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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 15 de marzo de 2024 por el que se publica la propuesta de resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización ... para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y la primera convocatoria para el ejercicio ...

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NÚMERO 61 Miércoles 27 de marzo de 2024 V 18050 ANUNCIOS CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE ANUNCIO de 15 de marzo de 2024 por el que se publica la propuesta de resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2024080430) El Decreto 142/2021, de 21 diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y la primera convocatoria para el ejercicio 2021 (DOE número 9, de 14 de enero de 2022). El citado decreto, en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de personas interesadas afectadas, así como el acto de que se trate. El artículo 13 del Decreto 142/2021 estipula que el procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva conforme a los criterios de preferencia contemplados en el artículo 7 y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Una vez publicada en el Portal JUNTAEX la puntuación alcanzada, habiendo adquirido esta carácter de firmeza, y efectuada por la Comisión de Valoración la evaluación y priorización de las solicitudes, se comprueba que las necesidades para atender las solicitudes con puntuación superior o igual a 31 puntos son inferiores a la dotación de la presente convocatoria, por tanto, para agilizar la tramitación, se procede a publicar la sexta remesa con 86 propuestas de resolución provisional estimatoria de expedientes con puntuación superior o igual a 32 puntos. Próximamente se publicarán el resto de las remesas, comenzando con los expedientes pendientes de valoración de mayor puntuación y superiores a 30 puntos. Una vez se agoten las disponibilidades presupuestarias se constituirá y publicará la lista de reserva.
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA. Subvenciones. Real Decreto 321/2024, de 26 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 años o más para el año 2024.


... crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19, se manifestó la necesidad de ... Deporte al desarrollo de un programa de ayudas públicas para fomentar el acceso a ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 76 Miércoles 27 de marzo de 2024 Sec. I. Pág. 35339 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE CULTURA Real Decreto 321/2024, de 26 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 años o más para el año 2024. Dentro del sector audiovisual, las salas de cine desempeñan un papel cultural, social y económico crucial, no sólo para toda la industria cinematográfica, sino también para las ciudades y comunidades en las que se encuentran, para otros servicios vinculados a la actividad de ocio, y consecuentemente también para los ingresos del Estado a través de impuestos directos e indirectos asociados. En un contexto de cambio de hábitos de consumo audiovisual y tras el desfavorable impacto de la crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19, se manifestó la necesidad de establecer una política pública de incentivo para recuperar y reintroducir hábitos cinematográficos en el público, muy especialmente para el sector de población de las personas de 65 o más años, dado que de todas las franjas de población, son las personas de mayor edad quienes más están tardando en retomar los hábitos de asistencia al cine en salas que tenían antes de la pandemia. El compromiso de la Administración con el establecimiento de medidas de fomento y protección que garanticen la existencia, desarrollo y progreso de la actividad cultural se corresponde con el mandato del artículo 44 de la Constitución Española, que establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el acceso de todos ciudadanos a la cultura y el deber de promover la cultura como derecho inalienable de todos los españoles. Y, asimismo, en esta actuación debe tenerse en cuenta el artículo 25 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2016/C 202/02), donde se reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural, así como con el reconocimiento que realizan instituciones como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), según la cual el acceso a la cultura es fundamental en la consecución de un proceso de envejecimiento activo y saludable. Por todo lo anterior, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 16 de mayo de 2023 se aprobó el Acuerdo por el que se instaba al entonces denominado Ministerio de Cultura y Deporte al desarrollo de un programa de ayudas públicas para fomentar el acceso a las salas de cine de las personas mayores de 65 años; tanto en aras de la normalización y protección de la viabilidad económica de la actividad de las salas de exhibición como en beneficio de las personas mayores, de modo que se les facilitase el disfrute de una actividad cultural tal importante y satisfactoria como es la asistencia al cine. Y en cumplimiento del citado Acuerdo se aprobó el Real Decreto 447/2023, de 13 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años, cuyo objeto era sufragar con un máximo de 3 euros el precio de las entradas expedidas a las personas de dicha edad, de manera que pudieran acceder al visionado de las películas por el precio de 2 euros un día a la semana. Esta medida conocida como «Cine Senior», que comenzó el 13 de julio y finalizó el 31 de diciembre de 2023, ha tenido una gran acogida tanto por parte de las salas de exhibición participantes como por las personas de 65 o más años destinatarias del precio reducido de las entradas. Los datos sobre asistencia al cine los martes, que ha sido el principal día de aplicación de la campaña, indican que la asistencia general al cine de todo tipo de públicos, ese día, se incrementó un 49,6 % respecto a la de los martes del mismo periodo del año anterior (2.721.855 espectadores totales los martes en 2022 cve: BOE-A-2024-6085 Verificable en https://www.boe.es 6085
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3. Otras disposiciones. . Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.


... . En relación a esta línea de ayudas y las solicitudes que se presentaron en ... de la crisis provocada por el COVID-19 y sus perjudiciales efectos sociales ...

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024 página 42290/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía. En relación a esta línea de ayudas y las solicitudes que se presentaron en virtud del extracto de la convocatoria publicado en el BOJA de 12 de mayo de 2022, han tenido lugar los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Segundo. Para dar cumplimiento a esos objetivos, el Ministerio de Trabajo y Economía Social dictó diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las bases reguladoras de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperacion, Transformación y Resiliencia. Entre las normas publicadas toma especial relevancia la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto 2021, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00299159 Primero. Como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19 y sus perjudiciales efectos sociales y económicos, el Consejo Europeo acordó, el 21 de julio de 2020, la constitución de un instrumento excepcional de recuperación temporal, estableciendo medidas que aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de recuperación (NextGeneration EU). Este instrumento se sustenta en dos grandes pilares, el REACT-EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y fue regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el referido Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Por parte de España, se presentó a la Comisión su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia el 30 de abril de 2021, una vez aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, siendo aprobado en julio del mismo año, de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision‒CID), de 13 de julio de 2021. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) tiene como finalidad apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, promoviendo las prioridades ecológicas y digitales en la Unión Europea. Para ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias no reembolsables. El 70% de las transferencias no reembolsables del MRR deben ser comprometidas en 2021 y 2022; el 30% restante se comprometerá a finales de 2023.
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. Orden TDF/277/2024, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de formación en competencias digitales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.


... la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, así como en la sede electrónica ... tras la crisis de la pandemia de COVID-19 así como toda la normativa ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 26 de marzo de 2024 Sec. III. Pág. 35276 públicos, y se iniciará de oficio mediante la aprobación de convocatorias y su publicación según lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, así como en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/). El procedimiento de concesión seguirá, en cuanto resulte de aplicación, lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, con las características que establecen estas bases. El extracto de las convocatorias se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». Artículo 3. Régimen Jurídico. 1. Las subvenciones previstas en esta orden se sujetan a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como, a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre en lo que resulte de aplicación y del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. En defecto de lo previsto en la citada normativa, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en último término, el Derecho Privado. 2. Las subvenciones se sujetarán, también, a la normativa del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) núm. 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021; al Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, así como las demás disposiciones que resulten aplicables. 3. La ejecución de las actividades subvencionadas se sujetará a la normativa medioambiental aplicable, y en particular al principio de «no causar un perjuicio significativo» de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. En todo caso, se respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental. Asimismo, resulta aplicable a estas subvenciones el Reglamento (UE) núm. 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la pandemia de COVID-19 así como toda la normativa de desarrollo europea y nacional relativa al Plan de Recuperación y al mecanismo de recuperación y resiliencia que le sea de aplicación. 4. Asimismo será de aplicación la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en lo relativo al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos de concesión de subvenciones vinculados a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a fin de verificar la ausencia de conflicto de interés entre los miembros de los órganos de contratación y de concesión de subvenciones, y los participantes en los citados procedimientos en las diferentes fases del mismo. 5. Será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a dicha ley. cve: BOE-A-2024-6077 Verificable en https://www.boe.es Núm. 75
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 13 de marzo de 2024 por el que se publica la relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desestimación de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... resolución de desestimación de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de ... frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ...

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NÚMERO 57 16978 Jueves 21 de marzo de 2024 ANEXO Relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desestimación de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. DNI NOMBRE Y APELLIDOS ***5539** TREJO DE LA BASTIDA, ISMAEL ***5944** PRIETO CORDERO, MARÍA MAGDALENA ***8337** MORENO GARCIA, M.ª VICTORIA ***3918** MEDINA MANCERA, ANTONIO ***8029** OSUNA BUENAFUENTE, LOIDA ***6061** ARAGÓN POMBERO, ROCÍO ***6737** MONTERO SÁNCHEZ-PORRO, ANA ***1442** BUENO HERRERO, FERNANDO
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Sostenible. Notificaciones. Anuncio de 2 de marzo de 2024 sobre notificación por publicación de trámites asociados al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto ... para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. En los anexos ...

