Anuncio BOE-A-2023-7590 publicado el día 24-03-2023 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2023-71).

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.


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... deben efectuar las Consejerías y Secciones de Empleo y Seguridad Social, en la instrucción y resolución de las solicitudes de ayudas y subvenciones que se presentan en sus unidades, así como las que se presentan en las Áreas de Trabajo e Inmigración. 5 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 14 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Migraciones. S.G. Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno. Descripción del puesto Puesto MAP Localidad Madrid. Jefe/Jefa de Área de Subvenciones. 4787687. Cursos de formación Elaboración de las propuestas para el desarrollo de normativa relacionada con los Gestión económica y presupuestaria. programas de ayudas y subvenciones en materia de emigración y retorno. Gestión en el exterior. Coordinación de las actuaciones de los Servicios que gestionan los programas de Calidad de los procesos y mejora. ayudas y subvenciones de la Dirección General, realizando el seguimiento y control de las acciones necesarias para la resolución de las convocatorias anuales de las ayudas y las actuaciones relativas al control en la ejecución de los programas de subvenciones y tramitación de procedimientos de reintegro. Cometidos necesarios para el impulso coordinado de las actividades que por razón de competencia deben efectuar las Consejerías y Secciones de Empleo y Seguridad Social, en la instrucción y resolución de las solicitudes de ayudas y subvenciones que se presentan en sus unidades, así como las que se presentan en las Áreas de Trabajo e Inmigración. Asistencia técnico-jurídica y realización de informes jurídicos en materia de emigración y retorno. Sec. II.B. Pág. 44004 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1 28 18.264,96 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la elaboración de las propuestas para el desarrollo de normativa relacionada con los programas de ayudas y subvenciones en materia de emigración y retorno. 10 Experiencia en la coordinación de las actuaciones de los Servicios que gestionan los programas de ayudas y subvenciones de la Dirección General, realizando el seguimiento y control de las acciones necesarias para la resolución de las convocatorias anuales de las ayudas y las actuaciones relativas al control en la ejecución de los programas de subvenciones y tramitación de procedimientos de reintegro. 5 Experiencia en cometidos necesarios para el impulso coordinado de las actividades que por razón de competencia deben efectuar las Consejerías y Secciones de Empleo y Seguridad Social, en la instrucción y resolución de las solicitudes de ayudas y subvenciones que se presentan en sus unidades, así como las que se presentan en las Áreas de Trabajo e Inmigración. 5 Experiencia en la asistencia técnico-jurídica y realización de informes jurídicos en materia de emigración y retorno. 5 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... favor de los emigrantes retornados. 6 Experiencia en el control y seguimiento de las ayudas relativas a los programas de subvenciones, elaboración de resoluciones y preparación de los expedientes económicos para su tramitación. 5 Experiencia en la revisión ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 19 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Migraciones. S.G. Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno. Descripción del puesto Localidad Madrid. Puesto MAP Jefe/Jefa de Sección N24. 2765441. Cursos de formación Aplicación de la normativa de los programas de subvenciones a favor de los emigrantes Gestión de subvenciones. españoles y de las ayudas relativas a retornados. Programa de gestión de subvenciones y bases de datos. Tramitación, resolución y control de los expedientes de ayudas a favor de los Control de cuentas justificativas. emigrantes retornados. Control y seguimiento de las ayudas relativas a los programas de subvenciones, elaboración de resoluciones y preparación de los expedientes económicos para su tramitación. Revisión, seguimiento y control de cuentas justificativas de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento que la desarrolla. Preparación de informes de propuesta de resolución de recursos en materia de subvenciones. Sec. II.B. Pág. 44009 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 24 5.312,86 € EX21 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la aplicación de la normativa de los programas de subvenciones a favor de los emigrantes españoles y de las ayudas relativas a retornados. 8 Experiencia en la tramitación, resolución y control de los expedientes de ayudas a favor de los emigrantes retornados. 6 Experiencia en el control y seguimiento de las ayudas relativas a los programas de subvenciones, elaboración de resoluciones y preparación de los expedientes económicos para su tramitación. 5 Experiencia en la revisión, seguimiento y control de cuentas justificativas de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento que la desarrolla 3 Experiencia en la preparación de informes de propuesta de resolución de recursos en materia de subvenciones. 3 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... y de pago (documento RC, A, D, OK, situación de fondos, propuesta de pago, órdenes del tesoro) en expedientes de subvenciones en el exterior, así como la revisión de cuentas justificativas. Obtención de datos y elaboración de cuadros de seguimiento relativos a ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 17 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Migraciones. S.G. Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno. Descripción del puesto Gestión y resolución de expedientes relativos a subvenciones en aplicación de la normativa en materia de procedimiento administrativo y de subvenciones. Participación en la evaluación de solicitudes presentadas en las convocatorias de subvenciones gestionadas por la SG de Ciudadanía Española en el Exterior y Retorno. Seguimiento de la documentación contable y de pago (documento RC, A, D, OK, situación de fondos, propuesta de pago, órdenes del tesoro) en expedientes de subvenciones en el exterior, así como la revisión de cuentas justificativas. Obtención de datos y elaboración de cuadros de seguimiento relativos a subvenciones en Excel, Acrobat, Word y Outlook. Localidad Madrid. Puesto MAP Jefe/Jefa de Sección N24. 1945710. Cursos de formación Gestión de subvenciones. Transparencia en la gestión y control de subvenciones públicas. Protección de datos. Sec. II.B. Pág. 44007 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 24 5.312,86 € EX21 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la gestión y resolución de expedientes relativos a subvenciones en aplicación de la normativa en materia de procedimiento administrativo y de subvenciones. 11 Experiencia en la participación en la evaluación de solicitudes presentadas en las convocatorias de subvenciones. 9 Experiencia en el seguimiento de la documentación contable y de pago (documento RC, A, D, OK, situación de fondos, propuesta de pago, órdenes del tesoro) en expedientes de subvenciones en el exterior, así como la revisión de cuentas justificativas. 2 Experiencia en la obtención de datos y elaboración de cuadros de seguimiento relativos a subvenciones en Excel, Acrobat, Word y Outlook 3 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... y en la segunda los méritos específicos adecuados a las características del puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la segunda. La puntuación ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43983 La forma de presentación no telemática será admitida únicamente en los casos expresamente previstos en esta base. Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores. Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos: ANEXO III. Solicitud. ANEXO IV. Certificado de méritos generales. ANEXO V. Méritos específicos y cursos alegados por el candidato para cada uno de los puestos solicitados. ANEXO VI. Certificado de tareas (méritos específicos). Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que en ellos se contienen. El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de exclusión de la participación en el concurso. 2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él. 3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes. Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud y aportar una copia de la petición de la otra persona solicitante. No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias. Baremo de valoración. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo. La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles efectos retroactivos que se reconozcan en la misma. El presente concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales y en la segunda los méritos específicos adecuados a las características del puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de 15 puntos en la primera fase y de 10 puntos en la segunda. La puntuación de cada uno de los méritos enunciados a continuación no podrá exceder en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima total ni ser inferior al 10 por 100 de la misma. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Cuarta.
