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Pág. 68 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 1 DE FEBRERO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 27 cios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Servicio: 12 puntos. a.2. Por nombramiento sin
concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Servicio: 10 puntos. a.3. Por obtención de plaza por
concurso o
concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Jefe de Sección: 8 puntos. a.4. Por nombramiento sin
concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas con categoría de Jefe de Sección: 6,5 puntos. a.5. Por obtención de plaza por
concurso o
concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Facultativo Especialista: 6 puntos. a.6. Por nombramiento sin
concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Facultativo Especialista: 4 puntos. De los distintos subepígrafes a.1 a a.6, solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos. b) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Jefe de Servicio: 0,3 puntos. c) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Jefe de Sección: 0,25 puntos. d) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados, en la especialidad que se convoca con categoría de Facultativo Especialista: 0,2 puntos. e) Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Madrileño de Salud o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,1 puntos. f) Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad que se convoca, en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros con programa acreditado para la docencia de posgraduados por el departamento ministerial competente: 0,1 puntos. g) Por cada mes de servicios prestados en otras categorías de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo con plaza en propiedad: 0,05 puntos. h) Por cada mes de servicios prestados en cualquier otra categoría de las incluidas en el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo o en el Estatuto de Personal no Sanitario: 0,025 puntos. Los períodos valorables para cada uno de estos apartados no podrán ser nunca coincidentes en el tiempo. Calificación máxima del apartado 2: 32 puntos. 3. Experiencia en gestión: Se valorará la formación y experiencia documentada en aspectos de gestión clínica y evaluación de procesos asistenciales. Cursos de gestión clínica/calidad/rrhh/negociación, etc., acreditados por el SNS, MAP, ENS, Universidades (créditos ETCS) u organismos oficiales: Formación recibida: — Por cada 100 h lectivas o 10 ETCS o fracción superior a 50 h o 5 ETCS: 0,5 puntos. Formación impartida: — Por cada crédito ETCS 0,1 punto (curso completo): máximo 0,5 puntos. Desempeño jefatura en encargo oficial dirección: — Por cada año en el puesto al que accede: 0,5 puntos. Calificación máxima del apartado 3: 4 puntos. BOCM-20230201-16 BOCM
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