Anuncio 2023060874 publicado el día 24-03-2023 en Diario Oficial de Extremadura (58/2023).

Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón, (ADESVAL)" para la aplicación del Enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.


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... UE) n.º 1305/2013; todo ello de acuerdo con lo establecido por las bases reguladoras por las que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el Periodo de Programación de Desarrollo Rural 2014-2020. Segundo. El ...

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NÚMERO 58 Viernes 24 de marzo de 2023 18055 nes de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013; todo ello de acuerdo con lo establecido por las bases reguladoras por las que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el Periodo de Programación de Desarrollo Rural 2014-2020. Segundo. El Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 fue aprobado el 18 de noviembre de 2015 mediante la Decisión de la Comisión C(2015) 8193 final, modificada por la Decisión de la Comisión C (2017) 5421 final. Dicho programa contempla la medida 19 Apoyo para el desarrollo local de LEADER cuya finalidad es la aplicación de estrategias innovadoras mediante el método LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales. La implementación de las estrategias de acción local y otras acciones de los GAL refuerzan la coherencia territorial y las sinergias entre medidas para el desarrollo de la economía y de la sociedad. Tercero. Que el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la aplicación de la medida 19 mediante la metodología LEADER, a través de la puesta en marcha de las actuaciones comarcales promovidas por los GAL y previstas en su EDLP. Cuarto. Que el GAL “Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón” fue seleccionado mediante Resolución de 23 de septiembre de 2016. Quinto. Que en la Resolución de selección del GAL se establece que las relaciones entre el GAL y la Administración Autonómica se establecerán mediante convenio, en el que así mismo se reflejará, entre otros aspectos, los procedimientos y normas aplicables para la utilización, control y seguimiento del proceso de actuación, así como las facultades y autorizaciones para dictar normas de desarrollo de los mismos para la ejecución del programa de desarrollo comarcal seleccionado. Sexto. El Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, designa y establece la organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este Decreto determina que la Autoridad de Gestión será responsable de la gestión y aplicación eficiente, eficaz y correcta del programa. Sus funciones vienen establecidas en el artículo 66 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
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... 64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada ...

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NÚMERO 58 Viernes 24 de marzo de 2023 18056 (FEADER). El Organismo de Certificación es la Intervención General de la Junta de Extremadura con el alcance y las competencias previstas en el artículo 9.1 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo. Por la presente Adenda se modifica el Convenio de 25 de noviembre de 2016 conforme a la cláusula decimoséptima. Modificación del convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016 entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local ““Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón” que indica: “El presente Convenio, podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, en función del desarrollo efectivo del programa de desarrollo rural, mediante la suscripción del oportuno Acuerdo de Modificación, que deberá ser suscrito antes de la finalización del plazo de duración; e igualmente por la aplicación de las normas de desarrollo del PDR 2014-2020. Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación del programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de la misma al Comité de Seguimiento del PDR de Extremadura 2014-2020. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de retraso en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto 64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento. En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”. Séptimo. En la anterior modificación del PDR, se estableció un sistema de seguimiento de todos los GAL consistente en determinar que a 31/12/2020 se debía haber comprometido
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... . Se modifica la cláusula segunda del Convenio, quedando redactada como sigue: Segunda. Dotaciones financieras. “El importe de la subvención de fondos comunitarios (FEADER) concedida para la ejecución del programa comarcal asciende a la cantidad de 5.029.249 ...

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NÚMERO 58 Viernes 24 de marzo de 2023 18058 mente y a nivel de pagos del 50%, tendrán una primera asignación de fondos públicos proporcional al 100 % del porcentaje de reparto inicial de su estrategia sobre el total de fondos de la medida 19 del PDR 2014-2020. Se considera cumplido este hito si la desviación es igual o inferior al 15 %. 2. L  as Estrategias que a 30 de junio de 2022 sólo alcancen uno de los dos hitos que aparecen en el apartado anterior, tendrán una asignación de fondos públicos correspondiente a un 70 % del porcentaje de reparto inicial de su estrategia. Se considera cumplido este hito si la desviación de la ejecución sobre el objetivo es igual o inferior al 15 %. 3. L  as Estrategias que a 30 de junio de 2022 no alcancen ninguno de los dos hitos que aparecen en el apartado anterior, tendrán una asignación de fondos públicos correspondiente a un 40 % del porcentaje de reparto inicial de su estrategia. Se considera cumplido este hito si la desviación de la ejecución sobre el objetivo es igual o inferior al 15 %. Por tanto, para los GAL que han pasado del 70 % al 100 % y los que han pasado del 40 % al 70 %, se les han asignado fondos adicionales por haber mejorado de forma notable el grado de ejecución de sus estrategias, motivo por el cual se les deben asignar fondos adicionales para que puedan implementar sus estrategias. Como este GAL ha superado los dos hitos comentados, tendrá una asignación de fondos públicos correspondiente al 100 % del porcentaje de reparto inicial de su estrategia que asciende a 1.739.666,55 €. Como en la Adenda del año 2021 se le asignaron 1.217.766,58 €, este año, tras la nueva revisión, le corresponden 521.899,96 €, sin perjuicio de que una vez que varíe el ritmo de ejecución se vuelva a valorar el estado de ejecución y, si fuese necesario, se haga una reprogramación en el sentido que corresponda, una vez analizados los datos de ejecución y las previsiones de gastos para la parte restante del periodo de programación 2014-2020. De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente ADENDA, cuyo contenido se plasma en las siguientes, CLÁUSULAS Primera. Se modifica la cláusula segunda del Convenio, quedando redactada como sigue: Segunda. Dotaciones financieras. “El importe de la subvención de fondos comunitarios (FEADER) concedida para la ejecución del programa comarcal asciende a la cantidad de 5.029.249,66 euros.
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... 19.1 Ayuda Preparatoria está regulada por : DECRETO 26/2016, DE 8 DE MARZO QUE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A LAS ORGANIZACIONES CANDIDATAS PRESELECCIONADAS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL DE EXTREMADURA, PARA LA PREPARACIÓN DE SUS ...

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5.422.133,24 1.305.533,31 1.355.533,31 326.383,33 6.777.666,55 1.631.916,64 88.667,00 4.807.082,91 250.000,00 TOTAL PÚBLICO 1.511.528,00 1.511.528,00 GASTO PRIVADO 8.289.194,55 1.631.916,64 88.667,00 6.318.610,91 250.000,00 COSTE TOTAL 1 Viernes 24 de marzo de 2023 La submedida 19.1 Ayuda Preparatoria está regulada por : DECRETO 26/2016, DE 8 DE MARZO QUE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS A LAS ORGANIZACIONES CANDIDATAS PRESELECCIONADAS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL DE EXTREMADURA, PARA LA PREPARACIÓN DE SUS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO. TOTAL 19,4 Ayuda para los costes de explotación y animación 17.733,40 19,3 Preparación y Realización de las actividades de cooperación del GAL 70.933,60 961.416,58 19,2 Ayuda para la realización de operaciones conforme a 3.845.666,33 la estrategia de DLP ADMINISTRACIONES NACIONALES (20%) 50.000,00 FEADER (80%) 200.000,00 19,1 Ayuda Preparatoria1 MEDIDAS Grupo de Acción Local: Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón (ADESVAL) ENFOQUE LEADER. Plan Financiero por medidas y fuentes de cofinanciación PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE EXTREMADURA FEADER 2014 - 2020 PLAN FINANCIERO POR MEDIDAS Y FUENTES DE COFINANCIACIÓN ANEXO I NÚMERO 58 18061