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... el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado. – Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43984 La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo: I. Primera fase: Méritos generales. 1. Valoración del grado personal consolidado. El grado personal consolidado como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa, se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma: – Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos. – Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos. – Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 6 puntos. – Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 4 puntos. En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria de carrera, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo. En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario o la funcionaria de carrera, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado. El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base Quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo correspondiente al certificado de méritos. 2. Valoración del trabajo desarrollado. – Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,417 puntos por mes trabajado. – Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado. – Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes trabajado. A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado: – Al personal funcionario de carrera cesado en puestos de libre designación, removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a su grado personal consolidado. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Por el desempeño de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa durante los últimos cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
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... . Justificación de proyectos. Tramitación de otras subvenciones de concesión directa y nominativas relacionadas con ... específicos Puntos Experiencia en la gestión de la convocatoria de ayudas de protección internacional, destinadas a los procesos de acogida y ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 36 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal. S.G. de Programas de Protección Internacional. Descripción del puesto Puesto MAP Localidad Madrid. Jefe/Jefa de Servicio. 4985602. Cursos de formación Gestión de la convocatoria de ayudas de protección internacional, destinadas a los Sistema de acogida en España. procesos de acogida y a la integración sociolaboral de los solicitantes de protección Gestión de proyectos. internacional en España. Justificación de proyectos. Tramitación de otras subvenciones de concesión directa y nominativas relacionadas con la protección internacional, así como en la elaboración y tramitación de los convenios que instrumentan dichas subvenciones. Tramitación de procedimientos de verificación y reintegro de subvenciones en el ámbito de la protección internacional. Uso la aplicación informática SIC3 INTECO, para la tramitación y consulta de modelos 069 de reintegro. Uso de la aplicación informática para la gestión del Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI). Sec. II.B. Pág. 44019 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 26 12.290,88 € EX21 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la gestión de la convocatoria de ayudas de protección internacional, destinadas a los procesos de acogida y a la integración sociolaboral de los solicitantes de protección internacional en España. 6 Experiencia en la tramitación de otras subvenciones de concesión directa y nominativas relacionadas con la protección internacional, así como en la elaboración y tramitación de los convenios que instrumentan dichas subvenciones. 6 Experiencia en la tramitación de procedimientos de verificación y reintegro de subvenciones en el ámbito de la protección internacional. 8 Experiencia en el uso de la aplicación informática SIC3 INTECO, para la tramitación y consulta de modelos 069 de reintegro o. 3 Experiencia en el uso de la aplicación informática para la gestión del Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI). 2 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... y revisión, seguimiento y control de cuentas justificativas de las subvenciones gestionadas por la unidad y; en su caso, procedimientos de ... resolución de los expedientes administrativos derivados de las ayudas correspondientes a los programas de actuación a ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 16 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Migraciones. S.G. Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno. Descripción del puesto Gestión, control y resolución de los expedientes administrativos derivados de las ayudas correspondientes a los programas de actuación a favor de la ciudadanía española en el exterior y retornados. Gestión de los expedientes económicos: revisión, control y seguimiento de la documentación contable y de pago (documento RC, A, D, OK, Situación de fondos, Propuesta de pago, Orden del Tesoro) y revisión, seguimiento y control de cuentas justificativas de las subvenciones gestionadas por la unidad y; en su caso, procedimientos de reintegro. Uso de SIC 3. Elaboración de informes sobre los recursos de reposición/contencioso administrativos interpuestos contra las resoluciones dictadas en referencia a los Programas citados y relaciones con los tribunales. manejo de la aplicación INSIDE. Elaboración de convocatorias de subvenciones que prioricen a entidades que promuevan la protección de víctimas españolas de violencia de género en el exterior y retornadas. Instrucción y valoración de solicitudes. Localidad Madrid. Puesto MAP Jefe/Jefa de Servicio. 5182007. Cursos de formación Transparencia en la Gestión y Control de Subvenciones Públicas. Prevención de Violencia contra la Mujer. Tramitación electrónica. Sec. II.B. Pág. 44006 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 26 12.290,88 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la gestión, control y resolución de los expedientes administrativos derivados de las ayudas correspondientes a los programas de actuación a favor de la ciudadanía española en el exterior y retornados. 9 Experiencia en la gestión de los expedientes económicos: revisión, control y seguimiento de la documentación contable y de pago (documento RC, A, D, OK, Situación de fondos, Propuesta de pago, Orden del Tesoro) y revisión, seguimiento y control de cuentas justificativas de las subvenciones gestionadas por la unidad y; en su caso, procedimientos de reintegro. Uso de SIC 3. 8 Experiencia en la elaboración de informes sobre los recursos de reposición/contencioso-administrativos interpuestos contra las resoluciones dictadas en referencia a los Programas citados y relaciones con los tribunales. manejo de la aplicación INSIDE. 3 Experiencia en la elaboración de convocatorias de subvenciones que prioricen a entidades que promuevan la protección de víctimas españolas de violencia de género en el exterior y retornadas. 3 Experiencia en la instrucción y valoración de solicitudes. 2 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43980 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 7590 Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43980 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 7590 Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de Estado de Función Pública, dispongo convocar concurso específico para cubrir las vacantes, dotadas presupuestariamente, que se relacionan en los anexos correspondientes de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases. Estas bases han sido negociadas en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, de materias específicas para personal funcionario del artículo 34.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella. Bases Participación. De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así como el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado. Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos. Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a Cuerpos o Escalas de determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR). cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Primera.
