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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Orden de 8 de marzo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea ? Nextgeneration EU (línea 1).


... los procedimientos de subvenciones y ayudas públicas, y el artículo ... COVID-19. g) Cuando así se prevea en la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma ...

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Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024 página 42363/4 a) La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. b) Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria. c) Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente, se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración del aumento del crédito se publicará por quien lleva a cabo la convocatoria y por el mismo medio que ésta, sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente. d) No obstante lo anterior, en el caso de que se produzca, tras dictar la resolución de concesión, un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria, y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la de concesión de subvención, incorporando en esta resolución complementaria a todos los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. e) Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria estarán sujetas al sistema de régimen de control de fiscalización previa, conforme al artículo 90 del TRLGHP y al artículo 10.c) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, les resulta de aplicación la Instrucción 8/2019, de 14 de noviembre de 2019, por la que se establece la Guía de Fiscalización Previa de los expedientes de gastos derivados de los procedimientos de subvenciones y ayudas públicas, y el artículo 118.3.b) del TRLGHP, en orden a la determinación de los requisitos que deben ser comprobados y certificados por el órgano instructor del expediente a efectos de la fiscalización previa del compromiso de gasto. f) Estas subvenciones se someterán a las actuaciones de control y verificaciones de las Instituciones de la Unión Europea a las que se deberá facilitar el desarrollo de las misiones de control que realicen estas instituciones, en el marco del Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. g) Cuando así se prevea en la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma, el órgano competente para conceder las subvenciones podrá dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender o no realizar las convocatorias futuras, por motivos de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. 5. De conformidad con lo previsto en el art. 29.2 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se autoriza a los órganos competentes para conceder subvenciones o ayudas para, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias futuras. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00299249 BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 15 de marzo de 2024 por el que se publica la propuesta de resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ...

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NÚMERO 61 Miércoles 27 de marzo de 2024 V 18050 ANUNCIOS CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE ANUNCIO de 15 de marzo de 2024 por el que se publica la propuesta de resolución provisional de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2024080430) El Decreto 142/2021, de 21 diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y la primera convocatoria para el ejercicio 2021 (DOE número 9, de 14 de enero de 2022). El citado decreto, en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de personas interesadas afectadas, así como el acto de que se trate. El artículo 13 del Decreto 142/2021 estipula que el procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva conforme a los criterios de preferencia contemplados en el artículo 7 y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. Una vez publicada en el Portal JUNTAEX la puntuación alcanzada, habiendo adquirido esta carácter de firmeza, y efectuada por la Comisión de Valoración la evaluación y priorización de las solicitudes, se comprueba que las necesidades para atender las solicitudes con puntuación superior o igual a 31 puntos son inferiores a la dotación de la presente convocatoria, por tanto, para agilizar la tramitación, se procede a publicar la sexta remesa con 86 propuestas de resolución provisional estimatoria de expedientes con puntuación superior o igual a 32 puntos. Próximamente se publicarán el resto de las remesas, comenzando con los expedientes pendientes de valoración de mayor puntuación y superiores a 30 puntos. Una vez se agoten las disponibilidades presupuestarias se constituirá y publicará la lista de reserva.
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3. Otras disposiciones. . Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.


... EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO Resolución de 18 de marzo ... a esta línea de ayudas y las solicitudes que ... crisis provocada por el COVID-19 y sus perjudiciales ...

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024 página 42290/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara la falta de disponibilidad presupuestaria del crédito asignado para la financiación de la Línea 5, destinada al empleo y transición productiva hacia la Economía Verde o Economía Digital, regulada en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía. En relación a esta línea de ayudas y las solicitudes que se presentaron en virtud del extracto de la convocatoria publicado en el BOJA de 12 de mayo de 2022, han tenido lugar los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Segundo. Para dar cumplimiento a esos objetivos, el Ministerio de Trabajo y Economía Social dictó diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las bases reguladoras de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperacion, Transformación y Resiliencia. Entre las normas publicadas toma especial relevancia la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto 2021, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00299159 Primero. Como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19 y sus perjudiciales efectos sociales y económicos, el Consejo Europeo acordó, el 21 de julio de 2020, la constitución de un instrumento excepcional de recuperación temporal, estableciendo medidas que aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de recuperación (NextGeneration EU). Este instrumento se sustenta en dos grandes pilares, el REACT-EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y fue regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el referido Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Por parte de España, se presentó a la Comisión su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia el 30 de abril de 2021, una vez aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, siendo aprobado en julio del mismo año, de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision‒CID), de 13 de julio de 2021. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) tiene como finalidad apoyar la inversión y las reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, promoviendo las prioridades ecológicas y digitales en la Unión Europea. Para ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias no reembolsables. El 70% de las transferencias no reembolsables del MRR deben ser comprometidas en 2021 y 2022; el 30% restante se comprometerá a finales de 2023.
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 13 de marzo de 2024 por el que se publica la relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desestimación de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ...

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NÚMERO 57 16978 Jueves 21 de marzo de 2024 ANEXO Relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desestimación de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. DNI NOMBRE Y APELLIDOS ***5539** TREJO DE LA BASTIDA, ISMAEL ***5944** PRIETO CORDERO, MARÍA MAGDALENA ***8337** MORENO GARCIA, M.ª VICTORIA ***3918** MEDINA MANCERA, ANTONIO ***8029** OSUNA BUENAFUENTE, LOIDA ***6061** ARAGÓN POMBERO, ROCÍO ***6737** MONTERO SÁNCHEZ-PORRO, ANA ***1442** BUENO HERRERO, FERNANDO
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Sostenible. Notificaciones. Anuncio de 2 de marzo de 2024 sobre notificación por publicación de trámites asociados al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... Comunidad Autónoma de Extremadura ... en el procedimiento de ayudas convocadas a través ... hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. En los ...

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NÚMERO 52 Jueves 14 de marzo de 2024 15936 ANUNCIO de 2 de marzo de 2024 sobre notificación por publicación de trámites asociados al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2024080354) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de: — Resolución de aceptación de modificación de Resolución de concesión del proyecto de conservación (anexo I). — Corrección de errores a la Resolución definitiva estimatoria (anexo II). — Notificación de trámite de audiencia anterior a pago anticipado (anexo III). — Subsanación de la solicitud de pago anticipado correspondiente a anualidad 2023 (anexo IV). — Acuerdo de inicio de reintegro correspondiente al pago de la anualidad 2023 (anexo V). — Propuestas de pérdida del derecho a percibir el pago anticipado de la anualidad 2023 (anexo VI). — Acuerdo de modificación de resolución de concesión por solicitud de cambio de ubicación (anexo VII), a las personas o entidades interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022 de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. En los anexos I, II, III, IV, V, VI y VII del presente anuncio se recoge la relación de personas o entidades interesadas a los que se notifica los trámites referenciados en el apartado anterior, con alusión al NIF, número de expediente, pudiéndose acceder con las respectivas claves
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3. Otras disposiciones. . Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica adenda al Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Benalúa para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


... provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se ... normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación ... pago de las ayudas, información, publicidad ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 52 - Jueves, 14 de marzo de 2024 página 41770/4 Séptimo. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, se aprueba en todos sus términos el texto de la presente adenda al Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde don Manuel Martínez Sánchez a la firma de la misma. En virtud del Acuerdo Plenario de 16 de diciembre de 2022, ACUERDA N Primero y único. La presente adenda modifica el Convenio de 23 de diciembre de 2021 para incluir las cláusulas referidas al cumplimiento de la normativa que regula el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el que se encuentra incluida la actuación objeto de dicho convenio y se modifica en los siguientes términos: 1.2. En el exponen del Convenio: 1.2.1. Se incluyen los apartados VI, VII, VIII y IX, con la siguiente redacción: VI. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm. 1 la materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras. Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este convenio, y que benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantes-equivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho Plan. VII. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y control del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación. VIII. La actuación objeto del Convenio está sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados para el MRR de la UE, en el marco de los principios que rigen dicho mecanismo, a la plena aplicación de los mecanismos de gestión, seguimiento y control del MRR, a la normativa aplicable a la gestión, seguimiento y control del PRTR, así como a las especificas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00298484 1.1. En el nombre del Convenio: Se incluye al final: En el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), serán ...

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NÚMERO 46 Miércoles 6 de marzo de 2024 13938 ANUNCIO de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2024080310) El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del referido decreto. El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las notificaciones y comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. El artículo 22 del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, dispone que, a la vista de la propuesta de resolución provisional, las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o, en su caso, el órgano en quien delegue. La resolución dictada contiene las obligaciones y compromisos adquiridos por la persona beneficiaria, y se notifica de acuerdo con los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se informa que los interesados relacionados en el anexo adjunto podrán conocer dicha resolución definitiva estimatoria a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO. https://laboreo.juntaex.es/ Igualmente se informa que contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo estable-
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Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 27 de febrero de 2024 por el que se publica la relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desistimiento expreso de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ...

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NÚMERO 46 13935 Miércoles 6 de marzo de 2024 ANEXO Relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desistimiento expreso de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. CIF/NIF NOMBRE ***1187** SIERRA ORTEGA, FRANCISCO JOSÉ ***6149** GUERRERO CORTES, JOSÉ ***6895** FERNÁNDEZ CALERO, MARÍA ***6952** MARTÍN SANCHEZ, JOSÉ MANUEL
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.


... COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas ... relación con las ayudas concedidas por la Comunidad Autónoma, puede ser ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 28 de febrero de 2024 Sec. III. Pág. 23672 Los anexos I y II del convenio contemplan la cesión de determinados datos por parte de la Agencia Tributaria. No obstante, para la correcta comprobación del cumplimiento de la condición de agricultor activo por la Comunidad Autónoma se requiere de determinada información del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades y relativa a las entidades en régimen de atribución de rentas, o en su caso para la tramitación de otras ayudas, para lo cual se han desarrollado dos suministros de información estandarizados, que es preciso recoger en el anexo I del convenio. Simultáneamente, se elimina del anexo II la información que queda subsumida en los nuevos suministros sobre el Impuesto sobre Sociedades y las entidades en régimen de atribución de rentas. Por otro lado, también se elimina del anexo II otra información, en la medida en que ya no concurren las circunstancias por las que esta información fue incluida en el convenio. En concreto, el anexo II fue incorporado en el convenio mediante la tramitación de una adenda modificativa del mismo, ante la necesidad de algunas comunidades autónomas de disponer de información que había sido suministrada inicialmente para la tramitación de las ayudas contempladas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas directas aprobadas como consecuencia de la crisis económica generada por la COVID-19. Finalmente, también se incorpora en el anexo II otra información susceptible de ser proporcionada, como es la indicación de la presentación o no de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. IV Asimismo, con ocasión del control posterior que pudiera llevarse a cabo en relación con las ayudas concedidas por la Comunidad Autónoma, puede ser necesario que por parte de la Agencia Tributaria se ponga a disposición de la Comunidad Autónoma determinada información al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.d) de la Ley General Tributaria. Este artículo prevé como excepción al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria la colaboración con las Administraciones Públicas para la prevención y lucha contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea. Como consecuencia de lo anterior, es necesario modificar determinadas cláusulas del convenio al objeto de que el mismo dé cobertura también a los suministros de información que se realicen al amparo de la letra d) del artículo 95.1 de la Ley General Tributaria, para el control posterior de las ayudas. V Por otra parte, durante el tiempo transcurrido desde la firma del convenio se han producido modificaciones normativas y se han adoptado mejoras en materia de control y seguridad de los datos suministrados y de tratamiento de los datos de carácter personal que permiten un enunciado de las cláusulas del convenio más adecuado a las normas vigentes, tanto europeas como nacionales, sobre protección de datos de carácter personal y sobre seguridad de la información, por lo que se introducen mediante esta adenda las modificaciones pertinentes. VI Tal y como se especifica en la cláusula sexta del convenio, los datos suministrados por la Agencia Tributaria serán los declarados por los contribuyentes y demás obligados a suministrar información, sin que, con carácter general, hayan sido sometidos a actividad alguna de verificación previa a su automatización. No obstante, cuando los citados datos hubieran sido comprobados por la Administración tributaria, se facilitarán los datos comprobados. cve: BOE-A-2024-3844 Verificable en https://www.boe.es Núm. 52
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