Anuncio 02913/2023 publicado el día 29-05-2023 en Boletín Diputación Badajoz (100/2023).
Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). Convocatoria de pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición-libre
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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Alange Alange (Badajoz) Anuncio 2913/2023 Convocatoria de pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición-libre ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE ALANGE, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE. En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por la presente, HE RESUELTO: Convocar pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición libre y con arreglo a las siguientes bases: BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALANGE Primera. Objeto de la convocatoria. 1.1. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de una plaza vacante en la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la escala administración especial, subescala servicios especiales, clase Policía Local, grupo C, subgrupo C1, prevista/s en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicha plaza estará dotada con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan, con arreglo a la legislación vigente del Ayuntamiento de Alange. En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo: el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación. 1.2. Características de la plaza. A la persona que finalmente resulte titular de la plaza convocada, le corresponderá las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. 1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 12 Ver menos... proceso selectivo. Las aspirantes que, habiendo superado la prueba de conocimiento y la prueba práctica, no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria ... convocatoria que ... convocatoria ... convocatoria ... la segunda convocatoria posterior a la ... Ver más
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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 incluirá un periodo de prácticas en el municipio respectivo. La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente orden: a) Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100 preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido para cada categoría en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. El tiempo máximo para la realización del mismo será de 120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia. b) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas, formuladas con varias respuestas alternativas cada una de ellas, en relación con uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección. La nota final de esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada supuesto, en el caso de plantear más de uno, siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota final mínima de cinco (5) puntos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la parte específica del programa incluido en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. c) Pruebas físicas: Estarán adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tendentes a comprobar, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Consistirán en la superación de las pruebas que se detallan en el anexo II, turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. Los aspirantes deberán ir provistos, y entregar antes del inicio de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en modelo oficial y firmado por una persona colegiada en ejercicio, que acredite su aptitud física y sanitaria para la realización de los mismos, tal y como se ha hecho constar en la base segunda, punto 1, apartado f), relativa a los requisitos de los aspirantes. La no presentación de dicho certificado supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando desde ese momento excluido del proceso selectivo. Las aspirantes que, habiendo superado la prueba de conocimiento y la prueba práctica, no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria, por embarazo o parto debidamente acreditados, realizarán la prueba psicotécnica. En caso de superar esta última, se le reservará las notas obtenidas en las dos primeras para una siguiente convocatoria que realice el mismo ayuntamiento, siempre que no se haya integrado en un proceso desarrollado a través del Tribunal Único. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria que efectúe ese ayuntamiento, siempre que no se haya integrado en un proceso desarrollado a través del Tribunal Único. En estos supuestos, tras la superación por la aspirante de la totalidad de las pruebas integrantes de la fase de oposición, se incorporará al curso selectivo de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, correspondiente a la convocatoria en la que finalmente haya superado las pruebas físicas junto con el reconocimiento médico, siempre que en la misma obtuviera plaza en relación con las notas obtenidas por el resto de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición. En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas. d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar por un lado la aptitud psicológica del aspirante; y por otro, la adecuación del mismo al perfil profesional del puesto de Policía Local. El Tribunal de Selección deberá haber aprobado, siempre con carácter previo a dicha prueba, tanto el contenido como los criterios de evaluación y superación de la misma. e) Reconocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas contenida en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, con el objeto de garantizar la idoneidad física del aspirante para el desempeño de la función policial. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 7 de 12 Ver menos... que, aunque superaron el proceso selectivo, no resultaron aprobados por ... de esta convocatoria, que ... tomar parte en la convocatoria. En este supuesto ... primera parte del proceso selectivo, las personas ... realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las retribuciones ... Ver más