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... (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43982 agrupación familiar (art. 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio en dicha situación. 4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (arts. 87 y 89.4 del Estatuto Básico del Empleado Público) solo podrán participar si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. 5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder concursar. 6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la misma localidad. 7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre. 8. Las personas que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión. Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, ajustándose a los modelos publicados como anexos a esta Resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las instancias se presentarán través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base. En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida. Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, asimismo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio. Se incluyen en este concurso puestos de vigencia temporal, identificados en el anexo de puestos con la clave V.T. Estos puestos han sido creados al ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43981 Los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o Escalas. Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá a ese Departamento conceder la referida autorización. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio. Se incluyen en este concurso puestos de vigencia temporal, identificados en el anexo de puestos con la clave V.T. Estos puestos han sido creados al amparo de las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Una vez que finalice la vigencia de los mismos se adoptarán, con respecto a las personas que los ocupan, las medidas de provisión establecidas en el artículo 63 del Real Decreto de 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Se incluyen en este concurso puestos de vigencia temporal, identificados en el anexo de puestos con la clave V.T. Estos puestos han sido creados al amparo de las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Una vez que finalice la vigencia de los mismos se adoptarán, con respecto a las personas que los ocupan, las medidas de provisión establecidas en el artículo 63 del Real Decreto de 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Situaciones administrativas de las personas participantes. 1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo. 2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras Administraciones Públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto. 3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular (art. 89.2. del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Segunda.
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... de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43992 grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados, a tenor de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere oportuno, expertos en calidad de asesores, con voz, pero sin voto, de acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración. 2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente convocatoria. 3. Las puntuaciones otorgadas y la valoración final deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto. Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el concurso. 1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado. 2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento. 3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. Novena. Publicidad de la valoración de méritos. Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de valoración publicará en la página web del Departamento los listados provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación. Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se hubieran presentado alegaciones. 1. La convocatoria se resolverá por Resolución del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un plazo máximo de cuatro meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias. 2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Décima. Resolución del concurso.
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... efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43993 de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo. 3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida. La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio debidamente motivadas, hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento. Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Subsecretario del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas. Destinos adjudicados. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo, en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la Base Décima 3. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno. La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Undécima.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43994 resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala desde el que participan. La adjudicación de los puestos de trabajo incluidos en el ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43994 resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala desde el que participan. La adjudicación de los puestos de trabajo incluidos en el anexo de resultas estará condicionada a la obtención de algún otro puesto de los incluidos en el concurso por parte de las personas que los tienen reservados. Duodécima. Publicación de la resolución del concurso. La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados. En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación. Decimotercera. Recursos. Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Madrid, 14 de marzo de 2023.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
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... en materia de migración circular. 4 Experiencia en el análisis de la normativa de aplicación en materia de migraciones y subvenciones, estudio de las novedades legislativas, y emisión de informes técnicos en esas materias 4 A1 28 15.873,76 € Méritos ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 30 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Migraciones. S.G. de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios. Madrid. Descripción del puesto Coordinación de la gestión colectiva de procedimientos de selección y contratación en origen. Coordinación y gestión de las subvenciones de flujos migratorios para campañas agrícolas de temporada. Gestión de aplicaciones informáticas para el control de la migración circular y del registro de entrada y salida en España de los trabajadores contratados a través del programa GECCO. Coordinación con las dependencias y oficinas de extranjería en materia de migración circular. Análisis de la normativa de aplicación en materia de migraciones y subvenciones, estudio de las novedades legislativas, y emisión de informes técnicos en esas materias. 31 Dirección General de Migraciones. S.G. de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios. Descripción del puesto Coordinación de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. Elaboración de notas e informes sobre propuestas normativas, recursos administrativos y tramitación de procedimientos de extranjería. Coordinación de proyectos de mejora de la gestión en el ámbito de competencias, y en particular los relacionados con la sección de movilidad internacional de Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Comunicación con oficinas de habla inglesa en el exterior. Puesto MAP Localidad Jefe/Jefa de Área de (U. Grandes Empresas). 