Anuncio BOCM-20221208-7 publicado el día 08-12-2022 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20221208-292).

D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES Convenio –  Convenio de 27 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Comunidad en Colegio San Rafael Arcángel y guardería Santa Luisa de Marillac-Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente Paúl, para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de Educación Infantil de la escuela infantil privada San Rafael Arcángel-Santa Luisa


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... , de 27 noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre), el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.—La Representante de la titularidad del Centro, Pilar Marbán Delgado ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 36 JUEVES 8 DE DICIEMBRE DE 2022 B.O.C.M. Núm. 292 Séptima Vigencia La vigencia del presente convenio se establece por un período de cuatro cursos académicos, con efectos desde el 1 de septiembre de 2021. No obstante, podrá ser prorrogado por otro período de cuatro cursos académicos por acuerdo de las partes adoptado con anterioridad a la finalización de su vigencia. Octava Causas de extinción El convenio mantendrá su vigencia salvo denuncia del mismo por cese de actividades del centro, o por imposibilidad sobrevenida para el cumplimiento de alguna de sus cláusulas, o por incurrir en alguna otra causa prevista en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los efectos de la resolución del convenio se determinarán de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la citada Ley. Novena Modificación del convenio Mediante adenda al convenio se podrá modificar el número de las unidades financiadas durante el período de vigencia por acuerdo de las partes siempre antes del mes de febrero inmediato anterior a al comienzo del curso. Décima Seguimiento del convenio Para el seguimiento e interpretación del convenio se constituirá una Comisión Técnica integrada por dos representantes del centro y dos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades. La comisión se reunirá una vez al año y siempre que se considere necesario a petición de una de las partes, y se someterá en cuanto a su funcionamiento a lo previsto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Undécima Este convenio tiene carácter administrativo y las cuestiones que se susciten derivadas de su aplicación estarán sujetas a la jurisdicción contencioso-administrativa. El régimen jurídico aplicable es el previsto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Sector Público, el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 31/2019, de 9 de abril por el que se regula el régimen de conciertos educativos en la Comunidad de Madrid y, el Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo expuesto, ambas partes suscriben este documento en el lugar indicado al comienzo. Madrid, a 27 de octubre de 2022.—El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre), el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.—La Representante de la titularidad del Centro, Pilar Marbán Delgado. (03/22.560/22) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20221208-7 Naturaleza jurídica del convenio