS INTERNAS MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sec. III. Pág. 162758
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. Real Decreto 1012/2023, de 5 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... y cultural. 2. Las subvenciones reguladas en este real decreto ... b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 6 de diciembre de 2023 Sec. I. Pág. 162037 d) Modernización de los sistemas de gestión de residuos, abordando la prevención y la reducción de la generación de los mismos y la implantación de sistemas de recogida separada de los distintos materiales que posibiliten la preparación para la reutilización o el reciclaje de los mismos. En este punto será de aplicación lo dispuesto en el art 30 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. e) Rehabilitación y aprovechamiento de espacios con tecnologías inteligentes (mejora de la banda ancha, instalación de redes wifi, reservas en línea, visitas virtuales, o similares). f) Mejora de la accesibilidad. g) Mejora en la iluminación eficiente. h) Reducción del consumo de energía y agua. i) Rehabilitación y restauración de edificios declarados como Bien de Interés Cultural para uso turístico y cultural. 2. Las subvenciones reguladas en este real decreto se financiarán por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.50.43ND.751 «Mantenimiento y rehabilitación sostenible de bienes inmuebles patrimonio histórico. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. 3. Se entenderán como gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se destinen a alcanzar el objetivo de la rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, mediante la realización de actividades subvencionables y resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido por las correspondientes resoluciones de concesión. 4. No serán subvencionables aquellos proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020. Se excluyen de la financiación, en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que se destinan las presentes ayudas: a) Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos; excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). b) Las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes; Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión, de 12 de marzo de 2021. c) Las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras (Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y cve: BOE-A-2023-24845 Verificable en https://www.boe.es Núm. 291
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