5031798. Sec. II.B. Pág. 44015 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1 28 18.264,96 € EX11 AE Cursos de formación Inmigración y extranjería. Aplicaciones FAMI, FSE e i3L. Excel. Madrid. Consejero Técnico/Consejera Técnica. 3951964. Cursos de formación Inmigración y extranjería. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y Ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Administración electrónica. Méritos específicos Puntos Experiencia en coordinación de la gestión colectiva de procedimientos de selección y contratación en origen. 7 Experiencia en la coordinación y gestión de las subvenciones de flujos migratorios para campañas agrícolas de temporada. 6 Experiencia en la gestión de aplicaciones informáticas para el control de la migración circular y del registro de entrada y salida en España de los trabajadores contratados a través del programa GECCO. 4 Experiencia en la coordinación con las dependencias y oficinas de extranjería en materia de migración circular. 4 Experiencia en el análisis de la normativa de aplicación en materia de migraciones y subvenciones, estudio de las novedades legislativas, y emisión de informes técnicos en esas materias 4 A1 28 15.873,76 € Méritos específicos EX21 AE Puntos Experiencia en la coordinación de unidades. 8 Experiencia en la elaboración de notas e informes sobre propuestas normativas, recursos administrativos y tramitación de procedimientos de extranjería. 8 Experiencia en la coordinación de proyectos de mejora de la gestión en el ámbito de competencias, y en particular los relacionados con la sección de movilidad internacional de Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. 5 Experiencia en comunicación con oficinas de habla inglesa en el exterior. 4 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... 4.843,44 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la tramitación de expedientes administrativos y tramitación y notificación de subvenciones. Uso de la aplicación GEISER. 6 Experiencia en el uso de la aplicación NOTIFIC@. 3 Experiencia en el ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 38 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal. S.G. de Programas de Protección Internacional. Localidad Madrid. Descripción del puesto Tramitación de expedientes administrativos y tramitación y notificación de Microsoft Outlook. subvenciones. Uso de la aplicación GEISER. Microsoft PowerPoint. Uso de la aplicación NOTIFIC@. Subvenciones. Uso de aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de información de carácter personal. Tramitación y gestión de notificaciones de Protección Internacional de usuarios pertenecientes. Uso del lenguaje de programación Visual Basic para aplicaciones (VBA). Ámbito II: Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones 1 Puesto MAP Jefe/Jefa de Sección N22. 4985623. Cursos de formación Sec. II.B. Pág. 44021 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A2C1 22 4.843,44 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la tramitación de expedientes administrativos y tramitación y notificación de subvenciones. Uso de la aplicación GEISER. 6 Experiencia en el uso de la aplicación NOTIFIC@. 3 Experiencia en el uso de aplicaciones informáticas relacionadas con la gestión de información de carácter personal. 3 Experiencia en la tramitación y gestión de notificaciones de Protección Internacional de usuarios pertenecientes. 8 Experiencia en el uso del lenguaje de programación Visual Basic para aplicaciones (VBA). 5 1 Ámbito: A los efectos del punto 1 de la base segunda. Los tres ámbitos son excluyentes: Ámbito I: Secretaría de Estado de Migraciones. Ámbito II: Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones. Ámbito III: Departamento. Plazas no pertenecientes a ninguno de los dos ámbitos anteriores. 2 Obs.: Observaciones. FC1: Puesto retribuido conforme D.A.2 párrafo 2 Real Decreto 950/2005. V.T: Vigencia temporal. Ver base primera. 3 AgrC Agrupación de cuerpos: EX11: Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de func. Admin. regulado art. 12.3 Est. Persno. Sani. S.S., excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología. EX21: Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de func. Admin. regulado art. 12.3 Est. Persno. Sani. S.S., excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología. 4 (Adm.) Agrupación de administraciones: AE: Administración del Estado. A6: Adscripción Indist. Func. Incluidos Ley 30/1984 y Miembros FFCC. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 26 11.554,48 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la tramitación subvenciones a entidades que gestionan plazas de acogida para migrantes en situación irregular llegados a costas españolas. 10 Experiencia en la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44048 ANEXO II A resultas Ámbito I: Secretaría de Estado de Migraciones1 86 Centro directivo Unidad Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración. S.G. de Emergencias y Centros de Migraciones. Descripción del puesto Tramitación subvenciones a entidades que gestionan plazas de acogida para migrantes en situación irregular llegados a costas españolas. Implantación nuevo procedimiento de acción concertada al programa de atención humanitaria. Gestión plazas de acogida del programa. Actualización, consulta informes y tramitación solicitudes en la aplicación SIRIA. Localidad Madrid. Puesto MAP Jefe/Jefa de Servicio de Programas para Refugiados. 2652289. Cursos de formación Ley General de Subvenciones. Contratación del Sector Público. Ley General Presupuestaria. Plan General Contable Adaptado a Entidades sin Fines Lucrativos. Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 26 11.554,48 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la tramitación subvenciones a entidades que gestionan plazas de acogida para migrantes en situación irregular llegados a costas españolas. 10 Experiencia en la implantación nuevo procedimiento de acción concertada al programa de atención humanitaria. 5 Experiencia en la gestión plazas de acogida del programa. 5 Experiencia en la actualización, consulta informes y tramitación solicitudes en la aplicación SIRIA 5 1 Ámbito: A los efectos del punto 1 de la base segunda. Los tres ámbitos son excluyentes: Ámbito I: Secretaría de Estado de Migraciones. Ámbito II: Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones. Ámbito III: Departamento. Plazas no pertenecientes a ninguno de los dos ámbitos anteriores. 2 Obs.: Observaciones. FC1: Puesto retribuido conforme D.A.2 párrafo 2 Real Decreto 950/2005. V.T: Vigencia temporal. Ver base primera. 3 AgrC Agrupación de cuerpos: EX11: Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de func. Admin. regulado art. 12.3 Est. Persno. Sani. S.S., excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología. EX21: Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de func. Admin. regulado art. 12.3 Est. Persno. Sani. S.S., excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología. 4 (Adm.) Agrupación de administraciones: AE: Administración del Estado. A6: Adscripción Indist. Func. Incluidos Ley 30/1984 y Miembros FFCC. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es N.º ord.
