Anuncio BOE-A-2022-20552 publicado el día 06-12-2022 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2022-292).

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. Real Decreto 1009/2022, de 5 de diciembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Helicopters España, S.A.U., para el programa de los helicópteros Tigre MKIII.


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... decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de subvenciones y otras ayudas públicas. Artículo 7. Condiciones de concesión del préstamo. 1. El importe del préstamo se destinará a cubrir los ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167236 octubre, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el Órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa 9. Esta subvención será objeto de publicidad en la Base Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el real decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de subvenciones y otras ayudas públicas. Artículo 7. Condiciones de concesión del préstamo. 1. El importe del préstamo se destinará a cubrir los compromisos de pago a la OCCAR derivados de la participación española en el programa internacional del helicóptero Tigre MkIII, de acuerdo con las condiciones establecidas en la resolución de concesión. 2. La resolución de concesión fijará el periodo de ejecución de las actuaciones, desde el año 2022. 3. El beneficiario deberá hacer pública la financiación por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, así como hacerla constar en todas las actividades de investigación y difusión de resultados que se realicen en relación con las actuaciones contempladas en este real decreto y en la resolución de concesión. 4. En cualquier caso, los medios de difusión del préstamo concedido, páginas web, boletines, folletos divulgativos, así como su relevancia deberán ser análogos a los empleados respecto a otras posibles fuentes de financiación. 5. AHE presentará al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo informes semestrales que recogerán datos sobre la utilización de las disposiciones de fondos realizadas hasta la fecha, los fondos disponibles, así como las necesidades que prevé para el próximo período. Asimismo, estos informes deberán contener información detallada sobre la actividad de AHE en el programa. El beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión, así como la ampliación del plazo de ejecución, antes de que se produzca la finalización del periodo de ejecución de las actuaciones en cada anualidad, justificando los motivos de dicha solicitud. Esta solicitud se presentará de forma electrónica de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del registro electrónico disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Deberá dirigirse al órgano concedente del préstamo, que en el plazo de un mes desde su presentación en el registro podrá autorizar, en su caso, y notificará la modificación o ampliación de plazo de forma expresa, entendiéndose la solicitud desestimada en el caso de que transcurra el plazo sin que se haya notificado resolución expresa. Contra la resolución del procedimiento, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de notificación, conforme lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Artículo 9. Pago del importe del préstamo. 1. Los pagos del préstamo por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, según el calendario establecido en el artículo 5 se efectuarán a una cuenta «bloqueada» / finalista cuyo titular es AHE, destinada única y exclusivamente al abono a OCCAR de los compromisos de pago para la ejecución del programa objeto de este real cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es Artículo 8. Modificación de las condiciones de la concesión.
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... y Función Pública, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por todo ello, a estas ayudas les resulta de aplicación lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, relativo ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167233 En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por todo ello, a estas ayudas les resulta de aplicación lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, relativo al régimen de concesión directa. Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. El préstamo está amparado por el apartado 1.b del artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por estimarse que las actividades financiadas son necesarias para la protección de los intereses esenciales de la defensa y seguridad nacionales y dirigirse a actuaciones de naturaleza militar. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, con el informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2022, DISPONGO: Artículo 1. Objeto. Este real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Airbus Helicópters España, S.A.U. (AHE) en relación con el programa internacional de los Helicópteros Tigre MkIII, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El préstamo cuya concesión se dispone tiene un carácter singular, que dificulta la convocatoria pública de la ayuda dado que la AHE es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del principal contratista del programa Tigre MkIII, la alemana Airbus Helicopters Tiger, GmbH (AHT), con la cual ha contratado la Organización Conjunta de Cooperación en materia de Armamento (OCCAR) la ejecución de la mayor parte del programa y la integración y ensamblado de todos los sistemas del helicóptero. Artículo 2. Objeto de la actividad. El préstamo se destinará a cubrir parcialmente los gastos e inversiones necesarios para llevar a cabo, en el marco del programa internacional del helicóptero Tigre MkIII entre Francia y España gestionado por OCCAR, los trabajos de desarrollo tecnológico y de producción que es preciso ejecutar para la modernización a un nuevo estándar común de las flotas de 42 helicópteros de Francia (a los que pudieran sumarse otros 25 aparatos) y 18 helicópteros de España. Estos gastos e inversiones corresponden al compromiso de participación de España en dicho programa en el periodo 2022-2028. El programa comprenderá las actuaciones que se recogen en la memoria técnica que figura en el anexo de este real decreto. Beneficiario del préstamo. La empresa AHE será la beneficiaria del préstamo, y habrá de reunir las condiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 38/2003, de 17 de noviembre" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 38/2003, de 17 de noviembre. A estos efectos, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de manera directa la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es Artículo 3.
