Anuncio 02915/2023 publicado el día 29-05-2023 en Boletín Diputación Badajoz (100/2023).
Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). Modificación de las bases y convocatoria de tres plazas de Agente de Policía Local del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra Anuncio 2915/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra Fregenal de la Sierra (Badajoz) Anuncio 2915/2023 Modificación de las bases y convocatoria de tres plazas de Agente de Policía Local del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra BASES PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR TRES PLAZAS DE POLICÍA LOCAL (FUNCIONARIO/A DE CARRERA) POR OPOSICIÓN LIBRE - MODIFICADAS POR DECRETO DE LA ALCALDÍA DE FECHA 24 DE MAYO DE 2023 Por Decreto de la Alcaldía de fecha ocho de mayo de 2023, se aprobaron las bases de la convocatoria para cubrir tres plazas de Agente de Policía Local como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre. Habiéndose detectado algunas bases que podrían dar lugar a confusión y no habiéndose tenido en cuenta en su elaboración la Orden de 16 de febrero de 2023, que modifica el anexo III del Decreto 64/2022, de 8 de junio. En aras de proporcionar mayor seguridad al procedimiento selectivo. RESUELVO 1.º.- Modificar parcialmente las bases de la convocatoria para cubrir tres plazas de Agente de Policía Local como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre aprobada por decreto de fecha ocho de mayo de 2023, publicadas en el BOP de Badajoz número 96 de fecha 23 de mayo de 2023, dando nueva redacción a los apartados e y h de la base segunda; apartado c de la base 8.1; nueva redacción al anexo III Temario conforme a la redacción establecida en la Orden de 16 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases para las convocatorias de procesos selectivos por el sistema de oposición libre para la provisión de plazas de Agente de la Policía Local de Extremadura Siendo la nueva redacción de las bases una vez modificadas la siguiente. BASES GENERALES Y PROGRAMA POR LOS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA PARA PROVEER TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL (FUNCIONARIO DE CARRERA) MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN LIBRE, VACANTES EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE FREGENAL DE LA SIERRA. Primera. Oojeto de la convocatoria. 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de tres plazas de Agente de la Policía Local, correspondientes una a la oferta de empleo público de 2021, aprobada por decreto de la Alcaldía número 201 de 10 de julio de 2021, publicada en el DOE número 144 de 28 de julio de 2022, y las otras dos a la oferta de empleo público 2023, aprobada por Decreto de la Alcaldía número 30 de 25 de enero de 2023 publicada en el BOP número 20 Badajoz de fecha 30 de enero de 2023, ampliada por decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra de fecha 19 de abril de 2023 publicado en el BOP número 77 de 25 de abril 2023. 1.2. Las plazas convocadas se encuentran encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, categoría Agente, grupo C, subgrupo C-1, según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 12.3 del Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas- Marco de los Policías Locales de Extremadura. 1.3. El ingreso conllevará la adscripción a los correspondientes puestos de trabajo vacantes contemplados en la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario, con las características, condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a estas plazas. 1.4. Están dotada con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C-1 y demás retribuciones complementarias, asignadas al puesto al que se adscriba, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado. 1.5. Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será compatible el ejercicio de las BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 29 Ver menosContenido de la página 13
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra Anuncio 2915/2023 En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este formulario y demás que se adjuntan, serán incorporados, para su tratamiento en un fichero parcialmente automatizado. Asimismo. Se le informa que la recogida y tratamiento de datos tiene como finalidad la gestión del proceso selectivo especificado en la presente convocatoria. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Excmo. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz). Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra _____________________ ANEXO II PRUEBAS FÍSICAS (A REALIZAR POR EL ORDEN QUE SE RELACIONA) Las pruebas físicas, las marcas a superar y puntuaciones obtenidas serán las que se relacionan a continuación, distinguiendo en cada prueba entre hombres y mujeres y, dentro de cada grupo, por rango de edad, Las pruebas contenidas en el presente Anexo II se realizarán por el orden en que están relacionadas. Para cada una de las pruebas físicas las personas aspirantes dispondrán de dos intentos, siempre que el primero fuera declarado nulo por el Tribunal de Selección. La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del/de la aspirante. La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, eliminándose a quienes den positivo al consumo de dichas sustancias. Para la realización de la prueba, los opositores y opositoras deberán presentarse con atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del o de la aspirante del proceso selectivo. Quienes no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (en adelante ASPEX), a la superación de aquellas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la del resto de aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria. La incorporación a la ASPEX se realizará con las personas admitidas en la convocatoria en que supere las pruebas físicas. En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas. 1.ª Prueba: Potencia de tren superior (Lanzamiento de balón medicinal de 3 kg): Descripción. Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón. Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La persona aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura. El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto. No se levantarán los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento. Constituirán lanzamientos nulos, cuando la persona aspirante: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 13 de 29 Ver menosContenido de la página 7
