Anuncio 2024/76-9 publicado el día 19-04-2024 en Boletín Oficial Junta de Andalucía (2024/76).

Autoridades y personal. . Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio Director/a de Unidad de Gestión Clínica de Antequera Estación en el Área de Gestión Sanitaria Norte de Málaga.


1 / 2

... deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por personal funcionario de ... los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme ... el Anexo I que regirán la presente convocatoria. La persona aspirante se responsabilizará de ...

Contenido de la página 4
Número 76 - Viernes, 19 de abril de 2024 página 43367/4 celebrados por la Unión Europea y ratificados por España el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, documentos que deberán estar en vigor. 3.2.2. Titulación requerida para el acceso. a) Formación académica. Las titulaciones académicas se acreditarán con el título expedido por el Ministerio competente en materia de Educación o de la correspondiente Universidad. Se admitirá la justificación acreditativa de haberlo solicitado, acreditando el abono de los correspondientes derechos para su obtención. En el supuesto de titulaciones obtenidas fuera de España, deberá aportarse la credencial de reconocimiento, homologación o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en materia de Educación español. b) Formación especializada. Se acreditará con el título de especialista en Ciencias de la Salud correspondiente, expedido por el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de cualquier otro país siempre que se acompañe el reconocimiento y/o homologación emitida por el citado Ministerio. Se admitirá la justificación acreditativa de haberlo solicitado, acreditando el abonando los correspondientes derechos para su obtención. 3.2.3. Estar previamente vinculada al Sistema Nacional de Salud. Se acreditará mediante el nombramiento, en el que conste la diligencia de toma de posesión, o diligencia de la última toma de posesión, que acredite su condición de personal como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculación clínica; o bien como personal funcionario o personal estatutario interino, siempre que su nombramiento temporal de interinidad se deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo. 3.2.4. Declaración responsable de no haber sido separada del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española. 3.2.5. Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales dependiente del Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor del Registro Central de Delincuentes Sexuales. 3.2.6. Acreditación del curso específico de prevención de riesgos laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios contemplado en el apartado 2.8. 3.2.7. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento. 3.3. La acreditación de los méritos valorables alegados se realizará de acuerdo con el baremo de méritos, contenidos en el Anexo I que regirán la presente convocatoria. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos anexados. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, no se admitirá a efectos de su valoración en este proceso ningún mérito que no hubiera sido presentado electrónicamente en la forma y plazo. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300316 BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
2 / 2

... normalizado de recursos en vía administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de ... tendrá asignadas las funciones que se detallan en el Anexo II de la convocatoria. ANEXO I 1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos). 1.1. ...

Contenido de la página 8
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 76 - Viernes, 19 de abril de 2024 página 43367/8 7.2. La Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará resolución provisional, que será publicada en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones de anuncios de dicho Centro. 7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar alegaciones. 7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará resolución definitiva del concurso y se procederá al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará publicidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de Personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados. Para realizar dicho recurso la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). 8. Funciones a desarrollar. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona designada realizará, además, las funciones asistenciales propias de su categoría, las funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de los equipos de trabajo de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones necesarias conducentes a la consecución de las metas, objetivos y resultados establecidos por la Consejería competente en materia de Salud, asignados al Servicio Andaluz de Salud a través del contrato programa previsto en las leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan. Así mismo, de conformidad con el art. 25.3 del Decreto 197/2007, además de las funciones asistenciales propias de su categoría profesional, la persona titular de la Dirección de la Unidad de Gestión Clínica tendrá asignadas las funciones que se detallan en el Anexo II de la convocatoria. ANEXO I 1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos). 1.1. Experiencia profesional. 1.1.1. La experiencia en el desempeño de Dirección de Unidades de Gestión Clínica (UGC), Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección, Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería, mediante concurso público, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año hasta un máximo de 10 puntos. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00300316 BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES: