Anuncio BOCM-20240418-9 publicado el día 18-04-2024 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20240418-92).

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría personal de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área D), de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas, y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición


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... y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 9 RESOLUCIÓN de 11 de abril de ... de empleo temporal del ... Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD ... de estabilización de empleo temporal del personal ... servicios/empleo/tecnico ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 92 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 Pág. 33 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 9 RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría personal de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área D), de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas, y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición. Mediante Orden 448/2021, de 14 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 257, de 28 de octubre), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área D) de la Comunidad de Madrid. Posteriormente, mediante Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 40, de 16 de febrero), fueron aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las señaladas pruebas, y publicada la relación provisional de personas aspirantes excluidas en las mismas. Igualmente, por Resolución de 16 de febrero de 2024, del indicado centro directivo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 50, de 28 de febrero), se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de referencia, modificada mediante Resolución de 29 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 64, de 15 de marzo. En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, y de conformidad con lo establecido en la base quinta de la aludida Orden 448/2021, de 14 de octubre, así como de acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuarto de la base novena de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas RESUELVE Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las citadas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la Sede electrónica de la Comunidad de Madrid, al cual se puede acceder desde el siguiente enlace: https://sede.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&estado_pendiente%5B1%5D=1&estado_plazo%5B1%5d=1&estado_tramitacion%5B1%5D=1 Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-auxiliar-area-d-estabilizacion Segundo Publicar, como Anexo a esta Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en las referidas pruebas selectivas. BOCM-20240418-9 Primero
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... del abono de la misma, según lo establecido en la Orden de convocatoria J No acreditar el derecho a la exención total o parcial de ... de ejemplo, los siguientes: • Justificante de demanda de empleo o documento acreditativo de alta y renovación de la demanda ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 36 JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 (1) B.O.C.M. Núm. 92 REQUISITO BASE 2.2 ORDEN 448/2021 CÓDIGO DESCRIPCIÓN T (Titulación) Aspirantes que en su solicitud han declarado estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, FP I o Formación Profesional de Grado Medio. Se incluye en este apartado a los aspirantes que marcaron afirmativamente en su instancia tanto la opción de poseer la citada titulación académica como la opción de poseer la experiencias sustitutoria de la misma (base 2.2 de la Orden 448/2021). E (Experiencia sustitutoria de la titulación) Aspirantes que en su solicitud de admisión han declarado poseer una antigüedad de, al menos 3 años de experiencia profesional en la misma categoría o similar. CAUSAS DE EXCLUSIÓN (*) G No formalizar correctamente la autorización para la presentación de la solicitud, no siendo válidas las declaraciones efectuadas por el presentador en nombre de la persona solicitante I No acreditar el pago íntegro de la tasa correspondiente por derechos de examen y/o la exención parcial o total del abono de la misma, según lo establecido en la Orden de convocatoria J No acreditar el derecho a la exención total o parcial de la tasa por derechos de examen (*) Z No figurar en la relación provisional de aspirantes admitidos ni en la de excluidos Esta causa de exclusión incluye, entre otros supuestos, el de haber presentado documentos que no acreditan de forma fehaciente el período mínimo ININTERRUMPIDO de permanecer inscrito en situación de desempleo DURANTE AL MENOS LOS 6 MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES a la fecha de publicación en el BOCM de la Orden de la convocatoria. A estos efectos, entre los documentos que no acreditan dichos extremos, se encuentran, a título de ejemplo, los siguientes: • Justificante de demanda de empleo o documento acreditativo de alta y renovación de la demanda (DARDE) · • Consulta de demanda de empleo o renovación de la misma. • Documentación relativa a la condición de perceptor o beneficiario de pensión o subsidio por desempleo. • Informe negativo de rechazos. • Informe de vida laboral BOCM-20240418-9 (03/5.587/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
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... parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para aquellas personas que superen las reseñadas pruebas selectivas, tal y ...

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BOCM Pág. 34 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 B.O.C.M. Núm. 92 Tercero La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas a las expresadas pruebas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para aquellas personas que superen las reseñadas pruebas selectivas, tal y como se establece en los apartados segundo y cuarto de la base novena de la Orden 448/2021, de 14 de octubre. Cuarto Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará, según lo acordado por el Tribunal Calificador de las mencionadas pruebas, el día 11 de mayo de 2024, a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Ingeniería y Diseño Industrial, Ronda de Valencia, número 3, 28012 Madrid. Dicho ejercicio se desarrollará conforme a lo determinado en el apartado cuarto de la base séptima de la ya reiterada Orden 448/2021, de 14 de octubre. El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan a aquel, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el señalado Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto. Quinto No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a las aludidas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución. Asimismo, las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso al examen a las que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección. Durante el desarrollo del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente o teléfono móvil. Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro. Sexto Se hará pública, a través de los medios indicados en el apartado primero, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del ejercicio de la fase oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma y, en este último caso, se procederá a la notificación individualizada de las causas denegación. Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En Madrid a 11 de abril de 2024.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo. BOCM-20240418-9 Séptimo