Anuncio 2022/234-39 publicado el día 07-12-2022 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2022/234).

5. Anuncios. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del «Centro de Investigación y Transferencia Empresarial-Edificio de Laboratorios de Investigación», en el Campus de Las Lagunillas de la Universidad de Jaén, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Jaén.


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... los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19897/17 5. A la vista de la documentación aportada, la Consejería podrá solicitar aclaración o subsanación de la misma, concediendo para ello un plazo de 10 días hábiles. 6. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento solicitado de modificación del Convenio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.5 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, no podrá ser superior a dos meses a contar desde la presentación de la solicitud. 7. Las modificaciones relativas al plazo de justificación se sustanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Duodécima. Reintegro 2. El reintegro al que se refiere el apartado anterior será del 100% cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido. b) Incumplimiento total de todos y cada uno de los siguientes elementos de la intervención: objetivo específico, resultados e incumplimiento total de la obligación de justificación, de acuerdo con las evidencias indubitadas del incumplimiento de las condiciones recogidas en el alta de operación FEDER correspondiente. c) Justificación insuficiente o deficiente cuando se trate de justificantes de gastos cuyos defectos afecten a la acreditación de la totalidad de la actividad realizada en ejecución del presente Convenio. d) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Título VII del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos siempre y cuando ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a la entidad beneficiaria, así como de los compromisos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. Pág. 16 de 36 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00273100 1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, también procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el deudor efectúe el ingreso del reintegro si es anterior a esta, en los casos previstos en el artículo 37 de la citada Ley y demás normativa de aplicación en materia de subvenciones.
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... por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 34.4 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, la Universidad de Jaén ha ...