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... de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43991 6. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar los datos alegados por los interesados con los existentes en el Registro Central de Personal y solicitar las aclaraciones y la documentación adicional que estime necesaria para comprobar los méritos, requisitos o datos alegados, realizar una ajustada valoración y, consecuentemente, modificar la puntuación otorgada. En caso de discrepancia entre los datos aportados por la persona solicitante y los que constan en el Registro Central de Personal, prevalecerán los del Registro. 7. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, la Presidencia de la Comisión de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes. 8. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en cada caso. Por el contrario, se declararán desiertos cuando antes de la resolución de adjudicación se hubieran amortizado o modificado sus características funcionales, orgánicas o retributivas por acuerdo de la Comisión Interministerial de Retribuciones, salvo lo establecido en la Base Cuarta para la reclasificación del nivel de los puestos convocados. Séptima. Comisión de valoración. 1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros (a concretar por el órgano convocante): Asimismo, tiene derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente. El número de los representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración. En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción. Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que les sustituirán con voz y voto en caso de ausencia, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y, además, poseer cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Presidencia: el Subdirector General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios o persona en quien delegue. Vocales: un representante de cada uno de los siguientes centros directivos: Secretaría de Estado de Migraciones, Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusion Social de la Inmigración, Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal, Dirección General de Migraciones, Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Tesorería General Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y Subsecretaria de Inclusion, Seguridad Social y Migraciones, Secretaría General Técnica. Secretaría: un representante de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios.
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... . Sb.Gr. Nivel Cursos de formación Descripción del puesto Gestión y resolución de expedientes electrónicos de prestaciones y ayudas sociales públicas. Atención presencial y telefónica al público. Puesto MAP Localidad Jefe/Jefa de Servicio de Gestión de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44022 Ámbito II: Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones1 39 Centro directivo Unidad Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. S.G. de Gestión de Clases Pasivas. Madrid. Descripción del puesto Gestión de pensiones de jubilación/retiro de Clases Pasivas. Tramitación de expedientes electrónicos. 40 Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. S.G. de Gestión de Clases Pasivas. 41 Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. S.G. de Gestión de Clases Pasivas. PowerPoint 365. Situaciones administrativas del personal de las Fuerzas Armadas. La responsabilidad patrimonial del Estado. Madrid. 42 Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. S.G. de Gestión de Clases Pasivas. Descripción del puesto Gestión de prestaciones públicas. Información previa a la jubilación/retiro de Clases Pasivas. Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1 28 20.314,84 € EX11 AE Jefe/Jefa de Servicio de Gestión de Clases Pasivas. 1367466. Méritos específicos Puntos Experiencia en la gestión de pensiones de jubilación/retiro de Clases Pasivas. 18 Experiencia en la tramitación de expedientes electrónicos. 7 A1A2 26 Cursos de formación Microsoft Word. Servicios comunes de registro electrónico. Normativa y procedimientos de uso. Hoja de cálculo Excel Madrid. Descripción del puesto Gestión de prestaciones públicas en materia de Seguridad Social. Tramitación de expedientes electrónicos. Jefe/Jefa de Área. 2165538. Sb.Gr. Nivel Cursos de formación Descripción del puesto Gestión y resolución de expedientes electrónicos de prestaciones y ayudas sociales públicas. Atención presencial y telefónica al público. Puesto MAP Localidad Jefe/Jefa de Servicio de Gestión de Clases Pasivas. 1886680. Méritos específicos Madrid. Jefe/Jefa de Servicio de Gestión de Clases Pasivas. 3241184. Cursos de formación Situaciones administrativas del personal de las Fuerzas Armadas. Prestaciones de MUFACE. Procedimiento de revisión en vía administrativa. EX11 AE Puntos Experiencia en la gestión y resolución de expedientes electrónicos de prestaciones y ayudas sociales públicas. 12 Experiencia en funciones de atención presencial y telefónica al público. 13 A1A2 26 Cursos de formación Administración electrónica. Protección de datos y Función Pública. Ley de Procedimiento Administrativo. 12.843,04 € 12.843,04 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la gestión de prestaciones públicas en materia de Seguridad Social. 15 Experiencia en la tramitación de expedientes electrónicos. 10 A1A2 26 12.843,04 € Méritos específicos EX11 AE Puntos Experiencia en la gestión de prestaciones públicas. 12 Experiencia en información previa a la jubilación/retiro de Clases Pasivas. 13 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es N.º ord.
