Anuncio 2024/76-10 publicado el día 19-04-2024 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2024/76).

Autoridades y personal. . Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio, próximo a quedar vacante, de Director/a de Unidad de Gestión Clínica de Atarfe en el Distrito Sanitario de Atención Primaria Metropolitano de Granada.


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... méritos. 5.2. El proceso selectivo será evaluado por una Comisión ... que regirán la presente convocatoria. La puntuación máxima que ... Comisión propondrá declarar desierta la convocatoria. 5.2.2. Proyecto ... caso de superar el proceso selectivo, se desprendiera que ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 76 - Viernes, 19 de abril de 2024 página 43369/6 5. Proceso selectivo. 5.1. La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos. 5.2. El proceso selectivo será evaluado por una Comisión de Selección y consistirá en dos fases: evaluación curricular y de las competencias profesionales y evaluación de un Proyecto de Gestión 5.2.1. Evaluación curricular y de las competencias profesionales: La primera fase consistirá en una evaluación curricular y de las competencias profesionales. Dicha evaluación se realizará mediante la valoración curricular, de los aspectos asistenciales, docentes, de investigación y de gestión, de acuerdo con el baremo de méritos, contenidos en el Anexo I que regirán la presente convocatoria. La puntuación máxima que se podrá otorgar es de 60 puntos. La Comisión de Selección rechazará aquellas candidaturas de profesionales que no alcancen la puntuación mínima del 40% en la evaluación de este apartado. En el caso de que ninguna de las candidaturas supere la puntuación mínima, la Comisión propondrá declarar desierta la convocatoria. 5.2.2. Proyecto de Gestión: La segunda fase consistirá en la exposición y defensa ante la Comisión de Selección, por cada persona candidata que haya superado la primera fase, de su proyecto de gestión relacionado con el cargo al que opta, cuyo contenido deberá incluir necesariamente, todas las líneas de actuación: asistencial, docente, investigación e innovación, y gestión del área de responsabilidad. La defensa del Proyecto de Gestión se realizará mediante exposición en un acto público, seguida de un debate con los miembros de la Comisión. En la misma se valorarán obligadamente los siguientes aspectos clave en relación al puesto al que se opta en el seno de la Unidad: a) Visión, misión y valores de la Unidad y su incardinación con los valores del Sistema Sanitario Público de Andalucía. b) Líneas estratégicas y análisis DAFO de la Unidad. c) La cartera de servicios con especial énfasis en los procesos asistenciales. d) El análisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las propuestas para su gestión eficiente. e)  Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación. f) La orientación a resultados en las diferentes líneas de producción de la Unidad. g) Las propuestas para materializar una participación ciudadana efectiva. h) La gestión de la calidad y su acreditación. i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gestión participativa. j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones. La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones de la Comisión de Selección. La puntuación máxima que otorgar será de 40 puntos. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300318 4.3. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicará en los lugares señalados en el apartado 4.1. El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a las personas aspirantes la posesión de todos los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprendiera que no poseen alguno de los requisitos, decaerán en todos los derechos que puedan derivar de su participación en el procedimiento.
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... que regirán la convocatoria y el ... DEL PROCESO SELECTIVO PARA ... convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 76 - Viernes, 19 de abril de 2024 página 43369/2 Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo I. Tercero. En lo no previsto en la presente resolución, se estará a lo dispuesto Decreto 197/2007, de 3 de julio, de la Consejería de Salud por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 140 de 17 de julio de 2007) y en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 66, de 9 de abril de 2021). Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE CARGO INTERMEDIO, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DE DIRECTOR/A DE UNIDAD DE GESTIÓN CLÍNICA DE ATARFE EN EL DISTRITO SANITARIO DE ATENCIÓN PRIMARIA METROPOLITANO DE GRANADA 2. Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo y mientras dure el nombramiento: 2.1. Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. 2.2. Estar en posesión de la titulación universitaria de Licenciado o Grado sanitario que habilite a puestos del grupo A1. 2.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. 2.4. Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa. 2.5. Podrá participar toda persona que esté previamente vinculada al Sistema Nacional de Salud, bien como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculación Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300318 1. Identificación del puesto a cubrir. 1.1. Denominación: Director/a de Unidad de Gestión Clínica. 1.2. Ámbito: Atención Primaria. 1.3. Grupo de clasificación estatutaria: Sanitario. 1.4. Grupo de escala de clasificación profesional: A1. 1.5. Nivel: 25. 1.6. Las retribuciones básicas y complementarias serán las establecidas en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud para el puesto convocado.
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... 4. Supervisión y formación de investigadores, tales como tutoría de la formación en programas contratos de investigación promovidos mediante convocatoria pública por el Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea para la contratación ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 76 - Viernes, 19 de abril de 2024 página 43369/10 2. Méritos derivados de la docencia (máximo 15 puntos). 2.1. Actividades docentes, hasta un máximo de 9 puntos. Se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: a) En gestión clínica, organización sanitaria y/o calidad asistencial, gestión de cuidados, gestión asistencial, gestión de personal y prevención de riesgos laborales, gestión de la suministros, logística, aprovisionamiento y contratación administrativa, gestión de instalaciones y equipamiento: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente. b) En el área de conocimiento de la categoría y en su caso especialidad y/o línea de la actividad profesional que se realiza: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente. Solo serán evaluables estos méritos cuando se traten de actividades acreditadas por alguno de los órganos que integran el Sistema de Acreditación de Formación Continuada en el Sistema Nacional de Salud. 2.2. Tutor de la formación sanitaria especializada en la categoría profesional a la que pertenece la especialidad correspondiente en los últimos diez años: 0,5 puntos por año. 2.3. Jefe de Estudios y Responsable de Formación: 1 punto por año. 2.4. Supervisión y formación de investigadores, tales como tutoría de la formación en programas contratos de investigación promovidos mediante convocatoria pública por el Gobierno de España, de las Comunidades Autónomas o de la Unión Europea para la contratación laboral de personal investigador, Juan Rodés, Río Hortega, Sara Borrell, Miguel Servet, Nicolás Monarde, María Castellano y los derivados de convocatorias para la incorporación de profesionales investigadores posdoctorales a grupos de los centros sanitarios y de investigación del SNS, 2 puntos por año, hasta un máximo de 6 puntos. 2.5. Profesor/a de Universidad (el ítem con mayor puntuación excluye a los otros): máximo 6 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: a) Tutor/a clínico, tutor/a de prácticas profesionales o Profesor/a asociado con plaza concomitante en la categoría profesional a la que pertenece: 0,5 puntos por año hasta un máximo de 5 puntos. b) Profesor/a Titular o Profesor/a Contratado Doctor con plaza vinculada en la especialidad: 1 punto por año hasta un máximo de 5 puntos. c) Catedrático/a con plaza vinculada en la especialidad: 1,5 puntos por año hasta un máximo de 5 puntos. 2.6. Otra docencia universitaria: hasta un máximo de 3 puntos. Se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: a) Por impartir créditos de formación universitaria de post-grado: 0,15 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 1,5 puntos. b) Tutoría de trabajos de fin de másteres oficiales: 0,15 puntos por cada alumno tutelado, hasta un máximo de 1,5 puntos. 2.7. Otra docencia no universitaria: hasta un máximo de 5 puntos. Tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades y otras Entidades de Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300318 Consejerías/Ministerios competentes en materia de Sanidad, se valorarán, de acuerdo con los siguientes criterios: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos. Se acreditarán mediante la presentación de la certificación firmada por el Director Asistencial, y en la que conste expresamente el número anual de sesiones de las Comisiones a la que ha asistido y la actividad que ha desempeñado en la misma. A estos, efectos la Secretaría de las distintas Comisiones definidas anteriormente tendrán la misma consideración. 1.7. Responsable de Calidad Asistencial del Centro: 1 punto por año, hasta un máximo de 5 puntos. Se acreditarán mediante la presentación de la certificación firmada por el Director Asistencial, y en la que conste expresamente la actividad que ha desempeñado como responsable de la misma.