Anuncio 2024/79-12 publicado el día 24-04-2024 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2024/79).

Autoridades y personal. . Resolución de 18 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz.


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... la bolsa de trabajo se realizará sumando la puntuación obtenida en la fase se oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá, en primer lugar, atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/6 7. Resultados. 7.1. Tras la realización de los ejercicios, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la relación provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo. 7.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo. 7.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo. La determinación del orden de prelación de las personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo se realizará sumando la puntuación obtenida en la fase se oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá, en primer lugar, atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición, en segundo lugar, a la mayor calificación en el primer ejercicio y, en tercer lugar, atendiendo al mayor número de titulaciones universitarias oficiales que se posea de las indicadas en la fase de concurso. Si persistiera empate, éste se resolverá mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público. 7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300534 6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo. 6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. 6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
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... las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá según lo ... Sector Público. 7. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 8. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/9 En caso de que la persona aspirante tenga varias de las titulaciones indicadas, sólo se valorará la titulación de mayor nivel de las mismas, sin perjuicio de los indicado en el apartado 7.3 de las bases. b) Nivel de formación en idioma inglés. Por poseer acreditación oficial del idioma inglés, según lo dispuesto en el Marco Común Europeo de Referencia (MCER): b1. Nivel B2 o Equivalente: 2 puntos. b2. Superior a nivel B2: 3 puntos. El Tribunal calificador puntuará sólo la acreditación de mayor nivel de las señaladas anteriormente. La puntuación máxima a alcanzar en la fase de concurso será de 5 puntos, que solo se sumará a la puntuación obtenida en la fase de oposición en caso de superar esta. C. Proceso selectivo La determinación de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en los ejercicios de la fase de oposición, de quienes hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá según lo indicado en la base 7.3. ANEXO II PROGRAMA 00300534 1. Tercer Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz. 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público. 4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 5. El presupuesto de la Universidad de Cádiz. Normas de ejecución del presupuesto de la Universidad de Cádiz. 6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 7. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 8. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Disposiciones generales. Recursos humanos dedicados a la investigación: Personal Investigador al servicio de las Universidades públicas, de los Organismos Públicos de Investigación y de los Organismos de investigación de otras Administraciones Públicas y especificidades aplicables al personal docente e investigador al servicio de las Universidades públicas. 9. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. 10. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz. Naturaleza, fines y estructura de la Universidad de Cádiz. Docencia e Investigación. Los estudiantes. Régimen jurídico y electoral. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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... , y a las bases de la presente convocatoria. 1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria. 1.4. El programa que ha de ...

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias UNIVERSIDADES Resolución de 18 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz. En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 89.3 de la citada Ley Orgánica del Sistema Universitario, y según lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, RESU ELVO Convocar proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, con sujeción a las bases que se acompañan. Cádiz, 18 de abril de 2024.- El Rector, por P.D., la Gerente, Mariví Martínez Sancho. 1. Normas generales. 1.1. Se convoca proceso selectivo para la ampliación de la bolsa de trabajo de la escala Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz. 1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, y a las bases de la presente convocatoria. 1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria. 1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria. 1.5. La duración máxima del proceso selectivo será de cuarenta y cinco días hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio. 1.6. Las personas aspirantes que superen el presente proceso selectivo se incorporarán a la bolsa de trabajo de la escala Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, siéndoles de aplicación la normativa de funcionamiento de las mismas prevista en Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300534 BASES DE LA CONVOCATORIA
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... para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección. La valoración de la fase de concurso se realizará a aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, teniéndose en cuenta los siguientes méritos: a ...

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/8 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I EJERCICIOS Y VALORACIÓN A. Fase de oposición La fase de oposición, de carácter eliminatorio, estará formada por dos ejercicios, que se celebrarán el mismo día. Primer ejercicio: Que consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa del Anexo II. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección: N = A − [E / (número de alternativas − 1] Siendo N el número de aciertos netos a considerar a efectos de establecer la calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y E el número de errores obtenidos en el ejercicio. El Tribunal queda facultado para establecer, con anterioridad a la identificación de las personas aspirantes, los criterios de valoración y el mínimo requerido para superar el ejercicio. Segundo ejercicio: De carácter práctico. Consistirá en la resolución de uno o dos supuestos prácticos, desglosados, cada uno de ellos, en un máximo de diez preguntas o cuestiones. A criterio del tribunal, este ejercicio se podrá realizar mediante ordenador sin conexión a internet, lo cual será anunciado con la antelación suficiente El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos. Los criterios generales de valoración del segundo ejercicio, en orden de mayor a menor importancia, son los siguientes: - Grado de conocimiento técnico de las materias propias del temario. - Capacidad de integración e interrelación en las respuestas a las cuestiones planteadas. - Capacidad de síntesis en las respuestas a las cuestiones planteadas. - Capacidad de expresión escrita. - Corrección ortográfica y gramatical. - Grado de calidad en la presentación formal del ejercicio. Los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener una puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos. Para superar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario, además de la superación de los dos ejercicios establecidos, obtener un mínimo de 10 puntos en dicha fase. El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos necesarios para el desarrollo de los mismos, así como de los criterios específicos de corrección. La valoración de la fase de concurso se realizará a aquellas personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, teniéndose en cuenta los siguientes méritos: a) Estar en posesión de la siguiente titulación académica oficial: a1. Licenciatura Universitaria, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 1 punto. a2. Máster Oficial: 1,5 puntos. a3. Doctorado: 2 puntos. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300534 B. Fase de concurso
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... de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose Depósito Legal: SE-410/1979 ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/2 el capítulo IX del Reglamento de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz. 3. Solicitudes. 3.1. De acuerdo con el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes de los procesos selectivos, la presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz: https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=445 La presentación electrónica de la solicitud requiere el uso del certificado digital. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón «Presentar», obteniéndose Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300534 2. Requisitos de participación. 2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 2.1.4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura técnica, Ingeniería técnica, Diplomatura universitaria o titulación equivalente. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario. 2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
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... supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición. c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán presentar junto con la solicitud, la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del área ...

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Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024 página 43584/3 entonces un recibo en el que figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entenderse que ha concluido los trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención del citado recibo. Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de la persona aspirante. 3.2. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación: a) Copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero, en vigor. b) Copia de la Titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación supletoria vigente o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición. c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán presentar junto con la solicitud, la relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/ así como la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de Personal. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 25 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-00494870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS AMPLIACION A2 AG + nombre de la persona aspirante». La falta de pago de la tasa por derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. 3.3. Las personas en desempleo y las personas con una discapacidad igual o superior al 33% quedarán eximidas del pago de los derechos de examen mediante justificación documental de dicha condición, aportando a la solicitud, vida laboral actualizada a fecha de periodo de solicitud o certificación de discapacidad respectivamente. 3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar. 3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300534 BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía