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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Orden de 28 de julio de 2023, por la que se dejan sin efecto las medidas sanitarias por razón de la salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía.


... de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19). Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el mismo día ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 149 - Viernes, 4 de agosto de 2023 página 13066/2 Por otra parte, con fecha 5 de julio de 2023, se ha dictado orden comunicada del Ministro de Sanidad, mediante la que se acuerda el cese de la aplicación de las medidas extraordinarias frente a la pandemia por la COVID-19 acordadas hasta la fecha. Considerando todo lo anterior, y teniendo en cuenta la situación epidemiológica favorable en nuestra Comunidad Autónoma, resulta justificado que por parte de esta Consejería se proceda a dejar sin efecto las medidas de prevención y contención contra la COVID-19 acordadas en aquellas órdenes de esta Consejería que formalmente siguen manteniendo efectos en la actualidad. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de los artículos 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, DISPONGO Primero. Dejar sin efecto las medidas sanitarias de prevención y contención contra la COVID-19 contenidas en las órdenes, instrucciones, guías y protocolos de esta Consejería, y en particular las siguientes órdenes: a) La Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma. b) La Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía. c) La Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2. d) La Orden de 28 de abril de 2022, por la que se actualizan las medidas sanitarias y preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19). Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 28 de julio de 2023 CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO 00288074 Consejera de Salud y Consumo Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Autoridades y personal. . Resolución de 12 de julio de 2023, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 148 - Jueves, 3 de agosto de 2023 página 12976/2 Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 1. La solicitud y el autobaremo deberán ajustarse a los formularios disponibles en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. 2. Las solicitudes, se presentarán única y exclusivamente en la página web del IFAPA, en la dirección web indicada, o en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hechos constar en su solicitud y autobaremo. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00,00 horas del primer día y finalizando a las 24,00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles. 4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante. 5. A la solicitud y su correspondiente autobaremo deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación: a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad. b) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente. c) Curriculo, en el formulario disponible en la página web descrita en el apartado 1. d) Hoja de descripción de los méritos autobaremados (en formato ods o excell ), la cual estará disponible en la página web del IFAPA http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. Los méritos recogidos en la citada hoja deberán tener una clara correspondencia con los méritos puntuados por los solicitantes en el formulario de autobaremo, debiendo coincidir la puntuación autobaremada por los mismos en ambos documentos. De conformidad con lo anterior, no serán tenidos en cuenta aquellos méritos que habiendo Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287982 Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los siguientes: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Ser mayor de edad.
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Autoridades y personal. . Resolución de 12 de julio de 2023, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 148 - Jueves, 3 de agosto de 2023 página 12977/2 Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 1. La solicitud y el autobaremo deberán ajustarse a los formularios disponibles en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. 2. Las solicitudes, se presentarán única y exclusivamente en la página web del IFAPA, en la dirección web indicada, o en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hechos constar en su solicitud y autobaremo. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00,00 horas del primer día y finalizando a las 24,00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles. 4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante. 5. A la solicitud y su correspondiente autobaremo deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación: a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad. b) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente. c) Currículo, en el formulario disponible en la página web descrita en el apartado 1. d) Hoja de descripción de los méritos autobaremados (en formato ods o excell), la cual estará disponible en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. Los méritos recogidos en la citada hoja deberán tener una clara correspondencia con los méritos puntuados por los solicitantes en el formulario de autobaremo, debiendo coincidir la puntuación autobaremada por los mismos en ambos documentos. De conformidad con lo anterior, no serán tenidos en cuenta aquellos méritos que habiendo Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287984 Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los siguientes: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Ser mayor de edad.
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Autoridades y personal. . Resolución de 21 de julio de 2023, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo de libre designación próximo a quedar vacante.


... , se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), o en los registros electrónicos de cualquiera de los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 147 - Miércoles, 2 de agosto de 2023 página 12911/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Resolución de 21 de julio de 2023, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo de libre designación próximo a quedar vacante. Conforme a lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a lo previsto en el Capítulo V del Título III del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero, esta Delegación del Gobierno, en virtud de las competencias que tiene delegadas por el artículo 8.1 a) de la Orden de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de 4 de febrero de 2020 (BOJA núm. 29, de 12 de febrero), anuncia la provisión del mismo por el sistema de libre designación, próximo a quedar vacante, con arreglo a las siguientes bases: Primera. Se convoca la provisión por el sistema de libre designación del puesto de trabajo que se detalla en el anexo de la presente resolución. Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el referido anexo y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente. Cuarta. Una vez trascurrido el periodo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287915 Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla y se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, y preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), o en los registros electrónicos de cualquiera de los ámbitos del sector público a que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley 39/2015, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia figurarán los datos personales y el puesto que se solicita, acompañando hoja de acreditación de datos y/o «curriculum vitae» en el que se hará constar el número de registro personal, cuerpo de pertenencia, grado personal consolidado, destino actual, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. 3. Los méritos alegados deberán ser justificados con la hoja de acreditación de datos. Los que no consten en la misma por no estar inscritos en el Registro General de Personal se acreditarán con documentación original o fotocopias compulsadas.
