Anuncio BOE-A-2024-8231 publicado el día 24-04-2024 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2024-100).

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III.


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... en vigor a la fecha de publicación en el BOCyL de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas al Concurso-oposición libre. 5.1.1 Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un máximo de 80 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45885 4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOCyL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de personas admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo. La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará cumplimentando el modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https:// sede.uva.es, sección «Registro electrónico»). 4.3 La fecha y lugar de celebración del primer ejercicio figurará en la resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, las personas aspirantes definitivamente excluidas podrán interponer demanda ante los Juzgados de lo Social de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución. En las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, a las que se hace mención en la presente base, figurarán las personas aspirantes identificadas según lo previsto por la LOPDP. En el caso de las personas aspirantes excluidas, además, se indicará la causa o motivo de exclusión. 4.4 En todo caso, tanto las resoluciones que se dicten relativas a este proceso selectivo, así como los acuerdos del Tribunal, de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por el que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los/as ciudadanos/as a los servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico en la Universidad de Valladolid, se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón de anuncios/PTGAS). No obstante, cuando estas resoluciones sean publicadas en el BOCyL, tendrán efectividad en función de la publicación en este medio. Asimismo, a efectos informativos y, con el objeto de ampliar la difusión del presente concurso-oposición, la convocatoria, las resoluciones por las que se aprueban las listas de personas admitidas y excluidas, los acuerdos públicos del Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es (sección «LA UVA»; «Empleo»). 5. Procedimiento de Selección 5.1 Fase de Oposición: consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio, de tal modo que la no superación de cada uno de ellos supondrá para las personas aspirantes la imposibilidad de continuar en el proceso selectivo. La puntuación final de esta fase vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que han superado cada uno de los ejercicios. En el anexo I se establecen los temarios sobre los que versarán las pruebas selectivas. En relación con los contenidos normativos de éstos, será de aplicación la normativa que se encuentre en vigor a la fecha de publicación en el BOCyL de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas al Concurso-oposición libre. 5.1.1 Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un máximo de 80 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una de ellas correcta) relacionadas con el temario establecido en el anexo I de la presente Resolución. El cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es El sistema de selección de las personas aspirantes por cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas, será el de concurso-oposición. La fase de oposición y la fase de concurso se valorarán con un máximo de 80 y 20 puntos, respectivamente.
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... y de las bases de la convocatoria. 9.5 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y Oposición, se dará prioridad a la persona aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en el último ejercicio de la fase de oposición y ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45893 Órgano de Selección publicará la relación, por cada turno de acceso, con la valoración definitiva de la fase de concurso. La presentación de estas alegaciones se efectuará a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el modelo de «Solicitud General». 9.4 Cada Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4 una única lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la categoría y, en su caso, especialidad de las plazas convocadas. En esta lista, las personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso selectivo (Fase de Oposición más Fase de Concurso) y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada Fase. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas ofertadas para cada categoría y especialidad, siendo de aplicación lo previsto en la base 7.11. Asimismo, será de aplicación el artículo 10 del DDISCYL, por el cual se establece que: «En las convocatorias ordinarias con turno para personas con discapacidad, las personas aspirantes que, por este turno, superasen los ejercicios correspondientes, sin obtener plaza, resultando su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del turno libre, serán incluidas por su orden de puntuación en la relación de aprobados/as». La motivación de la mencionada lista con las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. 9.5 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y Oposición, se dará prioridad a la persona aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en el último ejercicio de la fase de oposición y así, en el caso de que persista el empate, sucesivamente por número de orden descendente de ejercicio. Si tras aplicar este criterio no se hubiera dirimido el empate, se dará prioridad a aquella persona aspirante con mayor puntuación en el mérito de la fase de concurso que aparece enunciado en primer lugar (base 5.2.2), y así sucesivamente de persistir la igualdad. Agotadas todas estas reglas, el empate se resolverá, finalmente, mediante la realización de un sorteo. 9.6 Finalmente, el/la Presidente/a de cada Tribunal elevará al Sr. Rector la correspondiente propuesta de contratación como personal laboral fijo a favor de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el BOCyL estas relaciones de aspirantes aprobados/as con el orden obtenido en el proceso selectivo por cada una de las categorías y, en su caso, especialidades de las plazas convocadas. 9.7 En todas estas listas de aspirantes aprobados/as a las que se hace mención en la presente base, figurarán las personas aspirantes identificadas según lo previsto en la LOPDP. Presentación de documentos y formalización de los contratos laborales. 10.1 Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo, para su contratación como personal laboral fijo, presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP, dentro de los veinte días hábiles desde el siguiente al que se haga pública en el BOCyL, la resolución a que hace referencia la base 9.6 de la presente convocatoria, copia auténtica de los siguientes documentos, salvo que estos ya se encuentren en poder de la UVa: a) DNI de la persona aspirante o documento que acredite la nacionalidad. Están exentos/as los/as españoles/as y los/as nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el sistema de verificación de datos de identidad. Para los/as nacionales de cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es 10.
