Anuncio BOCM-20240418-10 publicado el día 18-04-2024 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20240418-92).

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD Puesto interino –  Orden 616/2024, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan, para su cobertura interina, dos puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera


1 / 4

... puestos de trabajo se encuentran vacantes y vinculados a oferta de empleo público. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, a partir de esta convocatoria se constituirá lista de espera ... Públicas y ... convocatoria ...

Contenido de la página 1
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 92 JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 10 ORDEN 616/2024, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan, para su cobertura interina, dos puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería y se prevé la constitución de lista de espera. El Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, establece, en su artículo 9, que se podrán efectuar convocatorias para la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a Cuerpos, Escalas y Especialidades respecto de los que no se hubiere formado lista de espera surgida de los procesos selectivos de acceso a la función pública autonómica, o la misma se hubiese agotado y no exista posibilidad de acudir a las correspondientes bolsas de espera de personal laboral temporal, ni a otras listas de espera formadas a partir de convocatorias específicas para la selección de funcionarios interinos. En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Consejería DISPONE Primero Objeto de la convocatoria 1. Se convocan para su cobertura interina los puestos de trabajo que se detallan en el Anexo a la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid. Los puestos de trabajo se encuentran vacantes y vinculados a oferta de empleo público. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, a partir de esta convocatoria se constituirá lista de espera del Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, para el nombramiento de funcionarios interinos en la Consejería convocante, en los términos que se indican en el apartado noveno. Segundo 1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos. 2. Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid, dentro de los siete días hábiles siguientes al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Orden, y se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad. 3. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. BOCM-20240418-10 Solicitudes, plazo y lugar de presentación
2 / 4

... puestos de trabajo ... Lista de espera 1. La lista de espera a ... Dicha lista de espera, cuya ... puestos de trabajo de idénticas características, entendiéndose por tales el nivel de complemento de destino, complemento específico y méritos valorados. 3. La lista de espera ...

Contenido de la página 3
BOCM B.O.C.M. Núm. 92 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 Pág. 39 No podrán adjudicarse puestos de trabajo a aquellos aspirantes que previamente hayan resultado adjudicatarios de otros correspondientes al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad, que tengan asignado un nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto convocado. Previamente a la adjudicación definitiva se comprobará el cumplimiento de este requisito a través de la Dirección General de Recursos Humanos. 2. Si el candidato que resultase adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, la Consejería de Sanidad dictará nueva resolución adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación, procediendo a dictar, en su caso, tantas resoluciones como sean necesarias hasta la efectiva cobertura del puesto convocado. Sexto Renuncia En caso de que el candidato que resulte adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino o, una vez nombrado, no tomase posesión del mismo en el plazo establecido al efecto, en los términos señalados en el apartado anterior, no podrá ser nombrado nuevamente funcionario interino de la Comunidad de Madrid durante los doce meses siguientes a dicha renuncia, salvo que se justifique debidamente la concurrencia de alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 7.2 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. Séptimo Nombramiento Los nombramientos serán efectuados por el Consejero de Sanidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.1 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. Octavo Temporalidad del nombramiento Los nombramientos de funcionarios interinos tendrán carácter temporal, extinguiéndose la relación de servicios en los supuestos contemplados en los apartados 3 y 4 del artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Noveno Lista de espera 1. La lista de espera a la que se hace referencia en el apartado Primero se confeccionarán con los aspirantes que superen o igualen el nivel mínimo suficiente fijado por el Tribunal para acreditar su idoneidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, salvo que el interesado haya aportado junto con la solicitud manifestación expresa de su voluntad en contrario. 2. Dicha lista de espera, cuya vigencia se mantendrá hasta la aprobación de la nueva lista surgida de las pruebas selectivas a que se refiere el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, serán utilizadas a efectos de la selección de funcionarios interinos del correspondiente Cuerpo, Escala y Especialidad para la cobertura por la Consejería convocante de puestos de trabajo de idénticas características, entendiéndose por tales el nivel de complemento de destino, complemento específico y méritos valorados. 3. La lista de espera será aprobada y gestionada por la Consejería convocante, que ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Décimo Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Undécimo Recursos Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Sanidad, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de BOCM-20240418-10 Efectos de la Orden
3 / 4

... deberán indicarse, en su caso, los números del puesto de trabajo que se solicitan, por orden de preferencia, así ... el puesto de trabajo convocado como para integrar la lista de espera ... , para el desempeño de los puestos de trabajo, el titular de la Consejería ...

Contenido de la página 2
BOCM Pág. 38 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 B.O.C.M. Núm. 92 4. En la solicitud deberán indicarse, en su caso, los números del puesto de trabajo que se solicitan, por orden de preferencia, así como su denominación. 5. Junto a la solicitud deberá adjuntarse copia del DNI, de la titulación académica exigida para acceder al Cuerpo, Escala y Especialidad correspondiente (Licenciado o Grado en Medicina) y de la documentación acreditativa de los méritos valorables, incluyendo, en su caso, certificados de servicios prestados en cualquier Administración Pública, contratos, informe de vida laboral, cursos realizados y otros méritos susceptibles de ser valorados. En ningún caso podrán valorarse méritos que no hayan sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias. 6. En cumplimiento del artículo 87.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, el personal interino deberá reunir las condiciones exigidas para el ingreso en el Grupo y Cuerpo al que corresponda la plaza convocada. Por tanto, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino, los siguientes requisitos generales de participación: a) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o, en su caso, de la edad máxima que se establezca por razón de las características especiales del cuerpo, escala o especialidad a la que se pretende acceder. b) Tener nacionalidad española, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los Nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre). Tercero Tribunal de Selección De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y en la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 50/2001, de 6 de abril, el Tribunal de Selección es el que figura en la Resolución 152/2024, de 22 de marzo, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad. Cuarto Procedimiento 1. La selección de los aspirantes, tanto para cubrir el puesto de trabajo convocado como para integrar la lista de espera correspondiente, se realizará con arreglo al baremo que figura en el Anexo. 2. Los empates serán dirimidos de acuerdo con los criterios establecidos por el Tribunal con carácter previo a la baremación, conforme al artículo 12.7 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. 3. Finalizada la baremación, el Tribunal de Selección publicará, en los tablones de anuncios de la Consejería de Sanidad y en la página web de la Comunidad de Madrid, la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida. 4. Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para formular, telemáticamente, las alegaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 82.2 en relación con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Adjudicación 1. Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal de Selección formalizará la lista definitiva incluyendo la puntuación obtenida y la elevará al órgano competente para resolver la adjudicación. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo, Escala o Especialidad de que se trate o, en su caso, para el desempeño de los puestos de trabajo, el titular de la Consejería dictará la resolución de adjudicación de los puestos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. BOCM-20240418-10 Quinto
4 / 4

... OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 Pág. 41 LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIOS INTERINOS Unidad Orgánica Grupo ENTE PÚBLICO SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD UNIDAD FUNCIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN ...

Contenido de la página 5
BOCM B.O.C.M. Núm. 92 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 Pág. 41 LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIOS INTERINOS Unidad Orgánica Grupo ENTE PÚBLICO SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD UNIDAD FUNCIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD DIRECCION GENERAL ASEGURAMIENTO, ADECUACIÓN Y SUPERVISIÓN SANITARIA DIVISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE CENTROS DE GESTIÓN INDIRECTA 79280 INSPECTOR Localidad........: Madrid Turno/Jornada: MAÑANA A NCD Específico 25 11.859,24 Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad COMUNIDAD DE MADRID SUPERIOR DE INSPECCIÓN SANITARIA MÉDICOS DE INSPECCIÓN SANITARIA Unidad Orgánica Grupo ENTE PÚBLICO SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD UNIDAD FUNCIONAL ÓRGANO DE DIRECCIÓN DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD DIRECCION GENERAL ASEGURAMIENTO, ADECUACIÓN Y SUPERVISIÓN SANITARIA DIVISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE CENTROS DE GESTIÓN INDIRECTA 79281 INSPECTOR Localidad........: Madrid Turno/Jornada: MAÑANA A NCD Específico 25 11.859,24 Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad 2 2 1 1 1 1 Admon COMUNIDAD DE MADRID SUPERIOR DE INSPECCIÓN SANITARIA MÉDICOS DE INSPECCIÓN SANITARIA E MERITOS FORMACIÓN DE POSTGRADO EN GESTIÓN SANITARIA. EXPERIENCIA EN GESTIÓN SANITARIA DE CENTROS PÚBLICOS ASÍ COMO EN CENTROS EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN O CONCIERTO EN EL SERVICIO PÚBLICO. EXPERIENCIA EN AUDITORÍA Y EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. FORMACIÓN EN MATERIA DE CODIFICACIÓN (CIE-9; CIE-10), ESTADÍSTICA Y CONTABILIDAD ANALÍTICA. EXPERIENCIA Y FORMACIÓN EN EL MANEJO DE LOS PROGRAMAS OFIMÁTICOS DE USO EN LA COMUNIDAD DE MADRID, QUE DEBERÁN SER DETALLADOS. FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA VÍA MIR. (03/5.351/24) http://www.bocm.es E MERITOS FORMACIÓN DE POSTGRADO EN GESTIÓN SANITARIA. EXPERIENCIA EN GESTIÓN SANITARIA DE CENTROS PÚBLICOS ASÍ COMO EN CENTROS EN RÉGIMEN DE CONCESIÓN O CONCIERTO EN EL SERVICIO PÚBLICO. EXPERIENCIA EN AUDITORÍA Y EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. FORMACIÓN EN MATERIA DE CODIFICACIÓN (CIE-9; CIE-10), ESTADÍSTICA Y CONTABILIDAD ANALÍTICA. EXPERIENCIA Y FORMACIÓN EN EL MANEJO DE LOS PROGRAMAS OFIMÁTICOS DE USO EN LA COMUNIDAD DE MADRID, QUE DEBERÁN SER DETALLADOS. FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA VÍA MIR. Puesto/Denominación Admon BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 2 2 1 1 1 1 BOCM-20240418-10 Puesto/Denominación