Anuncio BOE-A-2023-2458 publicado el día 30-01-2023 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2023-25).
III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. Resolución de 17 de enero de 2023, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.
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... el acceso a la Universidad española. g) La resolución de las becas del Fondo Social de la UNED a propuesta de la comisión del Fondo ... y la innovación docente. e) Las transferencias y subvenciones a los Centros Asociados por actividades vinculadas al Instituto ... Ver más
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 25 Lunes 30 de enero de 2023 Sec. III. Pág. 13383 c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Senior d) El nombramiento de los equipos docentes de los cursos de Formación Permanente e) La autorización de las órdenes de Comisiones de Servicio derivadas de la actividad de los cursos de Formación Permanente, así como la autorización para el incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en dichas órdenes. f) Las competencias atribuidas al rector o rectora en materia de calidad respecto a la formación permanente. g) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de Extensión Universitaria. 11. Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Estudiantes e Inclusión: a) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros Asociados y departamentos universitarios en las materias de estudiantes y desarrollo profesional, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad. b) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros Asociados y departamentos universitarios en materia de deportes, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad. c) Las resoluciones sobre el acceso de estudiantes a la Universidad española en sus diversas modalidades, incluida las relativas a la expedición de acreditaciones para estudiantes internacionales que deseen acceder a estudios de grado en la Universidad, según los procedimientos de admisión fijados por las propias universidades. d) Las competencias en materia de discapacidad que afecten a estudiantes (UNIDIS), con excepción de las relativas a las resoluciones de las solicitudes de adaptación de los exámenes. e) Las competencias en materia de información, orientación y empleo relativas a estudiantes, incluyendo las correspondientes a su atención en Centros Penitenciarios. f) La firma de acuerdos de colaboración entre la UNED y centros/entidades con estudiantes internacionales para el acceso a la Universidad española. g) La resolución de las becas del Fondo Social de la UNED a propuesta de la comisión del Fondo social. Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Innovación Educativa: a) La firma de contratos derivados de la propiedad intelectual, así como aquellos necesarios para la gestión editorial. b) La firma de contratos relacionados con la prestación de los servicios de asesoría, consultoría y formación a entidades y organismos externos en el ámbito de la modalidad educativa a distancia. c) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Abierta. d) La publicación y resolución de convocatorias vinculadas con la metodología y la innovación docente. e) Las transferencias y subvenciones a los Centros Asociados por actividades vinculadas al Instituto Universitario de Educación a Distancia (IUED), cualquiera que sea su cuantía. f) La publicación y resolución de convocatorias relacionadas con la Innovación Educativa. 13. Delegar en la persona titular de la secretaría general: a) La resolución de recursos administrativos competencia del rector o rectora en materia de estudiantes, con excepción de los disciplinarios. b) La solicitud y toma de representación ante la Oficina de Patentes y Marcas, de las patentes y marcas de la Universidad, excepto las que se refieran al ámbito de investigación. cve: BOE-A-2023-2458 Verificable en https://www.boe.es 12. Ver menos... gasto y, con independencia de su cuantía, la relativa a los premios del Consejo Social. 21. Se delega en las personas titulares de ... aprobado por el Consejo de Gobierno, y responsables de subvenciones para la realización de proyectos de investigación, y para ... Ver más
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Lunes 30 de enero de 2023 Sec. III. Pág. 13385 públicos por servicios académicos referidas a las enseñanzas impartidas por la Universidad. n) Indistintamente en las personas titulares de la gerencia y del departamento de producción y distribución de materiales digitales e impresos, la resolución de expedientes en materia de devolución de tasas por los servicios prestados referidos a UNED Abierta. ñ) Indistintamente en las personas titulares de la gerencia y de la secretaría técnica, la resolución de los expedientes en materia de derecho de acceso a la información pública, regulado en el capítulo III del título I de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. o) La autorización para el incremento del gasto máximo en restauración por persona y día, por asistencia a actos protocolarios representativos, o a reuniones, conferencias y cursos, imputable a los créditos asignados en el presupuesto de la Universidad a la gerencia como centro de gasto. 16. Delegar en las personas titulares de los decanatos de Facultades, direcciones de Escuelas, y dirección de la Escuela Internacional de Doctorado la autorización de los gastos y la firma de pliegos de prescripciones técnicas correspondientes a los créditos descentralizados asignados en el presupuesto de la Universidad a las Facultades, Escuelas y Escuela Internacional de Doctorado como centros de gasto. 17. Delegar en las personas titulares de las direcciones de departamento de Facultades y Escuelas la autorización de los gastos y la firma de pliegos de prescripciones técnicas correspondientes a los créditos descentralizados asignados en el presupuesto de la Universidad a los departamentos como centros de gasto. 18. Delegar en las personas titulares de las direcciones de los Cursos de Programas de Posgrado, Programas de Desarrollo Profesional y Personal, así como cualquier otro Programa de Formación Permanente aprobado por el Consejo de Gobierno, la autorización de los gastos correspondientes a los créditos descentralizados asignados en el presupuesto de la Universidad al curso como centro de gasto. 