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NÚMERO 52 Jueves 14 de marzo de 2024 15936 ANUNCIO de 2 de marzo de 2024 sobre notificación por publicación de trámites asociados al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2024080354) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de: — Resolución de aceptación de modificación de Resolución de concesión del proyecto de conservación (anexo I). — Corrección de errores a la Resolución definitiva estimatoria (anexo II). — Notificación de trámite de audiencia anterior a pago anticipado (anexo III). — Subsanación de la solicitud de pago anticipado correspondiente a anualidad 2023 (anexo IV). — Acuerdo de inicio de reintegro correspondiente al pago de la anualidad 2023 (anexo V). — Propuestas de pérdida del derecho a percibir el pago anticipado de la anualidad 2023 (anexo VI). — Acuerdo de modificación de resolución de concesión por solicitud de cambio de ubicación (anexo VII), a las personas o entidades interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022 de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. En los anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del presente anuncio se recoge la relación de personas o entidades interesadas a los que se notifica los trámites referenciados en el apartado anterior, con alusión al NIF, número de expediente, pudiéndose acceder con las respectivas claves
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3. Otras disposiciones. . Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica adenda al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Benalúa para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


... de actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base ... , seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 52 - Jueves, 14 de marzo de 2024 página 41770/4 Séptimo. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, se aprueba en todos sus términos el texto de la presente adenda al Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde don Manuel Martínez Sánchez a la firma de la misma. En virtud del Acuerdo Plenario de 16 de diciembre de 2022, ACUERDA N Primero y único. La presente adenda modifica el Convenio de 23 de diciembre de 2021 para incluir las cláusulas referidas al cumplimiento de la normativa que regula el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el que se encuentra incluida la actuación objeto de dicho convenio y se modifica en los siguientes términos: 1.2. En el exponen del Convenio: 1.2.1. Se incluyen los apartados VI, VII, VIII y IX, con la siguiente redacción: VI. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm. 1 la materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras. Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este convenio, y que benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantes-equivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho Plan. VII. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y control del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación. VIII. La actuación objeto del Convenio está sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados para el MRR de la UE, en el marco de los principios que rigen dicho mecanismo, a la plena aplicación de los mecanismos de gestión, seguimiento y control del MRR, a la normativa aplicable a la gestión, seguimiento y control del PRTR, así como a las especificas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00298484 1.1. En el nombre del Convenio: Se incluye al final: En el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Navegación aérea. Tarifas. Orden TRM/229/2024, de 5 de marzo, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas.


... a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL), y se modifica ... europeo debido a la pandemia de COVID-19. La Comisión Ampliada de la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 64 Miércoles 13 de marzo de 2024 Sec. I. Pág. 29589 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE 4863 Orden TRM/229/2024, de 5 de marzo, por la que se modifica el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (EUROCONTROL), y se modifica el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas. cve: BOE-A-2024-4863 Verificable en https://www.boe.es El procedimiento para el establecimiento de una política común de tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea, también conocidas como tasas de ruta, se rige por el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981, y ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987; por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/317 de la Comisión de 11 de febrero de 2019, por el que se establece un sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) 390/2013 y (UE) 391/2013; así como por el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1627 de la Comisión de 3 de noviembre de 2020 sobre medidas excepcionales para el tercer período de referencia (2020-2024) del sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo debido a la pandemia de COVID-19. La Comisión Ampliada de la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (Eurocontrol), competente para la determinación de las tarifas, de sus condiciones de pago y periodo de aplicación, ha establecido las nuevas tarifas unitarias para el año 2024 y ha modificado el tipo de interés por mora en el pago de dichas tarifas mediante sus Decisiones número 23/176 y 23/177 aprobadas el 28 de noviembre de 2023. El artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenamiento de las Prestaciones Patrimoniales de carácter Público, dispone que las modificaciones de las tarifas por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea adoptadas en el seno de Eurocontrol se incorporarán al ordenamiento jurídico español por orden ministerial. En ejecución de las indicadas Decisiones números 23/176 y 23/177 de la Comisión Ampliada de Eurocontrol, esta orden tiene por objeto modificar el apartado quinto del anexo I del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea y modificar el tipo de interés por mora en el pago de las tarifas.
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las ... hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio ...

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NÚMERO 46 Miércoles 6 de marzo de 2024 13938 ANUNCIO de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2024080310) El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del referido decreto. El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las notificaciones y comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. El artículo 22 del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, dispone que, a la vista de la propuesta de resolución provisional, las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o, en su caso, el órgano en quien delegue. La resolución dictada contiene las obligaciones y compromisos adquiridos por la persona beneficiaria, y se notifica de acuerdo con los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se informa que los interesados relacionados en el anexo adjunto podrán conocer dicha resolución definitiva estimatoria a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO. https://laboreo.juntaex.es/ Igualmente se informa que contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo estable-
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