Anuncio 02917/2023 publicado el día 29-05-2023 en Boletín Diputación Badajoz (100/2023).

Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso oposición, una plaza de Suboficial del Servicio de Bomberos


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... de la de las calificaciones obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún persistiese, la mayor ...

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Ayuntamiento de Badajoz Anuncio 2917/2023 6. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal Único hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo. 7. La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la de las calificaciones obtenidas por cada uno/a de los/as aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse todos los ejercicios que integran la convocatoria. Décima.- Resolución de la convocatoria. 1. Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación y remitirá al Órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas en la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de funcionario o funcionaria de carrera de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación. 2. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la convocatoria sin haber obtenido plaza, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el fin de atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como funcionarios interinos, en la categoría de la plaza convocada, que pudieran producirse en este Ayuntamiento, dejando sin efecto las bolsas de trabajo anteriores. Respecto al funcionamiento de las bolsas de trabajo se estará a lo regulado en el Acuerdo general de contratación del personal temporal 3. Las personas seleccionadas deberán registrar y dirigir al Servicio de Recursos del Ayuntamiento de Badajoz, dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria: a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. c) Fotocopia y original del título exigido en estas Bases, o certificación académica original que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo. d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública. e) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 9 de 15
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... de Badajoz Badajoz Anuncio 2917/2023 Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso oposición, una plaza de Suboficial del Servicio de Bomberos BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR CON CARÁCTER DE PERSONAL ...

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Ayuntamiento de Badajoz Anuncio 2917/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Badajoz Badajoz Anuncio 2917/2023 Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso oposición, una plaza de Suboficial del Servicio de Bomberos BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR CON CARÁCTER DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN, UNA PLAZA DE SUBOFICIAL, DEL SERVICIO DE BOMBEROS. Don Ignacio Gragera Barrera, Alcalde-Presidente de esta corporación, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo público correspondiente al 2022 publicada en el BOP número 146 con fecha de 2 de agosto de 2022, convoca pruebas selectivas para el acceso a una plaza de Suboficial de Operaciones del Servicio de Bomberos del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, con arreglo a las siguientes BASES Primera.- Objeto de la convocatoria. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Suboficial de Operaciones del Servicio de Bomberos, de la vigente relación de puestos de trabajo, pertenecientes al Grupo C, Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dotadas con los emolumentos correspondientes a dicho Grupo de conformidad con la vigente relación de puestos de trabajo. Segunda.- Publicidad. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado. Tercera.- Requisitos. Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación: a) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Grado Superior de Formación Profesional o equivalente. b) Acreditar una experiencia mínima, como funcionario o interino, de dos años, en puestos de estructura de un servicio de emergencias. Estos puestos podrán ser los siguientes o superiores en el organigrama correspondiente. I. Suboficial. II. Coordinador. III. Jefe de Sección o equivalente IV. Subinspectores. c) Disponer de una formación en prevención de riesgos laborales de al menos 300 horas. Esta formación deberá estar impartida por la una entidad acreditada por el Ministerio de Trabajo. Se podrá acreditar con formación de nivel intermedio o bien con formación de nivel superior en la especialidad de seguridad. El BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 15
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... de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición y sólo se ...

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Ayuntamiento de Badajoz Anuncio 2917/2023 9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo. Séptima.- Desarrollo de la convocatoria. Oposición: 1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios. Primer ejercicio: Consistirá en por escrito, en un tiempo a determinar por el Tribunal, a un cuestionario de noventa preguntas, con cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario indicado en el anexo adjunto. Se incluirá un mínimo de 15 preguntas relacionadas con los temas 5, 6 y 7 del temario incluido en el anexo I. Los cuestionarios que se propongan contendrán diez preguntas adicionales, de reserva, con cuatro opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta, relacionadas con el temario indicado en el anexo adjunto. Estas preguntas sustituirán por orden correlativo a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de los ejercicios. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en desarrollar por escrito un supuesto práctico, igual para todos los aspirantes. El supuesto práctico a realizar por los aspirantes será elegido por sorteo en presencia de los mismos, entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con las tareas propias del puesto al que se opta y por el tiempo que el Tribunal estime oportuno. Este supuesto práctico podrá consistir en: - Planteamiento de una situación concreta y desarrollo libre del opositor. - Planteamiento de una situación concreta y sobre esta situación el Tribunal podrá plantear preguntas tipo test o a desarrollar con respuestas cortas, siempre relacionadas con el planteamiento efectuado. En este ejercicio se valorarán fundamentalmente la capacidad para organizar y gestionar un determinado servicio de urgencia en bomberos, con conocimiento de los diferentes recursos a emplear, la sistemática en el planteamiento y protocolo de funciones, así como la formulación de conclusiones y adecuada interpretación de las normas que para el ejercicio le son aplicables. Tercer ejercicio: Consistirá en una entrevista personal con los aspirantes, que versará sobre la Memoria presentada. A este respecto, los aspirantes que aprueben el ejercicio segundo deberán presentar en el plazo de 5 días hábiles una memoria inédita, de una extensión máxima de veinte folios, en tamaño A-4, con letra Times New Roman 12 y con espaciado entre líneas 1,2 cm. sobre "Plan de Mantenimiento en un Servicio de Bomberos", y deberá versar sobre todas aquellas cuestiones relacionadas con una planificación preventiva y correctiva de los equipos que pueden existir en un Servicio de Bomberos Municipal (vehículos, maquinaria, sistemas, EPI, elementos, útiles, accesorios, etc.) 2. El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. Concurso: La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición y sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado ésta. La valoración de los méritos no supondrá más de un 40% de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 6 de 15
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... de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que hayan superado el mismo. Acreditación de méritos de la fase de concurso. Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del ...