19. Delegar indistintamente en las personas titulares del vicerrectorado de Calidad y Acreditación, de los decanatos de Facultad, direcciones de Escuela, dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, presidencias de Patronatos y Juntas Rectoras, y direcciones de Centros Asociados la firma de convenios para la realización de prácticas curriculares y extracurriculares en empresas o entidades públicas o privadas, suscritos para una titulación determinada o que tengan ámbito local. Cuando tales convenios se ajusten estrictamente a las directrices generales fijadas en el modelo de convenio aprobado a tal efecto por el Consejo de Gobierno de la Universidad, la firma no requerirá otra autorización. Cuando los convenios se aparten de dicho modelo, la firma quedará condicionada a la previa aprobación del convenio por el Consejo de Gobierno. No es objeto de delegación la celebración de protocolos generales de actuación de carácter nacional o autonómico, en las materias previstas en el punto anterior, que continuarán siendo firmados por el rector o rectora. 20. Delegar en la persona titular de la secretaría del Consejo Social la autorización de gastos, por cuantía igual o inferior a 3.000 euros, (IVA incluido) con cargo a los créditos del presupuesto de la Universidad asignados al Consejo Social como centro de gasto y, con independencia de su cuantía, la relativa a los premios del Consejo Social. 21. Se delega en las personas titulares de los vicerrectorados, la secretaría general, la gerencia, los decanatos de Facultades, las direcciones de Escuelas, la dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, las direcciones de departamento de Facultades y Escuelas, las direcciones de los Cursos de Programas de Posgrado, Programas de Desarrollo Profesional y Personal, así como cualquier otro Programa de Formación Permanente aprobado por el Consejo de Gobierno, y responsables de subvenciones para la realización de proyectos de investigación, y para los expedientes que correspondan al ámbito de sus respectivas atribuciones, el informe justificativo de la necesidad de cada contrato menor que se tramite, y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los principios de la contratación pública, según lo cve: BOE-A-2023-2458 Verificable en https://www.boe.es Núm. 25 Ver menos... y marcas de la Universidad, en el ámbito de investigación. c) El visado de solicitudes e informes finales de ayudas a la investigación de los profesores y departamentos de la Universidad. d) Las resoluciones favorables para la declaración de equivalencia ... Ver más
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 25 Lunes 30 de enero de 2023 Sec. III. Pág. 13381 b) La solicitud y toma de representación ante la Oficina de Patentes y Marcas, y el Registro de la Propiedad Intelectual, de las patentes y marcas de la Universidad, en el ámbito de investigación. c) El visado de solicitudes e informes finales de ayudas a la investigación de los profesores y departamentos de la Universidad. d) Las resoluciones favorables para la declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior al nivel académico de Doctor o Doctora, así como la autorización para acceso a los estudios de Doctorado de los estudiantes con titulación extranjera no homologada. e) La firma de convenios de colaboración con personas y entidades públicas y privadas en materia de investigación. f) La autorización para el incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en las órdenes de comisión de servicio del personal docente e investigador, con cargo a los fondos de investigación. g) La autorización y suscripción de los contratos atribuidos al rector o rectora en el artículo 34 de los Estatutos de la Universidad. h) La publicación y resolución de convocatorias vinculadas con la investigación. i) La autorización para el anticipo de los fondos asignados a proyectos de investigación. j) La firma de los acuerdos con centros de formación para la realización de prácticas profesionales no laborales, previstas para la obtención de los certificados de profesionalidad, referidos a los ámbitos de actuación propios del vicerrectorado. 4. Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Internacionalización y Multilingüismo y vicerrectorado segundo: 5. Delegar en la persona titular del vicerrectorado de Ordenación Académica: a) La admisión de estudiantes en la UNED para iniciar, continuar o simultanear estudios universitarios oficiales. b) La autorización para el acceso a los estudios de Másteres Universitarios Oficiales de estudiantes con titulación extranjera no homologada. cve: BOE-A-2023-2458 Verificable en https://www.boe.es a) Las competencias atribuidas al rector o rectora en materia de relaciones internacionales relativas a la ejecución y seguimiento de relaciones y programas académicos, culturales o científicos con instituciones o entidades extranjeras, incluida la Unión Europea. b) La publicación y resolución de convocatorias vinculadas con la internacionalización. c) La autorización para el anticipo de los fondos asignados a proyectos institucionales o internacionales. d) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros en el exterior, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad, cualquiera que sea su cuantía, no delegadas en otros órganos de la Universidad. e) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros Asociados y departamentos universitarios en materia de actividades culturales, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad. f) La aceptación o denegación de solicitudes de matrícula para los cursos del CUID. g) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros Asociados en materia del CUID, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los Órganos de Gobierno competentes de la Universidad. Ver menos... o denegación de solicitudes de matrícula de estudios de Formación Permanente, así como la concesión de sus correspondientes ayudas, a propuesta del órgano competente. b) La autorización para realizar transferencias de crédito que afecten a los cursos ... Ver más