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... de concesión, de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 2. El procedimiento de concesión de la subvención previsto se iniciará de oficio. 3. El órgano instructor del procedimiento para la concesión del préstamo será la Subdirección ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de diciembre de 2022 Año Sec. I. Pág. 167235 Importe – Euros 2034 108.934.925 2035 106.372.744 2036 110.466.453 2037 140.991.589 Total 707.533.592 La devolución del préstamo está asegurada por el negocio jurídico que AHE y el Ministerio de Defensa suscribirán para la devolución del préstamo que le librará el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Este calendario es coherente con el programa de pagos que se contemplará en el citado negocio jurídico entre el Ministerio de Defensa y AHE. En caso que se modifiquen los pagos previstos entre el Ministerio de Defensa y AHE, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo deberá tramitar una propuesta de modificación de este real decreto para variar este calendario de amortizaciones al objeto de adaptarlo a dichos pagos. El incumplimiento de las obligaciones de devolución podrá dar lugar a la revocación del préstamo y al reintegro del importe del préstamo todavía no amortizado más los correspondientes intereses de demora. Artículo 6. Procedimiento de concesión. 1. El préstamo se concederá de forma directa, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha Ley, por su carácter singular y por concurrir razones de interés público, social y económico que dificultan su convocatoria pública, mediante resolución que adoptará la forma de orden de concesión, de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 2. El procedimiento de concesión de la subvención previsto se iniciará de oficio. 3. El órgano instructor del procedimiento para la concesión del préstamo será la Subdirección General de Áreas y Programas Industriales, perteneciente a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. 4. El órgano instructor se encargará de revisar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para poder ser beneficiario de la ayuda. Asimismo, formulará la propuesta de resolución de concesión. 5. Corresponderá a la Intervención Delegada competente la fiscalización de la propuesta de gasto, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 2188/1995, de 25 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control interno. La propuesta de gasto deberá incluir el expediente completo y todos los justificantes y los informes preceptivos emitidos y cuando se encuentre en disposición de que se dicte por quien corresponda 6. La propuesta de resolución de concesión del préstamo deberá ser aceptada por el beneficiario. 7. El procedimiento para la concesión de las subvenciones terminará mediante orden de la persona titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 8. El plazo para resolver y notificar la concesión será de seis meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente real decreto, conforme a lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra esa resolución, que pondría fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictase, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es Núm. 292
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... el préstamo por medio de un real decreto que contempla una actuación plurianual, se evita la tramitación de varias subvenciones nominativas anuales durante la duración del proyecto, dando al mismo tiempo mayor seguridad a la empresa beneficiaria y ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167232 La contribución española al programa Tigre MkIII en el período 2022-2028, se realizará mediante los libramientos que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo realizará a AHE para atender los compromisos de pago derivados de la participación española en dicho programa. Las cantidades que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo entregará a AHE en cumplimiento de la orden de concesión del préstamo que se derivará de este real decreto y que serán transferidas por ésta a la OCCAR, redundarán en beneficio de AHE y de la industria española, puesto que se prevé que la contratación de empresas españolas para participar en el programa sea equivalente a la contribución financiera española para el mismo. AHE asume en su condición tanto de socio accionarial del adjudicatario del principal contrato, AHT, como de encargado de la ejecución de parte de los trabajos (montaje y entrega de los helicópteros) la obligación de fomentar al máximo posible la participación de empresas españolas en el programa. Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, corresponde a este Ministerio en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, el impulso, la dirección y el seguimiento de las acciones y programas relacionados con la industria aeronáutica y de los demás sectores estratégicos. El apoyo previsto en este real decreto se realiza en ejecución de esta competencia. La concesión del préstamo previsto en este real decreto tiene carácter singular y no es posible realizar convocatoria pública para su otorgamiento, dado que AHE es la única entidad española que es socio accionarial e industrial del principal contratista del programa, la alemana AHT con la cual ha contratado OCCAR. Además, el carácter del programa, tanto desde el punto de vista de la mejora de las capacidades de nuestras FF.AA. como desde el punto de vista de sus repercusiones económicas e industriales, acredita razones de interés público, social y económico. El artículo 129 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Esta norma se adecua a los principios de necesidad y eficacia puesto contribuye a garantizar el equipamiento de este tipo de sistemas para satisfacer las necesidades operativas de las FF.AA., alargando la vida operativa de la única flota de helicópteros de ataque y modernizándola a los estándares que hoy se requieren. Por otra parte, dadas las elevadas inversiones necesarias para acometer este proyecto, su realización sería imposible sin el apoyo de la Administración en la financiación del mismo. Es esta una norma que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para fijar las bases que regularán la concesión del préstamo mediante una orden ministerial en la que se incluirán todas aquellas condiciones que permitan asegurar la eficiencia y eficacia del mismo. El principio de eficiencia se cumple, ya que al instrumentarse el préstamo por medio de un real decreto que contempla una actuación plurianual, se evita la tramitación de varias subvenciones nominativas anuales durante la duración del proyecto, dando al mismo tiempo mayor seguridad a la empresa beneficiaria y permitiéndole planificar correctamente el proyecto de forma global. En relación con el principio de transparencia, el texto define claramente sus objetivos, reflejados en su preámbulo y en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo que lo acompaña. Asimismo, en la memoria justificativa se explican con claridad los motivos que justifican la concesión directa. Esta norma no supone una vulneración del principio de seguridad jurídica y para asegurarlo se han pedido todos los informes necesarios a los Servicios Jurídicos del Estado. cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es Núm. 292