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... pagos de acción social en el ámbito del Departamento. Preparación de informes jurídicos sobre reclamaciones y recursos referentes a las ayudas de acción social y otras materias propias del puesto. Utilización de ISGFORM, SOROLLA, SIC3, CINCOnet, Docunet y RCP ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO N.º ord. 63 Viernes 24 de marzo de 2023 Centro directivo Unidad Instituto Nacional de la Seguridad Social. Puestos Adscritos a la Subsecretaría. Descripción del puesto Preparación de los planes de formación, así como de acción social del Departamento. Gestión y tramitación electrónica de expedientes relativos a los planes de Formación y Acción Social del Departamento. Gestión y tramitación de expedientes de contratación administrativa para cursos de formación y pagos de acción social en el ámbito del Departamento. Preparación de informes jurídicos sobre reclamaciones y recursos referentes a las ayudas de acción social y otras materias propias del puesto. Utilización de ISGFORM, SOROLLA, SIC3, CINCOnet, Docunet y RCP. Localidad Madrid. Puesto MAP Jefe/Jefa de Servicio. 4431526. Cursos de formación Gestión Económica-Administrativa de expedientes de gasto. Gestión del cambio. Manejo de la aplicación TEAMS. Sec. II.B. Pág. 44033 Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1A2 26 11.118,80 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia en la preparación de los planes de formación y acción social del Departamento. 6 Experiencia en la gestión y tramitación electrónica de expedientes relativos a los planes de Formación y Acción Social del Departamento 5 Experiencia en la gestión y tramitación de expedientes de contratación administrativa para cursos de formación y pagos de acción social en el ámbito del Departamento. 6 Experiencia en la preparación de informes jurídicos sobre reclamaciones a las ayudas de acción social y otras materias propias del puesto. 5 Conocimiento y utilización de las aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto (Sorolla, SIC3, Cinconet, Docunet, ISGFORM, etc). 3 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... AE Cursos de formación Especialización sobre el IV Convenio Único personal laboral AGE. Gestión de Personal. Gestión de Concursos de Traslado en SIGP. Madrid. Habilitado/Habilitada Cajero Pagador. 4985564. Cursos de formación Gestión de nómina estándar ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44035 Ámbito III: Departamento1 65 Centro directivo Unidad Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. S.G. de Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Localidad Madrid. Descripción del puesto Gestión del personal laboral: preparación de los procesos selectivos OEP, participación en órganos de Selección; formalización de contratos de trabajo fijos y temporales; concursos de traslados; reconocimiento de trienios, suspensiones de contrato, excedencias, reingresos, movilidades; jubilaciones ordinarias y parciales; elaboración de certificados de Servicios previos y prestados. Gestión de los puestos de la RPT del personal laboral a través de las aplicaciones SIGP, RCP, CECIR. Preparación y asistencia a las reuniones mensuales de la Subcomisión Paritaria del IV CU. 66 Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. S.G. de Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Descripción del puesto Elaboración y tramitación de la nómina de funcionarios y laborales, nómina de incidencias y nóminas «a favor de herederos». Control y seguimiento de las modificaciones mensuales de la nómina, modificación manual de transferencias y cheques como consecuencia de variaciones posteriores al proceso de pago y confección de distintas certificaciones de haberes. Realización declaración 190 Retenciones e ingresos a cuenta. Realización documentos contables Capítulo I. Puesto MAP Jefe/Jefa de Área. 5616964. Sb.Gr. Nivel Complemento (Obs.2) AgrC3 (Adm.4) A1 28 18.264,96 € EX11 AE Cursos de formación Especialización sobre el IV Convenio Único personal laboral AGE. Gestión de Personal. Gestión de Concursos de Traslado en SIGP. Madrid. Habilitado/Habilitada Cajero Pagador. 4985564. Cursos de formación Gestión de nómina estándar descentralizada (NEDAES) – (avanzado). Gestión de nóminas y seguridad social. Gestión de expedientes de gasto a través de la aplicación SOROLLA2. Méritos específicos Puntos Experiencia y/o conocimiento en tareas similares a las de la función primera: gestión del personal laboral. 15 Experiencia en gestión de los puestos de la RPT del personal laboral a través de las aplicaciones SIGP, RCP, CECIR. 5 Experiencia en preparación y asistencia a las reuniones mensuales de la Subcomisión Paritaria del IV CU. 5 A2C1 22 5.991,02 € EX11 AE Méritos específicos Puntos Experiencia y/o conocimientos en la elaboración y tramitación de la nómina del personal laboral, nóminas de incidencias y nóminas «a favor de herederos». 10 Experiencia y/o conocimientos en el control y seguimiento de las modificaciones mensuales de la nómina, modificación manual de transferencias y cheques como consecuencia de variaciones posteriores al proceso del pago y en la confección de distintas certificaciones de haberes. 10 Experiencia y/o conocimientos en la presentación de la declaración informativa 190 ante la AEAT y las Haciendas Forales. 2 Experiencia y/o conocimientos en la gestión de documentos contables mediante la aplicación Sorolla2. 3 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es N.º ord.