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... DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45877 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos UNIVERSIDADES Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45877 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos UNIVERSIDADES Resolución de 12 de abril de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre –en adelante TREBEP–, y según lo contenido en las ofertas de empleo público de los años 2021, 2022 y 2023, hechas públicas mediante resoluciones de este Rectorado de 23 de agosto de 2021, 2 de diciembre de 2022 y 21 de noviembre de 2023 (BOCyL de 30 de agosto de 2021, 13 de diciembre de 2022 y 28 de noviembre de 2023, respectivamente), procede la convocatoria de veintitrés plazas de diversas categorías laborales de personal de técnico, de gestión y de administración y servicios; tres de ellas procedentes de la Tasa de Reposición de la oferta del año 2021, diez correspondiente a la Tasa de Reposición de la oferta del año 2022 y otras diez procedentes de la Tasa de Reposición del año 2023. Dentro de este conjunto de plazas ofertadas se incluyen dos de ellas para ser cubiertas por personas con discapacidad, procedentes de las ofertas de empleo público de los años 2022 y 2023, en cumplimiento con lo dispuesto en las respectivas resoluciones de este Rectorado por las que se hacen públicas las referidas ofertas de empleo público. El sistema para la selección del personal será el de concurso-oposición libre, tal y como prevé el vigente II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (Resoluciones de 2 de enero de 2007 y 4 de junio de 2013 de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, BOCyL de 18 de enero de 2007 y 25 de junio de 2013) –en adelante «Convenio Colectivo»–. La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad jurídica, establecido en el artículo 14 de la Constitución Española, por lo que se refiere al acceso al empleo, a tenor de lo establecido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y en cuanto a la igualdad de trato entre mujeres y hombres, conforme con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Por todo ello, este Rectorado, a fin de atender las necesidades de personal y en ejecución de las ofertas de empleo público de los años 2021, 2022 y 2023, según lo dispuesto en el artículo 70 del TREBEP, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 88.g) de los Estatutos de la Universidad de Valladolid –en adelante EEUVA–, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, en relación con el artículo 3.2.j) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario –en adelante LOSU–, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del Convenio Colectivo, resuelve convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, mediante concurso-oposición libre, veintitrés plazas vacantes de personal laboral fijo de diversas categorías profesionales, correspondientes a los grupos de clasificación laboral II y III, dotadas presupuestariamente y que se hallan vacantes en la plantilla de esta Universidad, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia de la Universidad de Valladolid, previa negociación con los Comités de Empresa de Valladolid y Palencia y delegados de personal de los campus de Segovia y Soria. cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es 8231
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... que no superen la prueba serán calificados/as como no aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo. 5.2 Fase de Concurso: Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45886 ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo que podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 90 minutos. Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas correspondientes que pudieran ser objeto de anulación. El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos que equivaldrán al número máximo de preguntas válidas de las que conste el cuestionario. Las preguntas contestadas incorrectamente serán objeto de penalización en 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeándose a la centésima el resultado total de esta penalización. Las preguntas no contestadas no penalizarán. Será necesario para superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos. Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número de preguntas válidamente contestadas para ser calificado con veinte puntos para superar la prueba, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a cada categoría. El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados como no aptos/as, siendo eliminados del proceso selectivo. 5.1.2 Segundo Ejercicio. Práctico, consistirá en la realización de un máximo de tres pruebas prácticas o supuestos prácticos relacionados con el temario y las funciones del puesto de trabajo. El tiempo máximo que podrá concederse para la realización del ejercicio será de cuatro horas. El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos. Será necesario para superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos. Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser calificado con veinte puntos para superar la prueba, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a cada categoría. El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados/as como no aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo. 5.2 Fase de Concurso: Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección. El baremo para la valoración de los méritos alegados será el siguiente: a) Experiencia profesional: hasta un máximo de 17,5 puntos. – 0,006 puntos por día trabajado en puestos iguales en la Universidad de Valladolid. – 0,003 puntos por día trabajado en puestos similares en otras administraciones públicas, entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP, o bien en la Universidad de Valladolid. Para otras Administraciones Públicas, se considerarán cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es 5.2.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan solo participarán en esta Fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para superar la prueba que se haya realizado en la Fase de Oposición. La valoración de los méritos en esta Fase, que figura en la base 5.2.2, no podrá superar el 20 % de la puntuación máxima total del concurso-oposición. 5.2.2 Baremación de méritos.
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... Administración pública, será exigible, en todo caso, la igualdad en el índice de proporcionalidad respecto a la plaza a la que se concursa, según se indica a continuación: Para las plazas del Grupo II: el índice de proporcionalidad es el 8. Para las plazas del ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45887 similares aquellos relacionados con el área funcional de clasificación, de las indicadas en el vigente C.C. Asimismo, respecto a la similitud alegada en relación con puestos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública, será exigible, en todo caso, la igualdad en el índice de proporcionalidad respecto a la plaza a la que se concursa, según se indica a continuación: Para las plazas del Grupo II: el índice de proporcionalidad es el 8. Para las plazas del Grupo III: el índice de proporcionalidad es el 6. – 0,001 puntos en puestos de categoría inferior o superior de la misma especialidad, en la Universidad de Valladolid. b) Formación: En los últimos quince años contados hasta el último día de presentación de solicitudes. Se valorará hasta un máximo de 1 punto. Por actividades de formación y perfeccionamiento: se puntuará por cada hora acreditada relacionada con las tareas y funciones de las plazas objeto de este concursooposición, hasta un máximo de 0,25 puntos por curso, conforme al siguiente baremo: – 0,005 puntos por hora. Los cursos deben haber sido realizados dentro de los planes de formación para el PTGAS la Universidad de Valladolid, establecidos al amparo del artículo 198.2 de los EEUVa, u organizados por el Instituto Nacional de Administración Pública, la Escuela de Administración Pública de Castilla y León u organizados por los Sindicatos dentro del Acuerdo Nacional de Formación Continua (hasta el año 2012). El Tribunal no podrá valorar los cursos de formación a los que no se acompañe un programa detallado del mismo que deberá versar sobre las materias relacionadas con las tareas y funciones de las plazas objeto de este concurso-oposición. Los cursos de formación tienen que haber sido impartidos por la propia Administración o instituciones indicadas anteriormente o, en su caso, contratados por éstas a empresas especializadas. En este último caso, las acreditaciones deberán estar visadas por la correspondiente administración. c) Idiomas: hasta un máximo de 0,20 puntos. Nivel puntos A2 0,04 B1 0,08 B2 0,12 C1 0,16 C2 0,20 Asimismo, se valorarán aquellas certificaciones oficiales expedidas por instituciones o centros acreditados en las enseñanzas de idiomas, que resulten equivalentes según el Marco europeo común de referencia. Solo se valorará, en este apartado, la certificación de mayor nivel alcanzado. cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es Por la posesión de certificaciones oficiales correspondientes a los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas, según el baremo siguiente:
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... instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud: Convocatoria: – Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Concurso/oposición». – Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Elegir en el desplegable la categoría y especialidad a la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45881 del Estado». Deberá presentarse una solicitud de participación por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas. La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante. A estos efectos, deberá tenerse en cuenta la Resolución del Rectorado de la Universidad de Valladolid que pueda declarar periodos inhábiles, a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, convocadas por esta Universidad. 3.2 La solicitud estará disponible en la sede electrónica de la UVa (https:// sede.uva.es) accediendo a ella según lo indicado en el siguiente apartado. 3.3 De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (BOCyL de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa. Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos: 1. Elegir la sección «Carpeta ciudadana». 2. Desde esta sección elegir una de las cuatro formas de acceso para llegar a la solicitud: – – – – Certificado digital o DNI electrónico. Usuario y contraseña de la UVa (solo miembros de la comunidad universitaria). Sistema cl@ve Clave PIN / Permanente. RUS (Registro Unificado de Solicitantes). 3. Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Trámite». 4. Iniciar el procedimiento pulsando en «Pruebas selectivas de personal técnico de gestión y de administración y servicio funcionario y laboral». Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid - Carpeta ciudadana (oficina virtual) Trámites pendientes. Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además le permite: – Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud. – Anexar la documentación requerida a la solicitud. – El pago electrónico de la tarifa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta bancaria. 3.4 Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud: Convocatoria: – Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Concurso/oposición». – Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Elegir en el desplegable la categoría y especialidad a la que participa. – Turno de acceso: Indique el turno por el que participa con la letra «L» para el turno libre y con «D» para el turno de acceso para personas con discapacidad. – Discapacidad (casilla de verificación): Marcar por aquellos participantes que tengan la condición de personas con discapacidad. – Discapacidad (en caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma). Marcar por aquellos/as participantes que tengan la condición de personas con cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es 1.
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... respectivamente, deberán presentar la Resolución que acredite tal situación. d) Formulario de alegación de méritos para la fase de concurso, al que se tendrá acceso una vez iniciado el trámite de presentación de solicitudes. En este formulario no figurará la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45884 promesa de éste de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. – Las personas referidas en el apartado d), declaración de poseer el derecho de libre circulación de trabajadores en virtud de aplicación del correspondiente Tratado Internacional celebrados por la Unión Europea y ratificado por España (indicándose la fecha de su publicación en el diario oficial de la Unión Europea –DOUE–). – Las personas referidas en el apartado c), declaración de poseer la residencia legal en España, indicando la fecha de expedición del permiso y fecha de validez del mismo. Una vez finalizado el proceso selectivo, el contenido de esta declaración deberá ser acreditada mediante los correspondientes documentos oficiales, bajo copia auténtica, conforme con lo establecido en la base 10.1. b) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación, no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar en los lugares establecidos en la base 10.1, solicitud dirigida al Sr. Rector, a la que acompañarán copia auténtica del DNI o equivalente documento acreditativo de identidad y copia auténtica de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, indicando, asimismo, en la citada solicitud la referencia de la convocatoria y categoría y especialidad de las plazas convocadas a las que participa. La presentación de estas solicitudes tendrá lugar dentro del plazo de presentación de instancias al proceso selectivo, según se indica en la base 3.1 de la convocatoria. c) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación (Recuadro C) hayan alegado la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente, deberán presentar la Resolución que acredite tal situación. d) Formulario de alegación de méritos para la fase de concurso, al que se tendrá acceso una vez iniciado el trámite de presentación de solicitudes. En este formulario no figurará la puntuación. En este momento no se deberá adjuntar ninguna documentación justificativa. 3.12 En el caso de ser necesaria realizar una subsanación de la solicitud dentro del plazo establecido en la base 3.1, deberá formalizarse mediante modelo de «Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»). 4. Admisión de Aspirantes 4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres meses, el Sr. Rector de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo, en su caso, por cada turno de acceso y por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas. En esta Resolución, que será publicada en el BOCyL, figurarán las personas aspirantes excluidas con indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente no solo que no figuran recogidas en la correspondiente relación de personas excluidas sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas admitidas. cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es Núm. 100