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BOJA • • Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19897/9 La entidad beneficiaria tiene la obligación de informar sobre el nivel de logro del indicador de productividad asociado al proyecto (CO25 “Número de investigadores que trabajan en instalaciones de infraestructuras de investigación mejoradas”, cuya unidad de medida es “Trabajadores equivalentes a tiempo completo ETC”), conforme a las indicaciones del Anexo III del presente Convenio. Dar cumplimiento al resto de obligaciones establecidas en el Anexo II, Documento que establece las condiciones de la Ayuda (DECA), que se traslada a los beneficiarios en cumplimiento del artículo 125.3.c del Reglamento (UE) de Disposiciones Comunes 1303/2013, de diciembre de 2013. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 34.4 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, la Universidad de Jaén ha acreditado que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como que no tiene deudas en periodo ejecutivo por cualquier otro ingreso de derecho público de la Administración de la Junta de Andalucía. 3. La Universidad de Jaén declara no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, de acuerdo al artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Cuarta. Financiación, forma y secuencia de pagos En el marco de sus competencias, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación subvenciona las actuaciones derivadas del presente Convenio, otorgando a la Universidad de Jaén una subvención nominativa por importe de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE euros con SEIS céntimos de euros (4.806.817,06 euros), IVA excluido, y condicionada a la existencia de dotación económica de Fondos Europeos. Partida presupuestaria Año 2022 (euros) Solicitud Subv. (euros) 1400170000 G/54A/74134/00 A1112058E0 2022000065 6.000.000,00 4.806.817,06 El importe de la subvención se abonará con cargo a la partida presupuestaria indicada, de conformidad con el artículo 124.4 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, con arreglo a la siguiente forma y secuencia de pagos: Pág. 8 de 36 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00273100 Esta subvención se enmarca dentro del programa 54A “Investigación Científica e Innovación” y fondos cofinanciados con el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, dentro del Objetivo Específico 1 «Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación» y de la programación financiera de la medida A1112058E0 «INFRAESTRUCTURAS I+I PÚBLICAS», financiación recogida en el Anexo de Inversiones de la Consejería con el código de proyecto 2022000065. La Unión Europea contribuye a la financiación de la actividad de este proyecto con un ochenta por ciento (80 %) de su importe.
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... , y a modo de resumen, se relacionan los documentos que se han presentar por la Universidad de Jaén en relación a la actuación subvencionada, con la indicación de su periodicidad o fecha límite de entrega: Pág. 12 de 36 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19897/13 Para las justificaciones de los fondos transferidos, tanto la parcial como la final, se presentará la siguiente documentación: a) Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, cuyo alcance se adecuará, en lo que resulte aplicable, a la Instrucción 2/2018, de 3 de mayo de 2018, de la Dirección General de Fondos Europeos. b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente Convenio, con indicación de: • Las actuaciones realizadas, obras ejecutadas y de los resultados obtenidos. • Cuantificación objetiva del valor de los indicadores de resultados esperados que se han alcanzado en función del grado de ejecución de las actividades realizadas. • Las medidas llevadas a cabo para garantizar la difusión y explotación de los resultados de las actuaciones. c) Una memoria económica abreviada, que contendrá: • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actuación por cada concepto de gasto, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Se indicarán las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto estimado. • Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d) Documento acreditativo de la devolución de los importes no aplicados al objeto de la subvención, en su caso. e) Acta de recepción de la obra, en su caso, que constituye el objeto de la inversión subvencionada. f) En el caso de bienes inscribibles en un registro público, solicitud de inscripción en el registro público correspondiente donde conste el importe de la ayuda recibida y el período durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin o destino previsto (cinco años en el caso de bienes inscribibles en un registro público, de acuerdo con el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre). g) el Informe del Indicador de los Fondos Europeos C025, según modelo referido en el Anexo III. En la justificación final se presentará de forma adicional la documentación anterior de forma total a origen, referida a la ejecución global de las actuaciones. Estos documentos serán suscritos por el representante legal de la entidad, quedando bajo su responsabilidad el archivo y custodia de la correspondiente documentación justificativa de esta subvención nominativa. 00273100 En la tabla adjunta, y a modo de resumen, se relacionan los documentos que se han presentar por la Universidad de Jaén en relación a la actuación subvencionada, con la indicación de su periodicidad o fecha límite de entrega: Pág. 12 de 36 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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... Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén por el que se concede una subvención de carácter nominativa a la Universidad de Jaén para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del Centro ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19897/1 5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del «Centro de Investigación y Transferencia Empresarial-Edificio de Laboratorios de Investigación», en el Campus de Las Lagunillas de la Universidad de Jaén, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Jaén. El 26 de septiembre de 2022, se ha firmado el Convenio entre la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y la Universidad de Jaén por el que se concede una subvención de carácter nominativa a la Universidad de Jaén para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del Centro de Investigación y Transferencia Empresarial-Edificio de laboratorios de investigación, en el Campus de Las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Jaén, figurando como anexo a esta resolución. Sevilla, 21 de noviembre de 2022.- El Secretario General, Pablo Cortés Achedad. A NE XO 00273100 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA UNIVERSIDAD DE JAÉN, PARA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA LA FINANCIACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE DESTINO DEL «CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA EMPRESARIAL-EDIFICIO DE LABORATORIOS DE INVESTIGACIÓN», EN EL CAMPUS LAS LAGUNILLAS DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN, EN EL MARCO DE LA INVERSIÓN TERRITORIAL INTEGRADA DE JAÉN Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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... que se aprueben por la Dirección General de Fondos Europeos, estando obligada la Universidad de Jaén, como receptora de la subvención nominativa, a cumplir las normas que puedan dictarse tanto por la Unión Europea, como por la Administración General del Estado ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 234 - Miércoles, 7 de diciembre de 2022 página 19897/21 5. Esta operación deberá adecuarse a los criterios de selección que se aprueben por la Dirección General de Fondos Europeos, estando obligada la Universidad de Jaén, como receptora de la subvención nominativa, a cumplir las normas que puedan dictarse tanto por la Unión Europea, como por la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Andalucía, en materia de verificación y control de inversiones y gastos realizados con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, así como a las normas de publicidad y comunicación de la financiación de las actividades con fondos europeos y la cofinanciación por parte de la Administración de la Junta de Andalucía. 6. Este Convenio queda excluido de la legislación de contratos del sector público en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. No obstante, se aplicarán los principios de dicha Ley para resolver las dudas y controversias que pudieran presentarse. 7. En particular, en concordancia con lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, si de la ejecución de las actuaciones derivadas del presente Convenio se produjeran lesiones en los bienes y derechos de los particulares, la reparación de la responsabilidad patrimonial a que en su caso dieran lugar corresponderá a la Universidad de Jaén, como entidad responsable de la ejecución, de acuerdo con lo establecido en el presente Convenio. Décimo quinta. Relación contractual La aplicación de esta subvención no generará, en ningún caso, relación laboral alguna entre las entidades firmantes y los/as entidades y/o profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades incluidas en este Convenio. Décimo sexta. Vigencia y efectividad del Convenio. 1. El presente Convenio se perfecciona con su suscripción y tendrá una vigencia de seis (6) años, a contar desde su firma, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.1 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Podrá ser prorrogado por otros tantos por acuerdo de las partes firmantes y a propuesta de la Comisión de Seguimiento, siempre antes de la expiración del mismo. 00273100 2. De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el Convenio y sus eventuales adendas o prórrogas serán objeto de publicación en el portal web de la Junta de Andalucía Pág. 20 de 36 Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja