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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023 página 1751/1 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD Extracto de la
Resolución de 5 de enero de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para 2023 la Línea 1 de
subvención de carácter plurianual, a conceder en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género. BDNS (Identif): 670752. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones: Base de Datos Nacional de
Subvenciones (infosubvenciones.es). Primero. Convocatoria. Se efectúa convocatoria por el Instituto Andaluz de la Mujer para 2023 de la Línea 1 de
subvención de concesión de carácter plurianual, en régimen de concurrencia no competitiva, destinada a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género, en la cuantía máxima en euros y con cargo a la posición presupuestaria que se indican a continuación: Posición presupuestaria 1631010000 G/32G/44100/00 01 Cuantía máxima 2023 (en euros) 150.000,00 Cuantía máxima 2024 (en euros) 150.000,00 Total (en euros) 300.000,00 Segundo. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas
subvenciones las Universidades Públicas de Andalucía que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se adjunta a este extracto. Tercero. Objeto. El objeto de esta convocatoria se describe en el Anexo I que se acompaña a este extracto. Cuarto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía para la promoción de la igualdad de género y la realización del programa UNIVERGEM, que han sido aprobadas mediante
Orden de 17 de junio de 2021 (BOJA número 119, de 23 de junio de 2021). Sexto. Forma de pago. Se establece el pago anticipado del 50% como máximo del importe de la
subvención a la firma de la resolución de concesión. El 50% restante se abonará cuando se justifique íntegramente la ejecución de las actuaciones y la totalidad de los gastos. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00276829 Quinto. Importe. La dotación máxima para la anualidad 2023 de la línea convocada es la reflejada en el punto primero del presente extracto.
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