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... en el artículo 28.5 de la LPACAP, y en aras a una mayor garantía del procedimiento en esta fase de concurso, para los méritos que no hayan de ser acreditados con documentos originales, la documentación justificativa deberá ser aportada mediante copia auténtica ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 d) Sec. II.B. Pág. 45888 Títulos académicos: hasta un máximo de 1,3 puntos. Por la posesión de titulación académica superior a la exigida en la base 2.1.3 para poder acceder a las plazas convocadas de las correspondientes categorías y especialidades, según el siguiente baremo: – Título de doctor: 1,3 puntos (Nivel 4 MECES). – Título de máster oficial: 1 punto (Nivel 3 MECES) Incluye Título de Máster universitario, Título de Máster en enseñanzas Artísticas y Título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades. Asimismo, se incluyen los anteriores títulos universitarios de Segundo Ciclo (Licenciados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Superiores u oficialmente equivalente). – Título de licenciado o título universitario de grado: 0,80 puntos (Nivel 2 MECES). Incluye Título de Graduado, título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos u oficialmente equivalente) y Título Superior de las Enseñanzas Artísticas Superiores. – Titulado en Ciclo de Formación Profesional de Grado superior: 0,5 puntos (Nivel 1 MECES). Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Deportivo Superior. En este apartado no computará más que el título de mayor grado de los que ostente y alegue cada aspirante (a excepción de la exigida para el ingreso en la Categoría que no podrá ser tenido en cuenta como mérito). El Tribunal efectuará la valoración atendiendo, exclusivamente, a las titulaciones alegadas por la persona interesada en el formulario de alegación de méritos, incluso cuando en el apartado de la titulación exigida figure alguna que pueda considerarse de rango superior. 5.2.3 Documentación acreditativa de los méritos: 5.2.3.1 Para que el Tribunal pueda valorar estos méritos será requisito necesario e imprescindible que las personas aspirantes aporten justificación documental acreditativa de todos y cada uno de estos méritos (certificaciones, títulos, diplomas, etc.), ya alegados anteriormente mediante el formulario de alegación de méritos, salvo aquellos que obren en poder de la UVa. A estos efectos, de conformidad en el artículo 28.5 de la LPACAP, y en aras a una mayor garantía del procedimiento en esta fase de concurso, para los méritos que no hayan de ser acreditados con documentos originales, la documentación justificativa deberá ser aportada mediante copia auténtica. Experiencia profesional. Para los servicios prestados en la Universidad de Valladolid será suficiente alegar esta circunstancia en el anexo III, no siendo necesario presentar justificación documental. En el caso del desempeño de puestos de trabajo similares a los correspondientes de las plazas convocadas, cuando estos puestos de trabajo hayan sido desempeñados en otras administraciones públicas de las comprendidas dentro del artículo 2.1 del TREBEP, este tiempo se acreditará mediante Certificación de la Unidad de Personal correspondiente, en el que se acreditarán los extremos referentes a tipo de contrato (en caso de tiempo parcial, porcentaje), fecha de inicio y fin de cada uno de ellos, así como el grupo laboral, las categorías profesionales de los puestos desempeñados y el índice de proporcionalidad de los mismos. b) Formación. Las actividades de formación y perfeccionamiento deberán acreditarse, en todo caso, mediante copia auténtica del diploma, certificación de asistencia y, en su caso, certificación de cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es a)
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... de diez días hábiles no presenten los documentos acreditativos no podrán ser objeto de valoración alguna en la fase de concurso. 5.3 Criterios generales de discriminación positiva. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45889 aprovechamiento, donde figure el número de horas realizadas. Solo se valorarán los cursos de formación a los que se acompañe un programa detallado del mismo. c) Titulaciones. Para la valoración de este mérito deberán presentarse, necesariamente, dos titulaciones: – La primera, referida a aquella que da acceso a las plazas convocadas. – La segunda, referida a aquella titulación superior a la anterior, la cual será objeto de valoración según los criterios establecidos en la base 5.2.1. Estas titulaciones deberán acreditarse mediante copia auténtica del correspondiente título. Para acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrán en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales. 5.2.3.2 Su presentación tendrá lugar en las oficinas de asistencia en materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP–, en el plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados/as de la Fase de Oposición a que hace referencia la base 9.2 y se adjuntarán precedidos de la carátula que aparece como anexo III de esta convocatoria y que sirve como identificativo de la documentación que cada aspirante entrega. 5.2.4 Aquellas personas aspirantes que en el plazo antes citado de diez días hábiles no presenten los documentos acreditativos no podrán ser objeto de valoración alguna en la fase de concurso. 