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. Acta de la V reunión de la Comisión Mixta Hispano-Jordana de Cooperación (2020-2024), hecha en Ammán el 1 de octubre de 2020.


... Española. COFIDES: Compañía Española de Financiación del Desarrollo. COVID-19: Coronavirus Disease of 2019. DGPOLDES: Dirección General de Políticas para el ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 182 Martes 1 de agosto de 2023 Sec. I. Pág. 113674 MARCO DE ASOCIACIÓN ESPAÑA-JORDANIA 2020-2024 ÍNDICE Glosario de siglas y abreviaturas Resumen Ejecutivo 1. Bases para la Asociación. 1.1 Contexto del país. 1.2 Situación de la Cooperación Española. 1.3 Análisis de la estrategia nacional de desarrollo de Jordania sobre la base de las 5 P, para no dejar a nadie atrás. 1.4 Conclusiones. 2. 2.1 2.2 2.3 3. 3.1 3.2 3.3 3.4 4. 4.1 4.2 4.3 Resultados de desarrollo sostenible. Contribución a la Agenda 2030 nacional. Alcance territorial. Marco de Resultados. Alianzas para la estrategia. Red de alianzas. Modalidades e instrumentos. Recursos. Riesgos. Seguimiento, evaluación, rendición mutua de cuentas y transparencia. Seguimiento. Evaluación. Rendición mutua de cuentas y transparencia. Anexo I. Marco de resultados. Anexo II. Red de alianzas. Anexo III. Recursos financieros. Anexo IV. Matriz de riesgo. AECID: Agencia Española de Cooperación al Desarrollo. ACNUR: Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados. AGE: Administración General del Estado. AOD: Ayuda Oficial para el Desarrollo. CC. AA.: Comunidades Autónomas. CE: Cooperación Española. COFIDES: Compañía Española de Financiación del Desarrollo. COVID-19: Coronavirus Disease of 2019. DGPOLDES: Dirección General de Políticas para el Desarrollo Sostenible (España). EPA: Equipo País Ampliado. FONPRODE: Fondo para la Promoción del Desarrollo. GEC: Grupo Estable de Coordinación. JRP: Plan de Respuesta de Jordania a la Crisis Siria. JONAP: Plan de Acción Nacional de Jordania 2018-2021 para la Implementación de la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325 sobre Mujeres, Paz y Seguridad. cve: BOE-A-2023-17643 Verificable en https://www.boe.es Glosario de siglas y abreviaturas:
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. Acta de la V reunión de la Comisión Mixta Hispano-Jordana de Cooperación (2020-2024), hecha en Ammán el 1 de octubre de 2020.


... de Jordania anunció un paquete de medidas destinadas a contener el impacto del coronavirus en la economía, entre las que destacan: pedir a los bancos que ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 182 Martes 1 de agosto de 2023 Sec. I. Pág. 113706 Riesgos Económicos. En el entorno macroeconómico, las condiciones financieras globales y la inestabilidad regional continúan siendo un desafío para el crecimiento económico de Jordania. Se esperaba que el crecimiento del PIB se mantuviera moderado, a pesar de la débil confianza de los agentes del sector privado frente a la inestabilidad regional. Así mismo, se preveía que las actividades bancarias y de seguros (21 % del PIB en 2018) sean impulsoras del crecimiento, así como las exportaciones (alrededor del 19 % del PIB en 2018), cuando se vaya concretando el de apoyo oficial en la Iniciativa de Londres. La reapertura de las fronteras iraquí y siria (a pesar de los riesgos de seguridad) y los acuerdos de comercio e inversión relacionados, los menores costos de importación (petróleo y alimentos) y un compromiso de las compañías nacionales con la UE, que simplifica las normas de exportación, debería ayudar a estabilizar la balanza comercial. No obstante, la llegada de la crisis provocada por la pandemia de la COVID-19, cambia completamente la situación, en un marco de recesión económica global. Las consecuencias sociales y económicas de las medidas de contención de la pandemia COVID-19, que desestabilizan las previsiones anteriores, a nivel global y en Jordania en particular. Jordania ha reaccionado (marzo 2020) con una serie de medidas para paliar las consecuencias. Entre ellas se destaca: (a) el aplazamiento de la recaudación del impuesto sobre las ventas en todos los sectores nacionales, y las importaciones relacionadas con la salud, y el suministro de medicamentos; (b) la asignación del 50 % de los ingresos del seguro de maternidad (16 MJOD) a asistencia material para ancianos y enfermos; (c) la introducción de precios máximos en productos esenciales; (d) el aplazamiento del 70 % del valor de los derechos de aduana para empresas seleccionadas y la reducción de las contribuciones a la seguridad social. Por otra parte, el Banco Central de Jordania anunció un paquete de medidas destinadas a contener el impacto del coronavirus en la economía, entre las que destacan: pedir a los bancos que permitan a los clientes individuales y empresas más afectadas diferir el pago de las cuotas de amortización de los préstamos; y bombear liquidez adicional a los bancos por valor de 550 MJOD, reduciendo el coeficiente de reserva obligatoria. Preocupan especialmente las consecuencias sociales en un país con una estimación oficial del 50 % de economía informal y, la puesta en marcha de mecanismos de protección social y recuperación económica se convierten en prioritarios, para evitar una ruptura de la cohesión social. 4. Seguimiento. El sistema de seguimiento previsto para observar y medir el grado de cumplimiento del MAP se articulará, por un lado, con los mecanismos de seguimiento del Gobierno jordano y, por otro, con los sistemas de seguimiento de los programas de los diferentes actores de la CE. Todos los socios que participan en la construcción y ejecución del MAP deben asumir la responsabilidad de proporcionar la información y colaborar de forma activa para su seguimiento y evaluación. Cada actor de la CE junto con sus contrapartes deberá medir los indicadores prioritarios establecidos en el marco de resultados, para valorar el avance del logro de los resultados intermedios. Además, se podrán identificar las dificultades más relevantes que se estén encontrando durante la implementación del MAP y proponer las modificaciones necesarias para reconducir la ejecución de las intervenciones, si fuera preciso. El seguimiento se realizará en dos ámbitos: El seguimiento técnico, que se recogerá en el Informe Anual de Seguimiento del MAP, elaborado por la OTC de la Embajada. Se medirá la consecución de resultados a través de la actualización anual del progreso de los indicadores del nivel operativo y de la contribución a las metas y resultados priorizados en el MAP. De forma adicional a esta cve: BOE-A-2023-17643 Verificable en https://www.boe.es 4.1 Seguimiento, evaluación, rendición mutua de cuentas y transparencia
