Anuncio BOP-2023-551 publicado el día 01-02-2023 en Boletín Diputación Cáceres (5248).

Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. BOP-2023-551 Instrucciones reguladoras del desarrollo de las actuaciones y requisitos de ejecución y justificación del Plan Activa Obras 2023.


1 / 2

7º.- CONCURRENCIA CON OTRAS AYUDAS, SUBVENCIONES, INGRESOS O RECURSOS: Las ayudas previstas en el PLAN ACTIVA OBRAS 2023 (PLAN 2023/111), serán compatibles con otras que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que su importe en ningún caso podrá ser de ...

Contenido de la página 7
7º.- CONCURRENCIA CON OTRAS AYUDAS, SUBVENCIONES, INGRESOS O RECURSOS: Las ayudas previstas en el PLAN ACTIVA OBRAS 2023 (PLAN 2023/111), serán compatibles con otras que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que su importe en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la inversión prevista en dicho PLAN ACTIVA OBRAS 2023, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.3 de la LGS. 8º.- OBLIGACIONES DE LOS/AS BENEFICIARIOS/AS: Los ayuntamientos deberán tramitar todas las inversiones previstas en este PLAN ACTIVA OBRAS 2023 (PLAN 2023/111), en un único expediente de contratación, que en su caso, podrá ajustarse a las previsiones sobre contratación por lotes previstas en la normativa que resulte aplicable para cada supuesto, en materia de contratación pública. Las bajas que se produzcan como consecuencia de la adjudicación de la obra aprobada por el Pleno de la Diputación con cargo al presente plan o los sobrantes que se produzcan una vez finalizada la ejecución de la obra, podrán ser utilizados por el Ayuntamiento para financiar inversiones de la misma tipología (denominación) que la inversión principal aprobada para el respectivo municipio con cargo a este plan. Las Entidades estarán obligadas a: 1.-Iniciar, ejecutar y presentar la documentación justificativa del gasto cofinanciado en los términos y plazos recogidos en las presentes normas. Se considerará gasto subvencionable el correspondiente a aumento de unidades de obra o modificaciones de proyecto, siempre y cuando el gasto final de la obra se encuentre dentro de la cuantía aprobada por el Pleno de esta Diputación con cargo a este plan, para cada entidad local. Las obras ejecutadas fuera de proyecto, las no ejecutadas y las mal ejecutadas que no se recepcionen por el director de la obra, no se considerarán gasto subvencionable. 2.-En toda información o publicidad que se haga de los proyectos cofinanciados, deberá constar la colaboración de la Diputación Provincial de Cáceres, con la imagen corporativa del PLAN ACTIVA OBRAS 2023, en los términos recogidos en los anexos que se publican en la web de esta Diputación, en la dirección: CVE: BOP-2023-551 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3555
2 / 2

... de los expedientes de obra por parte de los entes locales beneficiarios del plan. •Disposición adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de ...

Contenido de la página 3
Por todo ello, esta Excma. Diputación de Cáceres, en uso de las competencias y atribuciones que tiene asignadas por la vigente Ley de Bases del Régimen Local, en el Pleno extraordinario celebrado el día 17 de noviembre de 2022, aprobó, como asunto del orden del día, el PLAN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS 2023 – “PLAN ACTIVA 2023“ (PLAN 2023/111). Mediante el presente documento, se procede ahora a desarrollar los requisitos de ejecución y forma de justificación de las actuaciones incluidas en el PLAN ACTIVA OBRAS 2023 (PLAN 2023/111), en los siguientes términos: 1º.- NORMATIVA DE APLICACIÓN: •Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. •Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. •Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local •Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. •Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura. •Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, respecto a la tramitación de los expedientes de obra por parte de los entes locales beneficiarios del plan. •Disposición adicional 8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con carácter supletorio a lo previsto en estas normas y a lo dispuesto en el acuerdo plenario de 17 de noviembre de 2022, de aprobación del PLAN ACTIVA 2023. •Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y modificaciones operadas. •Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. •Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. CVE: BOP-2023-551 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Miércoles, 1 de febrero de 2023 N.º 0022 Pág. 3551