5.3 Criterios generales de discriminación positiva. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. 6. Hojas de respuestas y corrección 7. Tribunales Calificadores 7.1 Los tribunales calificadores por cada una de las categorías y especialidades de las plazas convocadas, están formados por los miembros que figuran en el anexo II de estas bases y los mismos son nombrados en virtud de lo dispuesto en el artículo 194.1 y 4 de los EEUVA en relación con el artículo 19 del Convenio Colectivo y con sujeción a lo establecido en el artículo 60 del TREBEP. 7.2 En caso de empate, el voto del/de la Presidente/a tendrá carácter dirimente. El Sr. Rector, a propuesta del Tribunal efectuada por su Presidente/a, podrá designar, en su cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es En los impresos para la realización de pruebas escritas del proceso selectivo que no hayan de ser leídos ante Tribunales, sino corregidos directamente por éstos, no podrá constar ningún dato de identificación personal de la persona aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por los mismos. En el caso de advertirse algún dato identificativo durante el proceso de corrección de los ejercicios, quedará invalidado el ejercicio realizado por la persona aspirante.
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... por la carátula, debidamente cumplimentada, que figura como anexo III a esta Resolución. 9.3 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, cada Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 4.4, la relación, por cada turno de acceso, con la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45892 de los mismos. La publicación se efectuará en los lugares señalados en la base 4.4 y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación. Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos. 8.6 Para el caso de ejercicios en los que la prueba consista en responder a un cuestionario con respuestas alternativas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, desde el siguiente a la publicación por parte del respectivo Tribunal de las soluciones a las preguntas que formen parte del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para presentar reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado o las soluciones propuestas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el ejercicio. El Tribunal indicará, en su caso, en el correspondiente Acuerdo indicado en la base 9.1 por el que se declara la relación de personas aspirantes que han superado el ejercicio con sus correspondientes calificaciones, teniendo en cuenta las reclamaciones planteadas a las preguntas, soluciones o contenidos anulados o modificados por el Tribunal. La publicación referida en el párrafo anterior se hará pública en los lugares establecidos en la base 4.4. Igualmente, para el caso en el que el tipo de prueba no sea un cuestionario con respuestas alternativas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la realización del correspondiente ejercicio para presentar reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado. La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es, sección «Registro electrónico»), mediante el modelo de «Solicitud General». 8.7 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses, a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOCyL de la Resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. Las personas solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa. Listas de aprobados/as y valoración final 9.1 La relación de aspirantes, por cada turno de acceso, que hayan superado los correspondientes ejercicios de la Fase de Oposición se hará pública mediante Acuerdo del respectivo Tribunal en los lugares señalados en la base 4.4. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo. 9.2 Finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal respectivo hará público en los lugares señalados en la base 4.4, el Acuerdo con la lista de aspirantes, por cada turno de acceso, que han superado esta Fase, por el orden de puntuación total obtenida en la misma (suma de los diferentes ejercicios). En este Acuerdo, de conformidad con la base 5.2.3, se recordará a las personas aspirantes que hayan superado esta Fase que, en el plazo improrrogable de diez días, deberán presentar en la forma prevista en la citada base los documentos acreditativos de todos los méritos que presenten para su valoración por parte del respectivo Tribunal, precedidos por la carátula, debidamente cumplimentada, que figura como anexo III a esta Resolución. 9.3 Igualmente, una vez finalizada la fase de concurso, cada Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base 4.4, la relación, por cada turno de acceso, con la valoración provisional de méritos obtenida en esta fase por las personas aspirantes que superaron la Fase de Oposición, con indicación expresa de la calificación total y la obtenida en cada uno de los méritos objeto de valoración. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la valoración definitiva. Finalizado dicho plazo el cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es 9.