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Ayuntamiento de Badajoz Anuncio 2917/2023 La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo: A.- Titulaciones. Hasta un máximo de 1 punto. No se puntuarán aquellas titulaciones necesarias, para la obtención de otra superior: - Título Oficial de Grado en: Ingeniería, Arquitectura, así como las Diplomaturas equivalentes: 0,75 puntos. - Título Oficial de Master en: Ingeniería, Arquitectura, así como las licenciaturas equivalentes: 0,9 puntos. - Título Oficial de Doctor en: Ingeniería, Arquitectura: 1 punto. B.- Experiencia profesional. Hasta un máximo de 2 puntos. No se tendrán en consideración en este apartado los periodos de tiempo computados como necesarios, para la justificación de algún requisito definido en el apartado 2.1.b. - Por cada mes de servicios prestados ocupando un puesto, como funcionario, interino o contratado, en un servicio de emergencia correspondiente al grupo C1 o superior en cualquier administración 0,05 puntos con un máximo de 1 punto. Este extremo deberá ser acreditado mediante una certificación emitida por la Administración donde haya prestado servicios. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Badajoz se certificarán de oficio. - Por el desempeño de forma transitoria o interina de plaza igual, o superior a la convocada (según apartado 2.1.b) 0,1 puntos por cada mes, hasta un máximo de 2 puntos. Este extremo deberá ser acreditado mediante una certificación emitida por el Servicio de Bomberos donde haya prestado servicios, lo cual se hará de oficio por el Servicio de Bomberos del Ayto. de Badajoz. C.- Cursos de formación y perfeccionamiento, hasta un máximo de 3 puntos. Por la asistencia a cursos de formación impartidos por las administraciones públicas u otros centros de formación de empleados públicos o correspondientes a programas de formación continua de funcionarios, así como cursos organizados por las Administraciones Públicas y Universidades. Igualmente serán objeto de valoración los cursos impartidos por Cámaras de Comercio, Escuelas o Colegios Oficiales, Organizaciones Sindicales o Empresariales y Centros y Academias de Formación siempre que se trate de actuaciones formativas o educativas homologadas para formación de empleados públicos o trabajadores en activo o derivados de Programas Plan FIP o análogos, así como los impartidos por Entidades de reconocido prestigio como Cepreven, APTB,NFPA, Centro Jovellanos, etc. (quedará a criterio del Tribunal que Entidades no nombradas se pueden considerar de reconocido prestigio), cuyos contenidos tengan relación directa con los contenidos a desarrollar en áreas de extinción y prevención de incendios, salvamento, seguridad, emergencias y protección Civil, de acuerdo con el siguiente baremo: Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas: 0,02 puntos por actividad. Se valorará 0,03 puntos cada crédito o fracción, de cada una de las demás actividades presentadas por el opositor. Se establece la equivalencia de 1 crédito = 10 horas. Aquellas actividades formativas que no especifiquen el número de horas se valorarán con 0,02 puntos. Para los cursos en modalidad no presencial, se establece una valoración igual que si fuera presencial. En el caso de cursos impartidos por el aspirante, se valorará con el doble de puntuación que la asistencia a cursos. La lista que contenga la valoración de los méritos aportados por los aspirantes se hará pública una vez celebrado el ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que hayan superado el mismo. Acreditación de méritos de la fase de concurso. Los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación de aprobados/ as en el último ejercicio de la fase de oposición para acreditar los méritos definidos en el apartado anterior. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 7 de 15
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... del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la base séptima. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www ...

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Ayuntamiento de Badajoz Anuncio 2917/2023 Octava.- Desarrollo del proceso selectivo. 1. Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tenga que participar. A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba. En cualquier caso, la situación del/de la aspirante quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no pudiendo demorarse éstos de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas provisionales de aspirantes que han superado el proceso selectivo. 2. En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad. 3. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado/a. Novena.- Calificación de los ejercicios 1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio siguiente el obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos decimales. 2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula Aciertos – (errores/3), siendo necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna. 3. La calificación del segundo ejercicio a desarrollar por escrito se calificará de 0 a 10 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para considerar aprobado el ejercicio. Será valorado por la media aritmética de las puntuaciones por los miembros del Tribunal con derecho a voto. En el supuesto de que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas éstas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. 4. El tercer ejercicio será valorado por la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a las distintas partes o preguntas del ejercicio por los miembros del Tribunal. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por defecto, de la media, serán eliminadas éstas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas. Para considerar aprobado el ejercicio será necesario obtener una puntuación de, al menos, 5 puntos. En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad técnica, así como la estructuración organizativa de la misma, la claridad en la exposición y la aportación personal del aspirante. 5. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma y con expresión de la puntuación obtenida. Simultáneamente, el Tribunal de Selección anunciará la apertura del plazo de 15 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la base séptima. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 8 de 15