Anuncio BOCM-20230201-16 publicado el día 01-02-2023 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20230201-27).

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “12 DE OCTUBRE” Convocatoria puesto –  Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “12 de Octubre” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Pediatría y sus Áreas Específicas en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional


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Pág. 68 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 27 cios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Servicio: 12 puntos. a.2. Por nombramiento sin concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Servicio: 10 puntos. a.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Sección: 8 puntos. a.4. Por nombramiento sin concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas con categoría de Jefe de Sección: 6,5 puntos. a.5. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Facultativo Especialista: 6 puntos. a.6. Por nombramiento sin concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Facultativo Especialista: 4 puntos. De los distintos subepígrafes a.1 a a.6, solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos. b) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Jefe de Servicio: 0,3 puntos. c) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Jefe de Sección: 0,25 puntos. d) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Facultativo Especialista: 0,2 puntos. e) Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,1 puntos. f) Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad que se convoca, en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con programa acreditado para la docencia de posgraduados por el departamento ministerial competente: 0,1 puntos. g) Por cada mes de servicios prestados en otras categorías de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo con plaza en propiedad: 0,05 puntos. h) Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o en el Estatuto de Personal no Sanitario: 0,025 puntos. Los períodos valorables para cada uno de estos apartados no podrán ser nunca coincidentes en el tiempo. Calificación máxima del apartado 2: 32 puntos. 3. Experiencia en gestión: Se valorará la formación y experiencia documentada en aspectos de gestión clínica y evaluación de procesos asistenciales. Cursos de gestión clínica/calidad/rrhh/negociación, etc., acreditados por el SNS, MAP, ENS, Universidades (créditos ETCS) u organismos oficiales: Formación recibida: — Por cada 100 h lectivas o 10 ETCS o fracción superior a 50 h o 5 ETCS: 0,5 puntos. Formación impartida: — Por cada crédito ETCS 0,1 punto (curso completo): máximo 0,5 puntos. Desempeño jefatura en encargo oficial dirección: — Por cada año en el puesto al que accede: 0,5 puntos. Calificación máxima del apartado 3: 4 puntos. BOCM-20230201-16 BOCM
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... : 0,4 puntos. — Si el Doctorado se ha obtenido con Premio Extraordinario, se añadirán: 0,2 puntos. Calificación máxima del apartado 1 ... a) a.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 27 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 Pág. 67 ANEXO I El procedimiento de selección constará de dos fases: a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes. b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión de la Sección. La valoración del historial profesional se hará conforme al siguiente baremo (máximo 80 puntos). Los aspirantes deberán aportar los documentos acreditativos (originales o fotocopias compulsadas) de los méritos alegados, tal y como dispone la Base Cuarta de la Convocatoria. 1. Formación universitaria y de especialización: 1.1. Formación universitaria. a) Periodo de Licenciatura: Por cada sobresaliente o matrícula de honor, excluidas formación política, religiosa, educación física, e idiomas: 2 puntos. La puntuación final de este apartado resultará de dividir la suma de puntos por el número total de asignaturas realizadas. b) Grado de Licenciatura o Tesina: Sobresaliente 0,4 puntos. c) Cursos de Doctorado: Por cada sobresaliente 0,4 puntos. La puntuación final de este apartado resultará de dividir la suma de puntos por el número total de asignaturas realizadas o su equivalente en créditos (máximo 0,4 puntos). d) Grado de Doctor: 0,6 puntos. — Si el Doctorado se ha obtenido con Sobresaliente o “Cum Laude”, se añadirán: 0,4 puntos. — Si el Doctorado se ha obtenido con Premio Extraordinario, se añadirán: 0,2 puntos. Calificación máxima del apartado 1.1: 4 puntos. 1.2. Formación especializada. a) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período de formación completo como residentes en hospitales con programa acreditado MIR, en la especialidad de que se trate, o su equivalente para titulados superiores: 8 puntos. b) Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la Directiva 75/363/CE de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional: 8 puntos. c) Facultativos que hubieran iniciado su formación especializada en centros con programas de formación de especialistas antes del 1 de enero de 1980, acreditando más de dos años de formación en una única especialidad realizada de modo ininterrumpido y bajo un mismo régimen docente. 4 puntos. d) Facultativos que hubieran iniciado su formación especializada en centros con programa de formación de especialistas antes del 1 de enero de 1980, acreditando dos años completos de formación en una única especialidad realizada de modo ininterrumpido y bajo un mismo régimen docente. 2 puntos. e) Facultativos que hubieran desempeñado ininterrumpidamente durante un mínimo de dos años con anterioridad al 1 de enero de 1980 las actividades profesionales de la especialidad en un centro con programa de docencia en la especialidad en puestos o plazas propias de Médico especialista a las que el interesado hubiera estado formalmente adscrito en virtud de nombramiento o contrato: 2 puntos. f) Por haber realizado el programa completo de formación especializada en Escuela Profesional de la especialidad de que se trate: 1 punto. Estos apartados son excluyentes entre sí. Calificación máxima del apartado 1.2: 8 puntos. 2. Experiencia profesional: a) a.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servi- BOCM-20230201-16 BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES
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... documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad. b) Copia del título de especialista de la plaza a concursar. c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar. d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 27 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 Pág. 65 Cuarta Documentación a aportar junto a la solicitud Junto a la solicitud, los/as aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes documentos: a) Copia del documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad. b) Copia del título de especialista de la plaza a concursar. c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar. d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios prestados como Facultativo/a en la especialidad que se convoca. e) Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida en Anexo I f) Proyecto Técnico de Gestión del Servicio. g) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos. Documentación acreditativa de los méritos a valorar: a) Copia de la certificación académica. b) Currículum profesional donde consten los méritos valorables, de conformidad con el baremo establecido en el Anexo I de la convocatoria, y documentación acreditativa de los mismos. Con relación a los trabajos y publicaciones científicas se podrá aportar fotocopia siempre que se especifique la reseña de la publicación o certificación acreditativa del centro o institución organizadora, en caso de que se trate de aportaciones a reuniones científicas que no hayan sido publicadas. La Comisión de Selección podrá requerir a los interesados para que efectúen cualquier tipo de aclaración que sobre la documentación presentada se entendiera necesaria, y estos estarán obligados a facilitársela. En caso de que el requerimiento no sea atendido no se valorará el mérito correspondiente. La Comisión de Selección solo podrá valorar o solicitar aclaraciones sobre méritos alegados por los aspirantes junto con la solicitud. El Proyecto Técnico de Gestión deberá ajustarse a las siguientes normas: Su extensión máxima será de 150 páginas o, lo que es lo mismo, 75 folios por ambas caras, tamaño DIN A4, incluidos índices, anexos, bibliografía, tablas, figuras e imágenes; El cuerpo del texto estará redactado en letra tipo “Arial”, tamaño 12, quedando a juicio del autor el tipo de letra y el tamaño para títulos y subtítulos: — Opciones de interlineado: múltiple en 1,15 o mayor; — Márgenes de páginas no inferiores a 2,5 centímetros del borde al cuerpo del texto. La Comisión de Selección sólo podrá tener en consideración los méritos aportados durante el plazo de presentación de solicitudes. Quinta 1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el/la Director/a Gerente aprobará, mediante Resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de provisión, con indicación de la causa de exclusión. 2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados, disponible tanto en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/provisionjefaturas-medicas-centros-sanitarios como en el Punto de Acceso General de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general y que figura como Anexo III a esta Resolución. BOCM-20230201-16 Admisión de aspirantes