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... /s del grupo ____________, categoría y especialidad __________________________________________________________, presenta para su valoración en la Fase de Concurso del proceso selectivo los documentos que se relacionan a continuación : 1. SERVICIOS PRESTADOS EN ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 100 Miércoles 24 de abril de 2024 Sec. II.B. Pág. 45925 ANEXO III Don/Doña _____________________________________________________________, con DNI/Documento oficial de Identidad ______________________ aspirante a la/las plaza/s del grupo ____________, categoría y especialidad __________________________________________________________, presenta para su valoración en la Fase de Concurso del proceso selectivo los documentos que se relacionan a continuación : 1. SERVICIOS PRESTADOS EN PUESTOS IGUALES A LOS CORRESPONDIENTES A LAS PLAZAS CONVOCADAS, EN LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID: Sí (No es necesario presentar justificación documental) 2. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL DESEMPEÑO EN PUESTOS SIMILARES A LOS CORRESPONDIENTES DE LAS PLAZAS CONVOCADAS, EFECTUADO POR CUENTA AJENA EN OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS o EN LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID: Certificación de la correspondiente administración en la que se acredite el tipo de contrato, fecha de inicio y fin del mismo, así como Grupo laboral, Categoría y Especialidad, en su caso, e índice de proporcionalidad de cada puesto de trabajo desempeñado. Sí, en la UVa (No es necesario presentar justificación documental) 3. SERVICIOS PRESTADOS EN PUESTOS DE CATEGORÍA INFERIOR O SUPERIOR DE LA MISMA ESPECIALIDAD, EN LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID: Sí (No es necesario presentar justificación documental) 4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN O PERFECCIONAMIENTO RELACIONADOS A CONTINUACIÓN: Los empleados de la UVa podrán obtener en el “Portal del Empleado”, apartado “Formación”, el informe de cursos de formación o perfeccionamiento que figuran en el expediente, el cual se deberá adjuntar al presente documento. N.º DENOMINACIÓN TÍTULO/S O EQUIVALENCIA APORTA COPIA AUTÉNTICA SI/NO (*) Si el espacio fuera insuficiente, reseñar al dorso o en hoja aparte. 5. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE CERTIFICACIONES OFICIALES DE IDIOMAS: N.º DENOMINACIÓN IDIOMA/ NIVEL APORTA COPIA AUTÉNTICA SI/NO (*) 6. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL TITULO ACADÉMICO OFICIAL O EQUIVALENTE, QUE SE ALEGA PARA DAR CUMPLIMIENTO AL REQUISITO DE TITULACIÓN EXIGIDO ESTABLECIDO EN LA BASE 2.1.3 DE LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO A LAS PLAZAS: N.º DENOMINACIÓN TÍTULO/S O EQUIVALENCIA APORTA COPIA AUTÉNTICA SI/NO (*) 7. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS TITULACIONES ACADÉMICAS OFICIALES QUE SE ALEGAN COMO MÉRITO (SUPERIOR A LA EXIGIDA): DENOMINACIÓN TÍTULO/S APORTA COPIA AUTÉNTICA SI/NO (*) (Si el espacio fuera insuficiente, reseñar al dorso) (*) Copia “NO”: En el caso de que ya conste en su expediente personal de la UVa. En ________________________, a _____ de _____________ de 2_____ Firma del/de la interesado/a, SR./A. PRESIDENTE/A DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. SERVICIO DE GESTIÓN DE PTGAS. UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. cve: BOE-A-2024-8231 Verificable en https://www.boe.es N.º