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Autoridades y personal. . Resolución de 14 de julio de 2023, de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo vacante, por el sistema de libre designación.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 141 - Martes, 25 de julio de 2023 página 12510/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Resolución de 14 de julio de 2023, de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo vacante, por el sistema de libre designación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero (BOJA núm. 8, de 19 de enero), y teniendo en cuenta la competencia que me delega la Orden de 27 de septiembre de 2022 (BOJA núm. 191, de 4 de octubre), se anuncia la provisión de puesto de trabajo de libre designación, en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, con sujeción a las siguientes B A S E S Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación vacante, que se detalla en el anexo de la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Presidencia de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el Número de Registro Personal y el puesto que se solicita, acompañando Hoja de Acreditación de Datos o «curriculum vitae», en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287525 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros, de carácter general, exigidos por la legislación vigente.
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Autoridades y personal. . Resolución de 17 de julio de 2023, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 141 - Martes, 25 de julio de 2023 página 12514/2 Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 1. La solicitud y el autobaremo deberán ajustarse a los formularios disponibles en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. 2. Las solicitudes, se presentarán única y exclusivamente en la página web del IFAPA, en la dirección web indicada, o en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hechos constar en su solicitud y autobaremo. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00,00 horas del primer día y finalizando a las 24,00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles. 4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante. 5. A la solicitud y su correspondiente autobaremo deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación: a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad. b) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente. c) Currículo, en el formulario disponible en la página web descrita en el apartado 1. d) Hoja de descripción de los méritos autobaremados (en formato ods o excell), la cual estará disponible en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. Los méritos recogidos en la citada hoja deberán tener una clara correspondencia con los méritos puntuados por los solicitantes en el formulario de autobaremo, debiendo coincidir la puntuación autobaremada por los mismos en ambos documentos. De conformidad con lo anterior, no serán tenidos en cuenta aquellos méritos que habiendo sido incluidos en el formulario de autobaremo, no hayan sido detallados en la hoja de descripción de méritos y viceversa. e) Documentación acreditativa de los requisitos que se detallan en el Anexo I, que deban reunir las personas que estén interesadas en concurrir al proceso selectivo correspondiente, los cuales deberán guardar relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato, así como de los méritos recogidos en el autobaremo. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287527 b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Ser mayor de edad.
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Autoridades y personal. . Resolución de 17 de julio de 2023, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 141 - Martes, 25 de julio de 2023 página 12517/2 Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 1. La solicitud y el autobaremo deberán ajustarse a los formularios disponibles en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. 2. Las solicitudes se presentarán única y exclusivamente en la página web del IFAPA, en la dirección web indicada, o en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único punto 3 del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19). Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud y autobaremo. 3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 00,00 horas del primer día y finalizando a las 24,00 horas del último día. A estos efectos y de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los sábados no se consideran hábiles. 4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante. 5. A la solicitud y su correspondiente autobaremo deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación: a) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad. b) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente. c) Currículo, en el formulario disponible en la página web descrita en el apartado 1. d) Hoja de descripción de los méritos autobaremados (en formato ods o excell ), la cual estará disponible en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/ agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público. Los méritos recogidos en la citada hoja deberán tener una clara correspondencia con los méritos puntuados por los solicitantes en el formulario de autobaremo, debiendo coincidir la puntuación autobaremada por los mismos en ambos documentos. De conformidad con lo anterior, no serán tenidos en cuenta aquellos méritos que habiendo Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00287531 Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los siguientes: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de otro Estado en los términos del artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. d) Ser mayor de edad.
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