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra Anuncio 2915/2023 Séptima. Procedimiento de selección. El procedimiento de selección, constará de dos fases de carácter eliminatorio: Una fase de oposición libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura, que incluirá un periodo de prácticas en el municipio respectivo. 7.1. Fase de oposición. Las pruebas a superar sucesivamente en esta fase, y que tienen carácter eliminatorio, serán las siguientes: a) Pruebas físicas: Estas pruebas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tienen por objetivo comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación de los y las aspirantes y, en todo caso, son las establecidas en el anexo II de esta convocatoria y que se desarrollarán como se indican en dicho anexo. Para poder participar en dichas pruebas, cada aspirante deberá aportar un certificado médico que acredite su aptitud para poder realizarlas y cuya validez no exceda de tres meses, tal y como se ha hecho constar en la base segunda, apartado g), relativa a los requisitos de los aspirantes. La no presentación de dicho certificado por los aspirantes, supondrá la imposibilidad de realización de dicha prueba, quedando desde ese momento, excluido del proceso selectivo. Las pruebas físicas podrán ser realizadas por personal externo al Ayuntamiento, de carácter técnico especializado en el área físico-deportiva. No obstante, se podrá contar con la colaboración y apoyo del personal deportivo del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, para la preparación y desarrollo de las pruebas. El personal o empresa especializada que realice las pruebas, emitirá un informe, a la vista del cual el Tribunal resolverá. Las aspirantes que no pudieran realizar la prueba o las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás quedando condicionado su ingreso en el Cuerpo de Policía Local a la superación de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá presentarse en el mismo momento de una inmediata segunda convocatoria. b) Prueba teórica: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de 60 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido para cada categoría en el Anexo III de esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización del mismo será de 120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. Se incluirán 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia. Si el Tribunal estimase de manera motivada anular alguna pregunta, bien porque está mal formulada, tener varias respuestas posibles, o cualquier otra circunstancia que se apreciada por el Tribunal o reclamada por alguno de los opositores, se sustituirá por la primera de las preguntas de reserva, y así sucesivamente si hubiese más anulaciones siguiendo el orden de las restantes preguntas de reserva. c) Prueba práctica: Consistirá en la resolución de uno o más supuestos relacionados con la parte específica del temario según el Anexo III de esta convocatoria. Los supuestos estarán guionizados por una serie de preguntas concretas a responder. Se tendrá en cuenta la ortografía, ortografía, redacción y capacidad de síntesis. Los criterios y su BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 7 de 29 Ver menosContenido de la página 3
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra Anuncio 2915/2023 funciones con el desempeño de ningún puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada Ley, ni actividad privada incompatible sujeta a reconocimiento de compatibilidad. 1.6. Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad de las policías locales de Extremadura, así como el Tribunal Único; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas-Marco de los Policías Locales de Extremadura, en todo lo que no contradiga al Decreto 64/2022; La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales; Decreto 201/ 1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura; Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Igualmente, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Y demás normativa que resulte de aplicación. Segunda. Requisitos de las personas aspirantes. De conformidad a lo señalado en el artículo 11 del Decreto 64/2022, de 8 de junio y artículo 48.1 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones: a) Tener nacionalidad española. b) Tener cumplidos 18 años. c) Estar en posesión de las titulaciones académicas exigibles correspondientes a los grupos de clasificación de la plaza convocada. Es decir, Título de Bachiller o equivalente o haber finalizado los estudios con el abono de los derechos correspondientes para la expedición del título. En el caso se aportar un título equivalente, debe acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación o cualquier otro órgano competente en la materia, que acredite la citada equivalencia. d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las aspirantes en estado de embarazo o parto. e) No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio de una Administración Pública, hallarse inhabilitada, o suspendida para el ejercicio de funciones públicas. Todo ello, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales y administrativas. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado. g) La aptitud física para realizar las pruebas establecidas en la convocatoria deberá acreditarse mediante certificado médico expedido en impreso oficial y firmado por facultativo colegiado en ejercicio, donde se hará constar que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran en la fase de oposición de esta convocatoria y a que se refiere el artículo 12.1-a) y anexo II del Decreto 64/2022. En cualquier caso, el certificado médico no excluye de las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico a que se refiere el artículo 12.1-e) y anexo I del Decreto 64/2022. El certificado médico debe estar expedido dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización de las pruebas físicas. Se presentará el mismo día en que se realicen las pruebas físicas. h) Estar en posesión del Permiso de conducir de las clases A2 y B. ambos vigentes el último día del plazo de presentación de solicitudes. Todos los demás requisitos precedentes deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo de presentación de instancias para solicitar tomar parte en la oposición, mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 3 de 29 Ver menos... aspirantes al proceso selectivo, sin perjuicio ... el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial ... Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE ... exclusión del proceso selectivo la ... la concurrencia al proceso selectivo que determine el ... Ver más