Anuncio BOCM-20221208-5 publicado el día 08-12-2022 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20221208-292).

D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES Convenio –  Convenio de 24 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y la Fundación Obra Social Sor Rosalía Rendú, para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de Educación Infantil de la escuela infantil privada “Rosalía Rendú”


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... y en los términos establecidos en las Instrucciones anuales aprobadas al efecto por la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio para los centros privados de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos.

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BOCM Pág. 24 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 8 DE DICIEMBRE DE 2022 B.O.C.M. Núm. 292 Por su parte, la Fundación Obra Social Sor “Rosalía Rendú” tiene entre sus fines la enseñanza así como realizar todas aquellas actividades relacionadas que de algún modo coadyuven a la formación educativa de los alumnos de primer ciclo de Educación Infantil. Es titular, en este sentido, de la escuela infantil privada “Rosalía Rendú”, autorizada para impartir el primer ciclo de Educación Infantil. Teniendo en cuenta lo anterior, la Comunidad de Madrid y la Fundación Obra Social Sor “Rosalía Rendú” suscribieron en fecha 10 de diciembre 2013 un convenio para regular el funcionamiento y sostenimiento del citado centro con fondos públicos Dicho convenio fue renovado en 2017, por un período de cuatro cursos académicos. Dicha entidad privada tiene entre sus fines la enseñanza y todas las actividades afines que de algún modo coadyuven a la formación educativa de los alumnos de primer ciclo de Educación Infantil. Dado que la vigencia del mismo finaliza con el curso 2020/21 y considerando que se mantienen las circunstancias que lo justifican, ambas partes acuerdan celebrar un nuevo convenio por un período de cuatro cursos académicos, conforme las siguientes: CLÁUSULAS Primera Objeto El objeto de este convenio es el sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de Educación Infantil de la escuela infantil privada “Rosalía Rendú”, a fin de promover el incremento de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid Segunda Autorización y funcionamiento del centro docente privado La escuela infantil privada “Rosalía Rendú” (c/ Espada, número 9, de Madrid), de titularidad de la Fundación Obra Social Sor “Rosalía Rendú”, e inscrita en el Registro de Centros Docentes con el número 28065851, funcionará a partir del curso 2021-22 con 3 unidades de primer ciclo de Educación Infantil. Tercera Cuarta Obligaciones del titular del centro El titular del centro se compromete a las siguientes obligaciones: a) Impartir las enseñanzas objeto del presente convenio sin ánimo de lucro. b) Cumplir las normas que establezca la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades sobre admisión de alumnos y funcionamiento de los centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos. BOCM-20221208-5 Obligaciones de la Comunidad de Madrid Con efectos de inicio del curso 2021-22 la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades financiará los gastos por las 3 unidades en funcionamiento del centro “Rosalía Rendú” en cada curso escolar en la cuantía correspondiente al módulo que, para el nivel de educación infantil, se apruebe anualmente en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y ello conforme lo previsto en el Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid. Estas cantidades se harán efectivas con cargo al programa 323M – Becas y Ayudas, del centro presupuestario 150120000 – D.G. de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en la aplicación presupuestaria 48501 – Conciertos educación infantil - mediante libramientos mensuales abonados en su totalidad a la titularidad del centro. Corresponderá a la titularidad del centro la distribución del módulo íntegro en función del presupuesto de gastos del centro y de los convenios colectivos que acuerde aplicar al personal. El centro podrá percibir de las familias de los alumnos amparados por el convenio aportaciones por los conceptos y en los términos establecidos en las Instrucciones anuales aprobadas al efecto por la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio para los centros privados de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos.