Anuncio 2024/80-13 publicado el día 25-04-2024 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2024/80).

Autoridades y personal. . Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que, a propuesta de la Comisión de Valoración que ha valorado el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área Obstetricia y Ginecología, se aprueba la resolución provisional de dicho concurso y se anuncia la publicación de los listados provisionales.


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... de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas concursantes a las que se les ha denegado su participación condicionada por razones de convivencia familiar en aplicación de la base ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 80 - Jueves, 25 de abril de 2024 página 43633/2 formales exigidos en dicha base y la/s causa/s de denegación, que han obtenido destino provisional en virtud de su participación ordinaria en el concurso de traslado al cumplir los requisitos para ello. En dicha lista provisional se hará constar también las personas concursantes a las que se les ha estimado provisionalmente la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio. Esta estimación supone que la solicitud de participación realizada por el concursante queda anulada provisionalmente mediante la presente resolución, al resultar que ambos cónyuges o parejas de hecho no obtienen plaza en el mismo municipio, Tercero. Anunciar la publicación de las listas provisionales de personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de las causas de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de «no baremado/a» en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta, que se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o virtuales citados en el punto anterior. Cuarto. Publicar, como Anexo I a la presente resolución, la relación de causas de exclusión. Sexto. Las personas aspirantes disponen de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para formular alegaciones contra la misma. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, las personas concursantes podrán desistir de su participación en el mismo. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos. Las alegaciones, así como la solicitud de desistimiento, en su caso, deberán presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales o desistimiento de participación en el concurso de traslado. Durante el plazo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas candidatas que figuran excluidas en el concurso de traslado por falta de acreditación de los requisitos de acceso para la participación en el mismo, deberán, subsanar la falta o aportar junto a la correspondiente alegación, los documentos acreditativos de la concurrencia de dichos requisitos de acceso, indicándoles que, si así no lo hicieran, quedarán definitivamente excluidas del concurso de traslado. Durante el plazo anterior, asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aquellas personas concursantes a las que se les ha denegado su participación condicionada por razones de convivencia familiar en aplicación de la base 3.4 por no haber cumplido con alguno/s de los requisitos formales exigidos en dicha base, podrán subsanar los mismos. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para aquellos méritos que, en el momento de presentación del autobaremo de méritos, únicamente se hubiera incorporado a la VEC la solicitud de la certificación de dicho Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300582 Quinto. Publicar, como Anexo II de la presente resolución, la relación de causas de denegación de la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio.