Anuncio BOCM-20230201-21 publicado el día 01-02-2023 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20230201-27).

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE Convocatoria puesto –  Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional


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... como Jefe de Servicio en la especialidad que se convoca: 12,5 puntos. 3.1.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que se convoca: 10 ...

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B.O.C.M. Núm. 27 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 10 puntos. 2.3. Facultativos que hayan obtenido el Título de la especialidad a través de cualquier otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos. (Estos apartados son excluyentes entre sí). 3. Experiencia profesional (máx. 53 puntos): 3.1. Actividad asistencial (máx. 43 puntos): 3.1.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio en la especialidad que se convoca: 15 puntos. 3.1.2. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio en la especialidad que se convoca: 12,5 puntos. 3.1.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que se convoca: 10 puntos. 3.1.4. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que se convoca: 8,5 puntos. 3.1.5. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en la categoría de Médico Adjunto/FEA en la especialidad que se convoca: 7,5 puntos. 3.1.6. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en la categoría de Médico Adjunto/FEA en la especialidad que se convoca: 5 puntos. De los distintos subepígrafes “3.1.1 a 3.1.6”, sólo se valorará el de máxima puntuación entre ellos. 3.1.7. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública. a) Con nombramiento por concurso o por Libre Designación de Jefe de Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa: 0,3 puntos. b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa: 0,2 puntos. 3.1.8. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985 (“Boletín Oficial del Estado” de 20 de febrero de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,05 puntos. 3.1.9. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad a la que se concursa en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos. 3.1.10. Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la que se concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con programa acreditado para la docencia de postgraduados por el departamento ministerial competente: 0,05 puntos. 3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos. 3.1.12. Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o no Sanitario: 0,015 puntos. Los períodos valorables por cada uno de estos apartados no podrán ser nunca coincidentes en el tiempo. 3.2. Participación en Comisiones Clínicas (máx. 5 puntos): 3.2.1. Por participación en Comisiones Clínicas constituidas al amparo del Real Decreto 521/1987 de 15 de abril, como miembro designado, por cada año completo de actividad, con un mínimo de asistencia documentada de cuatro reuniones al año, valorándose como máximo, la participación simultánea en dos comisiones: 0,25 puntos. 3.3. Actividad docente (máx. 5 puntos): 3.3.1. Por impartir docencia a postgraduados en centros acreditados para la docencia, hasta un máximo de 2 puntos. Por cada año: 0,2 puntos. Pág. 149 BOCM-20230201-21 BOCM
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... cada participación, como investigador, en proyectos de investigación subvencionados por Instituciones Públicas, hasta un máximo de 3 ... directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa o la Gestión Sanitaria, de acuerdo con los siguientes ...

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Pág. 150 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 27 3.3.2. Por impartir docencia a pregraduados en Hospitales Universitarios, hasta un máximo de 2 puntos. Por cada año: — Profesor titular: 0,3 puntos. — Profesor asociado: 0,2 puntos. — Profesor honorario: 0,1 puntos. 3.3.3. Por ejercer la tutoría de la especialidad, hasta un máximo de 1 punto por cada año: 0,2 puntos. 4. Actividad investigadora (máx. 10 puntos): 4.1. Por cada participación, como investigador, en proyectos de investigación subvencionados por Instituciones Públicas, hasta un máximo de 3 puntos: a) Investigador principal: 0,5 puntos. b) Otro investigador: 0,2 puntos. 4.2. Por dirección de Tesis Doctorales, hasta un máximo de 1 punto: 0,2 puntos. 4.3. Por trabajos científicos y de investigación publicados, siempre directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa o la Gestión Sanitaria, de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración, hasta un máximo de 6 puntos: La siguiente puntuación se refiere para primer firmante. A partir del segundo firmante se puntuará el 50%. 4.3.1. Comunicaciones aceptadas a Congresos, jornadas o seminarios: — Nacionales: 0,05 puntos. — Internacionales: 0,1 puntos. 4.3.2. Ponencias a Congresos, jornadas o seminarios: — Nacionales: 0,2 puntos. — Internacionales: 0,4 puntos. 4.3.3. Publicaciones periódicas: — Revista no indizada en la base de datos internacional MEDLINE: 0,25. — Revista indizada en la base de datos internacional MEDLINE: 0,50. — Revista con Factor de Impacto: El factor de impacto. No se admitirán resúmenes o “abstracts” como publicaciones. 4.3.4. Libros o capítulos: Libro con ISBN. — Capítulo de libro: 0,60. — Libro completo: 2,00. No se valorarán más de tres capítulos de un mismo libro. 5. Formación y experiencia en gestión (máx. 20 puntos): 5.1. Por cursos de formación relacionados con la Gestión Sanitaria, homologados por Centros Oficiales, hasta un máximo de 5 puntos. — Por cada 40 horas: 0,3 puntos. 5.2. Por desempeño de cargo de responsabilidad en equipo directivo de Centro hospitalario del Sistema Nacional de Salud. — Por cada mes trabajado: 0,3 puntos. 5.3. Por desempeño de cargo de responsabilidad en equipo directivo en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con programa acreditado para la docencia de postgraduados por el departamento ministerial competente — Por cada mes trabajado: 0,1 puntos. 5.4. Por experiencia en tareas de Gestión Clínica en Centros de Instituciones Sanitarias gestionadas por el extinto INSALUD, los Servicios de Salud de las CC. AA. con competencias sanitarias transferidas, el Instituto Social de la Marina o las Diputaciones Provinciales, — Por cada mes trabajado: 0,1 puntos. BOCM-20230201-21 BOCM
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... documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad. b) Copia del título de especialista de la plaza a concursar. c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar. d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 27 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 Pág. 147 Cuarta Documentación a aportar junto a la solicitud Junto a la solicitud, los/as aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes documentos: a) Copia del documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad. b) Copia del título de especialista de la plaza a concursar. c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar. d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios prestados como Facultativo/a en la especialidad que se convoca. e) Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida en Anexo I. f) Proyecto Técnico de Gestión del Servicio. g) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos. Quinta Admisión de aspirantes 1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el/la Director/a Gerente aprobará, mediante Resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de provisión, con indicación de la causa de exclusión. 2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados, disponible tanto en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/provisionjefaturas-medicas-centros-sanitarios como en el Punto de Acceso General de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general y que figura como Anexo III a esta Resolución. 3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el/la Director/a Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión. Sexta Comisión de Selección 1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo V de esta Resolución, haciéndose pública la designación de sus miembros/as en la Resolución que aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión. 2. La Comisión de Selección es un órgano colegiado cuyo funcionamiento está regulado en el Capítulo II Sección 3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios en relación al historial profesional de el/la candidato/a. Séptima Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará público sus resultados y elevará a el/la Director/a Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional, para el desempeño del puesto de Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear. Octava Nombramientos y efectos de la designación 1. La Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe dictará el correspondiente nombramiento de Jefe/a de Servicio de Medicina Nuclear con carácter provisional, que BOCM-20230201-21 Propuesta de adjudicación