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... en el artículo 5. 5. Las obligaciones que establezca la resolución de concesión. 6. Las demás obligaciones establecidas para los beneficiarios de subvenciones previstas en el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Artículo 4. Sec. I. Pág. 167234 Obligaciones de la empresa Airbus Helicopters España, S.A.U. El beneficiario deberá cumplir las siguientes obligaciones: 1. Transferir a OCCAR las cantidades correspondientes a la contribución española al programa del helicóptero Tigre MkIII en los plazos e importes que se establezcan en la resolución de concesión. 2. Justificar ante el órgano concedente la transferencia a OCCAR de las cantidades recibidas en concepto de préstamo para el programa Tigre MkIII. 3. Ejecutar los trabajos que en el marco de este programa le sean encomendados por AHT. 4. Devolver el préstamo según el calendario de amortización que figura en el artículo 5. 5. Las obligaciones que establezca la resolución de concesión. 6. Las demás obligaciones establecidas para los beneficiarios de subvenciones previstas en el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Artículo 5. Cuantía y financiación. 1. El préstamo a AHE se concede por un importe de setecientos siete millones quinientos treinta y tres mil quinientos noventa y dos euros (707.533.592 €) y tiene carácter plurianual. Se imputará a los presupuestos de gastos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de los años 2022 a 2028 de acuerdo con el siguiente calendario: Año Importe – Euros 2022 50.683.823 2023 107.189.803 2024 82.894.255 2025 108.934.925 2026 106.372.744 2027 110.466.453 2028 140.991.589 Total 707.533.592 Año Importe – Euros 2031 50.683.823 2032 107.189.803 2033 82.894.255 cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es El préstamo se otorga a interés del 0 %, fijo y no revisable y sin exigencia de garantías. Los hitos de pago del programa que corresponden a estas anualidades y los importes asociados se detallarán en la orden ministerial de concesión. 2. La devolución del préstamo al Tesoro Público será realizada por AHE según el siguiente calendario de amortizaciones:
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... Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá comprobar si la empresa es deudora por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones de cualesquiera Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2.g) de la Ley 38/2003 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167237 decreto. Esta cuenta, desde su apertura por su titular, y durante toda su vigencia permitirá conocer, en cualquier momento y de forma directa al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, los movimientos y la situación de la misma. 2. Los pagos están asociados a las denominadas «llamadas de fondos» correspondientes a los hitos que se especifiquen en la orden de concesión que se reciban desde OCCAR a través del Ministerio de Defensa, que las trasladará al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y a AHE. Estos pagos solo se podrán realizar si se ha acreditado ante el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la suscripción del negocio jurídico mencionado en el artículo 5 entre el Ministerio de Defensa y AHE. 3. Los pagos se podrán efectuar de manera anticipada a la recepción de las mencionadas llamadas de fondos. En este caso, estos fondos quedarán depositados en la cuenta bloqueada/ finalista y AHE solo podrá hacer uso de los mismos una vez acredite ante el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la recepción de la llamada de fondos y este autorice su disposición. 4. Para cada uno de los libramientos previstos, AHE deberá acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones de pago de reembolsos o préstamos concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá comprobar si la empresa es deudora por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones de cualesquiera Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Artículo 10. Régimen de justificación. 1. De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, y con lo previsto en el artículo 72.3 de su reglamento, el beneficiario deberá justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas mediante la presentación de la cuenta justificativa que contendrá una memoria descriptiva de las actividades realizadas en el marco de la participación de AHE en el programa, así como una memoria económica que acredite que se han transferido a OCCAR los fondos requeridos. 2. Esta cuenta justificativa se presentará al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo con carácter semestral. Artículo 11. Reintegro y devolución voluntaria. Artículo 12. Incumplimientos. 1. En el caso en el que a la finalización del plazo señalado en el artículo 5, AHE no haya transferido los fondos a OCCAR según las cantidades libradas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y en los plazos previstos o estas transferencias hayan sido inferiores a las que se le hayan autorizado, se considerará que existe un incumplimiento total. cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es 1. El beneficiario deberá reintegrar al Tesoro el importe recibido en los casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En los casos establecidos en el artículo 37 mencionado, procederá además la exigencia del interés de demora correspondiente, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 38.2 de dicha ley. 2. En el caso de devolución voluntaria, ésta se efectuará a través de la carta de pago, modelo 069 de ingresos no tributarios, para la devolución del remanente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167238 2. En materia de reintegro de subvenciones e infracciones y sanciones, y para aquellos extremos no previstos en el presente real decreto, será aplicable la Ley 38/2003, de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Martes 6 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 167238 2. En materia de reintegro de subvenciones e infracciones y sanciones, y para aquellos extremos no previstos en el presente real decreto, será aplicable la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Artículo 13. Régimen jurídico aplicable. Este préstamo se regirá además de lo dispuesto en el presente real decreto y en la orden de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre; en la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria; y en las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación. Disposición final primera. Título competencial. Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2022. FELIPE R. La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, cve: BOE-A-2022-20552 Verificable en https://www.boe.es MARÍA REYES MAROTO ILLERA