Anuncio BOP-2024-2096 publicado el día 19-04-2024 en Boletín Diputación Cáceres (5548).

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. BOP-2024-2096 Convocatoria pruebas selectivas para la constitución una bolsa de trabajo para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, del puesto de trabajo de Secretario/a-Interventor/a.


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Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Serrejón ANUNCIO. Convocatoria pruebas selectivas para la constitución una bolsa de trabajo para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, del puesto de trabajo de Secretario/a-Interventor/a. La Junta de Gobierno Local con fecha 17 de abril de 2024, ha acordado convocar pruebas selectivas para la constitución una bolsa de trabajo para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, del puesto de trabajo de Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento de Serrejón, aprobando las bases que se insertan a continuación, que rigen la convocatoria: BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SERREJÓN (CÁCERES). El Ayuntamiento de Serrejón, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del DECRETO 162/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selección y nombramientos con carácter interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, procede a la convocatoria pública de pruebas selectivas con sujeción a las siguientes: B A S E S: 1. Objeto de la convocatoria. Convocar pruebas selectivas para constituir una bolsa de trabajo para la provisión temporal del puesto de trabajo de Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento de Serrejón cuando se origine alguna situación que pudiera dar lugar a la cobertura del referido puesto mediante nombramiento interino. Características del puesto siguiente puesto de trabajo: CVE: BOP-2024-2096 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 19 de abril de 2024 N.º 0076 Pág. 9186
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... desde que finalice el proceso selectivo, se dictará Resolución por la alcaldesa por la que se apruebe la Bolsa de trabajo, junto con la ... e indemnizaciones. 9. Impugnación de la convocatoria. La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y ...

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previo examen de las mismas, adoptará el acuerdo que corresponda y hará pública en la Sede electrónica, la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación y lo elevará a la alcaldesa- presidenta de la Corporación. En el plazo máximo de un mes desde que finalice el proceso selectivo, se dictará Resolución por la alcaldesa por la que se apruebe la Bolsa de trabajo, junto con la relación de aspirantes que la integran, ordenados por orden de puntuación. La interposición de reclamaciones o recursos en contra de la propuesta del Tribunal o de la resolución de la alcaldía no tendrá efectos suspensivos para la tramitación del expediente y la aprobación dela bolsa de trabajo y, en su caso, nombramiento y toma de posesión del candidato seleccionado. 8. Indemnizaciones por asistencia. Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con arreglo a la categoría 1.ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del Servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones. 9. Impugnación de la convocatoria. La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 10. Vigencia de la bolsa de trabajo La bolsa de trabajo que se constituye mediante estas bases tendrá una vigencia máxima de cuatro años, salvo que antes de la finalización de dicho plazo se constituyera una nueva bolsa de trabajo que le sustituya. 11. Gestión y Funcionamiento de la bolsa de trabajo. 11.1 La inclusión en la bolsa de trabajo, hasta tanto no se produzca la toma de posesión, no genera derecho alguno, salvo el de poder ofertar a sus integrantes el puesto de trabajo para su nombramiento con carácter interino, 11.2 Cuando se origine la necesidad de cubrir el puesto de Secretario-Interventor, y no pudiera hacerse por alguna de la forma de provisión establecida en los artículos 49, 50 y 51 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se ofertará, mediante CVE: BOP-2024-2096 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 19 de abril de 2024 N.º 0076 Pág. 9194
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... .1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los aspirantes manifestarán que reúnen ... en que habrá de realizarse el ejercicio de selección. La convocatoria para el ejercicio deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho ...

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4. Solicitudes. 4.1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en las que los aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base 2, se dirigirán a la Alcaldía- Presidencia, presentándose de forma electrónica en el Registro General del Ayuntamiento de SERREJÓN, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias se ajustarán al modelo de solicitud del anexo I. 4.2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales computados desde el siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. 4.3. Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante. b) Copia de la titulación exigida. d) Copias de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes. 5. Admisión de aspirantes. 5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de como máximo un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento : https://serrejon.sedelectronica.es/info.0 otorgándose un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión. 5.2 Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento. Se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el ejercicio de selección. La convocatoria para el ejercicio deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Igualmente en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal. CVE: BOP-2024-2096 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 19 de abril de 2024 N.º 0076 Pág. 9190