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... Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44051 ANEXO III Solicitud de participación Solicitud de participación en el concurso, para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones convocado por Resolución ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44051 ANEXO III Solicitud de participación Solicitud de participación en el concurso, para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones convocado por Resolución ................……………………………... («Boletín Oficial del Estado» de fecha ……………………………). I. DATOS PERSONALES Primer apellido: ...................................................................... .... Segundo apellido: Nombre: ............................................................................ .................................. DNI: Domicilio (calle o plaza y número): Código Postal: ......................................... ............................................................................................................... .................................. Localidad: ......................................... Provincia: Correo electrónico de contacto OBLIGATORIO Teléfono de ............................. ............................................................................ contacto: .................................. II. SITUACIÓN Y DESTINO Cuerpo o Escala desde la que concursa: NRP: Grupo: ...................................................................................................................................... ...................................... .............. Situación Administrativa actual: ☐ Activo ☐ Servicio en otras AAPP ☐ Otras: ............................................................................ Fecha toma posesión puesto actual: ...................... El destino actual del funcionario o funcionaria en servicio lo ocupa: ☐ En propiedad ☐ En adscripción provisional ☐ En Comisión de Servicios Denominación del puesto que desempeña: Nivel: ............................................................................................................................................................................... .............. Ministerio, Organismo o Autonomía: .............................................................................................................. Localidad: Provincia: ...................................... .................................. Solicita condicionar por razones de convivencia familiar: ☐ Sí ☐ No Solicita adaptación puesto por discapacidad: ☐ Apellidos, nombre y DNI del condicionante (Base tercera 3.3): Sí ☐ No ................................................................................................................. Alega los siguientes supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (Base cuarta I.1.5): Solicita de valoración del destino previo Solicita de valoración por el cuidado de del o de la cónyuge ☐ Sí ☐ No hijos o hijas ☐ Sí ☐ No Solicita de valoración por el cuidado de familiar ☐ Sí ☐ No III. PUESTOS SOLICITADOS Ord. Pref. N.º Orden Denominación del puesto de trabajo Nivel Localidad (Localidad, fecha y firma) SR. SUBSECRETARIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES (SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS E INSPECCIÓN DE SERVICIOS) - MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Calle José Abascal, 39. 28071 MADRID DIR3: EA0042489 cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es En ........................, a ......... de ............................. de 2023
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... Denominación del puesto Nivel del puesto Ud. de destino 3.3 TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL NIVEL DESDE EL QUE SE CONCURSA: Años, Meses, Fecha de toma de posesión Forma de ocupación Municipio Días. 4. MÉRITOS 4.1 PUESTOS DESEMPEÑADOS EXCLUIDO EL DESTINO ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44052 ANEXO IV Certificado de Méritos Don/D.ª ........................................................................................................................................................................................................................................... Cargo .............................................................................................................................................................................................................................................. Ministerio u Organismo ................................................................................................................................................................................................................ Certifica que el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes extremos: 1. DATOS DEL FUNCIONARIO DNI: ............................................................................................. Apellidos y nombre: ............................................................................................................... Cuerpo o Escala (1): ................................................................................................. Grupo/Subgrupo: ......................... NRP: ............................................. Grado Consolidado (2): ............................................ Fecha Consolidación: .......................................................................................................................... Fecha de Boletín Oficial: ............................................................. Orden P.S.: ............................... Fecha Nombramiento: ............................................... Antigüedad (basada en trienios) ............. .... Años ................., Meses ................ Días, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Admón. a la que pertenece (3) .......... . Titulaciones (4) ......................................................................................................................................................... 2. SITUACIÓN ADMINISTRATIVA ........................................................................................................................................................................................................................................................ 3. DESTINO 3.1 DESTINO DEFINITIVO Denominación del puesto Nivel del puesto Ud. de destino Fecha de toma de posesión Municipio 3.2 DESTINO PROVISIONAL Denominación del puesto Nivel del puesto Ud. de destino 3.3 TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL NIVEL DESDE EL QUE SE CONCURSA: Años, Meses, Fecha de toma de posesión Forma de ocupación Municipio Días. 4. MÉRITOS 4.1 PUESTOS DESEMPEÑADOS EXCLUIDO EL DESTINO ACTUAL Denominación del puesto Unidad asimilada C. Directivo Nivel Desde Hasta A M D 4.2 CURSOS (5) Denominación del curso Centro que lo impartió N.º Horas Año Imp./Rec. 4.3 ANTIGÜEDAD: Tiempo de servicios reconocidos. Cuerpo o Escala Concurso convocado por ..................................................................... OBSERVACIONES AL DORSO ☐ SI ☐ NO Gr /Sb Años Meses Días Boletín Oficial ................................................................................................................. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Admón.
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... ANEXO VI Certificado de tareas RELLENAR UTILIZANDO LOS FORMULARIOS EN WORD PUBLICADOS EN LA WEB DEL CONCURSO D./ D.ª........................................................................................................................., en calidad de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44055 ANEXO VI Certificado de tareas RELLENAR UTILIZANDO LOS FORMULARIOS EN WORD PUBLICADOS EN LA WEB DEL CONCURSO D./ D.ª........................................................................................................................., en calidad de ............................................................................................................, certifica que: D./D.ª................................................................................................................................. con DNI ................................, ha estado realizando las siguientes funciones: *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. Conforme a esto, certifica que acredita experiencia/conocimiento en: *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *.............................................................................................................................. *......................................................................................................................................... Durante el siguiente periodo: Desde: Hasta: A efectos de valoración en el concurso: ........................................................................................................................................... ........................................................................................................................................... cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es En ………… a ………de …………….. de 2023 Fd.º https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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... se valorarán, como máximo con 10 puntos, que supone el 10 % del total de la puntuación de los méritos valorados en el concurso. 5.1 Destino previo del cónyuge funcionario de carrera o de la cónyuge funcionaria de carrera. Cuando el cónyuge funcionario o la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43986 Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los tuviera reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y siempre que estén certificados en el anexo correspondiente al certificado de méritos. La antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su valoración. No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. 5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Para la valoración de estos méritos se atenderá a los siguientes criterios: Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración cuando el funcionario o funcionaria se encuentre en situación de servicio activo o en una situación que conlleve la reserva del puesto de trabajo o de localidad, en el Cuerpo o Escala desde el que participa, y lo haya indicado expresamente en la solicitud de participación. Solamente se otorgará puntuación por este mérito en el caso de que el puesto solicitado sea de nivel igual o inferior al desempeñado por el funcionario o al que, en su caso, tenga reservado. A efectos de valoración de los supuestos contemplados en este apartado no se otorgará puntuación en aquellos casos en los que la persona participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde residan los menores o familiares objeto de cuidado, o de destino definitivo del cónyuge. Será necesario que la persona participante resida en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. Los supuestos relativos a esta materia se valorarán, como máximo con 10 puntos, que supone el 10 % del total de la puntuación de los méritos valorados en el concurso. 5.1 Destino previo del cónyuge funcionario de carrera o de la cónyuge funcionaria de carrera. Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido destino definitivo mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos de la siguiente forma: – Si han transcurrido 2 o más años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 5 puntos. – Si han transcurrido menos de 2 años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 2 puntos. En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de éste. Cuidado de hijos e hijas o de familiares: a) Cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o la hija cumpla doce años, incluido, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es 5.2
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... 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Quinta. Sec. II.B. Pág. 43988 Acreditación de los méritos. La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa. Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta ley orgánica. De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley. 1. Acreditación de los méritos generales. a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios y funcionarias destinados en servicios centrales. b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios y funcionarias destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, con excepción de los destinados en las Direcciones Provinciales de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes o en las Intervenciones Delegadas Territoriales y Unidades Territoriales de Control Financiero de la Seguridad Social, en cuyo caso la certificación corresponde a los Directores Provinciales. c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias destinados en Madrid. en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios y funcionarias estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa. d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas. e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo. f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Los méritos generales se acreditarán en el certificado de méritos, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:
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... en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso. Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. La documentación a aportar ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43989 h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma. i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros. En el certificado de méritos generales la persona responsable de la emisión del mismo deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso. Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. La documentación a aportar, que deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente: a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente documentación: – Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial. – Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo. – Documentación acreditativa de que tanto el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación como su cónyuge, se encuentran residiendo en el mismo municipio en el que están ubicados sus respectivos puestos de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento. b) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación: – Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo. – Para los supuestos contemplados en el apartado 1.5.2.a) de la Base Cuarta, certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los menores. – Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización. – Para el supuesto contemplado en el apartado 1.5.2.a) 3. de la Base Cuarta, documentación acreditativa de que el puesto solicitado permite una mejor atención del menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede. – Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento. – Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia. – Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia libro de cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Núm. 71
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... por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas. 3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 43990 familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar. c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán aportar la siguiente documentación: – Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad. – Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad, expedido por la Administración Pública competente en la materia, en el que conste la necesidad de la asistencia de una tercera persona. En su defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera persona. – Certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente. – Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena – Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna. – Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento. Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la solicitud de participación en el plazo de los quince días hábiles establecidos al efecto. La documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta. 2. Acreditación de los Méritos específicos. El Certificado para la valoración de los Méritos Específicos, habrá de ser expedido en el modelo que se adjunta a esta convocatoria por la persona responsable o titular de la Unidad administrativa en la que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican, debiendo aparecer reflejado en el mismo el cargo de la persona que lo expide. 1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por las personas solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas. 3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases. 4. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento. 5. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es Sexta. Consideraciones sobre la valoración de los méritos.
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... aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso. (6) Este espacio o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica. cve: BOE-A-2023 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44053 Observaciones (6) 4.1 PUESTOS desempeñados excluido el destino actual Denominación del puesto Unidad asimilada C. Directivo Nivel Desde Hasta A M D 4.2 CURSOS Denominación del curso Centro que lo impartió N.º Horas Año Imp./Rec. INSTRUCCIONES (1) En el caso de que la persona participante tenga la condición de personal funcionario de la Administración General del Estado y se encuentre destinada o tenga puesto reservado en otra Administración Pública habiendo sido integrada con carácter forzoso en un Cuerpo propio de esa Administración, si participa desde ese Cuerpo, el Certificado se deberá expedir con arreglo a la denominación del Cuerpo de la Administración General del Estado, consignándose en el apartado de “observaciones” la denominación del Cuerpo en el que ha sido integrada. (2) De hallarse el reconocimiento del grado de tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el órgano competente. (3) Especifique la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala, utilizando las siguientes reglas: C - Administración del Estado A - Autonómica L - Local S - Seguridad Social (4) Sólo cuando consten en el expediente, en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación correspondiente. (5) Se deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso. (6) Este espacio o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es OBSERVACIONES INCLUIDAS
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... Relación de méritos específicos y cursos alegados RELLENAR UTILIZANDO LOS FORMULARIOS EN WORD PUBLICADOS EN LA WEB DEL CONCURSO PUESTOS SOLICITADOS ORDEN N.º DE PREF. ORDEN* MERITOS ESPECÍFICOS Y CURSOS ALEGADOS POR PUESTO MÉRITOS ESPECÍFICOS ALEGADOS PARA ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 71 Viernes 24 de marzo de 2023 Sec. II.B. Pág. 44054 ANEXO V Relación de méritos específicos y cursos alegados RELLENAR UTILIZANDO LOS FORMULARIOS EN WORD PUBLICADOS EN LA WEB DEL CONCURSO PUESTOS SOLICITADOS ORDEN N.º DE PREF. ORDEN* MERITOS ESPECÍFICOS Y CURSOS ALEGADOS POR PUESTO MÉRITOS ESPECÍFICOS ALEGADOS PARA EL PUESTO CURSOS ALEGADOS PARA EL PUESTO: Título del curso Fecha de realización: Número de ☐Recibido horas ☐Impartido ☐Recibido ☐Impartido ☐Recibido ☐Impartido ☐Recibido ☐Impartido ☐Recibido ☐Impartido ☐Recibido ☐Impartido ………………, a ……… de ……………………... de 2023 (Lugar, fecha y firma) Utilizar tantos anexos como sean necesarios. cve: BOE-A-2023-7590 Verificable en https://www.boe.es *Cuando los puestos solicitados coincidan en las características, méritos específicos y cursos a valorar sólo será necesario un único Anexo IV indicando los números de orden de convocatoria pertinentes .