Anuncio BOE-A-2023-12425 publicado el día 29-05-2023 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2023-127).

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A1. Acuerdo de 18 de mayo de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria.


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... y por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para su cobertura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 607, 621.4 y 625 de la Ley Orgánica 6 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 127 Lunes 29 de mayo de 2023 Sec. II.B. Pág. 73153 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 12425 Acuerdo de 18 de mayo de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria. En el Servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial se encuentra próximo a quedar vacante y dotado presupuestariamente una jefatura de sección, cuyas características se describen en el anexo I. La provisión de este puesto se considera conveniente para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas al Servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria y por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para su cobertura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 607, 621.4 y 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. El concurso se regirá por las siguientes normas: Primera. Podrán tomar parte en el mismo los jueces y juezas magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión. Segunda. a) en el Registro General del propio Consejo, b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, c) en la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https:// registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico. cve: BOE-A-2023-12425 Verificable en https://www.boe.es Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este acuerdo, al excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar una relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de alguna de las siguientes maneras:
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... lo previsto en el artículo 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 127 Lunes 29 de mayo de 2023 Sec. II.B. Pág. 73154 Tercera. Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes. La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la preceptiva digitalización. En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser desagrupados antes de proceder a su digitalización, con independencia de que se presenten unidos mediante grapas, encuadernaciones o cualquier otro medio. Cuarta. Quienes presenten su candidatura al puesto podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal. Quinta. A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta. Sexta. La persona a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años. Asimismo, será declarada en situación de servicios especiales en su Administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 625 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo. Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Madrid, 18 de mayo de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P. S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas. cve: BOE-A-2023-12425 Verificable en https://www.boe.es Séptima.
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... OFICIAL DEL ESTADO Núm. 127 Lunes 29 de mayo de 2023 Sec. II.B. Pág. 73156 ANEXO II Solicitud de participación en el concurso para proveer un puesto de trabajo en el Consejo General del Poder Judicial Acuerdo de la Comisión Permanente de 18 de mayo de 2023 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 127 Lunes 29 de mayo de 2023 Sec. II.B. Pág. 73156 ANEXO II Solicitud de participación en el concurso para proveer un puesto de trabajo en el Consejo General del Poder Judicial Acuerdo de la Comisión Permanente de 18 de mayo de 2023 (BOE: ....................) DATOS PERSONALES PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO Fecha de nacimiento DNI Teléfono fijo NOMBRE Teléfono móvil Correo electrónico Domicilio (Calle, plaza y número) CP Domicilio (Nación, provincia, localidad) PUESTO QUE SE SOLICITA: Jefatura sección en el servicio del Promotor de la Acción Disciplinaria DATOS PROFESIONALES Carrera o cuerpo de pertenencia Destino Provincia Localidad En ....................................... a ........ de ................................ de 2023 Excmo. Sr. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. C/ Marqués de la Ensenada, 8. 28071. Madrid Los datos personales de los participantes en la convocatoria sólo se utilizarán para el fin para el que se recogen y serán tratados por este Organismo de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 106, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión y limitación del tratamiento ante el Consejo General del Poder Judicial, c/Marqués de la Ensenada, 8, 28004, Madrid, o a través del siguiente formulario http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Proteccion-de-Datos/Ejercicio-dederechos--formulario-/. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X cve: BOE-A-2023-12425 Verificable en https://www.boe.es (Firma)