Anuncio 02913/2023 publicado el día 29-05-2023 en Boletín Diputación Badajoz (100/2023).

Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). Convocatoria de pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición-libre


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... /2023 Convocatoria de pruebas ... -libre ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA ... convocatoria. 1.1. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de una plaza vacante ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Alange Alange (Badajoz) Anuncio 2913/2023 Convocatoria de pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición-libre ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DE ALANGE, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE. En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por la presente, HE RESUELTO: Convocar pruebas selectivas para proveer una plaza de Agente de la Policía Local de Alange, mediante el sistema de oposición libre y con arreglo a las siguientes bases: BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALANGE Primera. Objeto de la convocatoria. 1.1. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre, de una plaza vacante en la categoría de Agente del Cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la escala administración especial, subescala servicios especiales, clase Policía Local, grupo C, subgrupo C1, prevista/s en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicha plaza estará dotada con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan, con arreglo a la legislación vigente del Ayuntamiento de Alange. En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo: el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación. 1.2. Características de la plaza. A la persona que finalmente resulte titular de la plaza convocada, le corresponderá las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. 1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 12
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... proceso selectivo. Las aspirantes que, habiendo superado la prueba de conocimiento y la prueba práctica, no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria ... convocatoria que ... convocatoria ... convocatoria ... la segunda convocatoria posterior a la ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 incluirá un periodo de prácticas en el municipio respectivo. La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, a desarrollar por el siguiente orden: a) Prueba de conocimientos: Consistirá en la contestación por escrito de un examen tipo test de hasta 100 preguntas con varias respuestas cada una, de las que sólo una será la correcta, en relación con el temario establecido para cada categoría en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. El tiempo máximo para la realización del mismo será de 120 minutos. Cada tres preguntas erróneamente contestadas restarán una contestada correctamente. Las preguntas no contestadas no restarán respuestas correctas. El Tribunal de Selección incluirá 10 preguntas adicionales como reserva, haciéndolo constar así en el cuestionario, para el caso de anulación posterior de alguna de las anteriores, de manera que sólo serán tenidas en cuenta para el cómputo de la nota final a medida que se vaya produciendo esa circunstancia. b) Prueba práctica: Consistirá en contestar las preguntas, formuladas con varias respuestas alternativas cada una de ellas, en relación con uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal de Selección. La nota final de esta prueba vendrá determinada por la media aritmética de la suma de las notas obtenidas en cada supuesto, en el caso de plantear más de uno, siendo necesario para superar dicha prueba obtener una nota final mínima de cinco (5) puntos. Los supuestos prácticos versarán sobre materias de la parte específica del programa incluido en el anexo III, categoría de Agente de la Policía Local turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. c) Pruebas físicas: Estarán adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar, tendentes a comprobar, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Consistirán en la superación de las pruebas que se detallan en el anexo II, turno libre, del Decreto 64/2022, de 8 de junio. Los aspirantes deberán ir provistos, y entregar antes del inicio de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en modelo oficial y firmado por una persona colegiada en ejercicio, que acredite su aptitud física y sanitaria para la realización de los mismos, tal y como se ha hecho constar en la base segunda, punto 1, apartado f), relativa a los requisitos de los aspirantes. La no presentación de dicho certificado supondrá la imposibilidad de realización de la prueba, quedando desde ese momento excluido del proceso selectivo. Las aspirantes que, habiendo superado la prueba de conocimiento y la prueba práctica, no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria, por embarazo o parto debidamente acreditados, realizarán la prueba psicotécnica. En caso de superar esta última, se le reservará las notas obtenidas en las dos primeras para una siguiente convocatoria que realice el mismo ayuntamiento, siempre que no se haya integrado en un proceso desarrollado a través del Tribunal Único. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria que efectúe ese ayuntamiento, siempre que no se haya integrado en un proceso desarrollado a través del Tribunal Único. En estos supuestos, tras la superación por la aspirante de la totalidad de las pruebas integrantes de la fase de oposición, se incorporará al curso selectivo de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, correspondiente a la convocatoria en la que finalmente haya superado las pruebas físicas junto con el reconocimiento médico, siempre que en la misma obtuviera plaza en relación con las notas obtenidas por el resto de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición. En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas. d) Prueba psicotécnica: Consistirá en un cuestionario tipo test dirigido a determinar por un lado la aptitud psicológica del aspirante; y por otro, la adecuación del mismo al perfil profesional del puesto de Policía Local. El Tribunal de Selección deberá haber aprobado, siempre con carácter previo a dicha prueba, tanto el contenido como los criterios de evaluación y superación de la misma. e) Reconocimiento médico: Se realizará con sujeción al cuadro de exclusiones médicas contenida en el anexo I del Decreto 64/2022, de 8 de junio, con el objeto de garantizar la idoneidad física del aspirante para el desempeño de la función policial. El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 7 de 12
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... que, aunque superaron el proceso selectivo, no resultaron aprobados por ... de esta convocatoria, que ... tomar parte en la convocatoria. En este supuesto ... primera parte del proceso selectivo, las personas ... realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las retribuciones ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una lista de reserva con un número de los aspirantes que será, como mínimo, igual al de aprobados. En la lista de reserva figurarán aquellos que, aunque superaron el proceso selectivo, no resultaron aprobados por obtener una puntuación inferior a la de la última persona que obtuvo plaza. 8.3. Nombramiento como personal funcionario en prácticas: Con carácter previo a la fecha del inicio del curso selectivo en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, el Tribunal Calificador elevará la lista de personas seleccionadas al titular de la Alcaldía, a los efectos de proceder al nombramiento como personal funcionario en prácticas. Los nombramientos efectuados se comunicarán a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, para la organización del correspondiente curso selectivo de formación. En caso de renuncia, fallecimiento, falta de justificación de los requisitos para el nombramiento, incapacidad absoluta sobrevenida o concurrencia de cualquier otra causa que impida el nombramiento de un aspirante como personal funcionario en prácticas, o prive de eficacia al nombramiento ya realizado, el ayuntamiento comunicará esta circunstancia a la Academia de Seguridad Pública de Extremadura. Ésta sustituirá a la persona afectada por la primera que figure en la lista de reserva, siempre con anterioridad al inicio del correspondiente curso selectivo de formación. En los supuestos en que alguna persona sea eximida de realizar el curso selectivo de formación, por haberlo superado con anterioridad, y previa resolución expresa favorable dictada por la persona titular de la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales, se procederá directamente a realizar el nombramiento como funcionario de carrera, en la correspondiente categoría, en los términos señalados en la normativa vigente en materia de coordinación de policías locales de Extremadura. 8.4. Presentación de documentos. Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar en la Secretaría General del Ayuntamiento de Alange, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados y aprobadas, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, que no tuvieran obligación de presentar con anterioridad. Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este supuesto, la alcaldía formulará nombramiento a favor de la que le siguiera en puntuación, siempre que hubiera superado todos los ejercicios eliminatorios. Quienes tuvieran la condición de funcionario público no deberán justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio. Novena. Curso selectivo, nombramiento y toma de posesión. Finalizada la primera parte del proceso selectivo, las personas seleccionadas deberán superar un curso de formación en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura por un periodo mínimo de cinco meses, cuatro presenciales en dicho centro y uno de prácticas en el respectivo municipio. Durante el tiempo en que el aspirante se encuentre realizando el curso de formación, tendrá la consideración de agente en prácticas de la respectiva entidad local con los derechos y obligaciones inherentes a tal situación. Como funcionarios en prácticas, el alumnado del curso percibirá, por parte de la respectiva administración, una retribución equivalente al sueldo correspondiente al grupo de clasificación de la categoría en la que aspiran a ingresar, que se incrementará, si las prácticas se realizan desempeñando un puesto de trabajo, con las retribuciones complementarias asignadas a éste. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 9 de 12
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... publicación de la correspondiente convocatoria. Los miembros del ... el buen orden del proceso selectivo. 5.6. Publicidad ... de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado ... sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos en ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 Tribunales, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, no podrá formar parte de los tribunales el personal funcionario que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. 5.4. Normas de aplicación supletoria a los tribunales calificadores. En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura o en el Decreto 64/2022, de 8 de junio; se aplicará a los tribunales calificadores, lo dispuesto para los Órganos Colegiados en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, y, supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 5.5. Incidencias. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse, y adoptar las soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo. 5.6. Publicidad. La totalidad de acuerdos que adopte el Tribunal Calificador se insertarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alange https://sede.alange.es/. Sexta. Actuación de los aspirantes. El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas que no se puedan realizar conjuntamente, se determinará previamente al comienzo de cada una de ellas, mediante sorteo público. La resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes, así como el lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas deberá publicarse con una antelación de, al menos, quince días hábiles a dicho comienzo, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alange https://sede.alange.es/. Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, ni exceder de seis meses el tiempo total comprendido entre dicha publicación y la finalización de todos los ejercicios, salvo caso de fuerza mayor. No obstante, todas las pruebas deberán estar concluidas con antelación suficiente al inicio del curso selectivo a celebrar en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de dos días y un máximo de quince días hábiles. Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alange (https://sede.alange.es/). Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal motivadamente. La no presentación a cualquiera de las pruebas de la fase de la oposición, en el momento de ser llamadas, determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo. Séptima. Procedimiento de selección. Se efectuará por el procedimiento de oposición libre, que constará de dos fases de carácter eliminatorio: una de oposición libre y un curso selectivo a superar en la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura, que BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 6 de 12
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... proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión. Teniéndose éstos que acreditar tras la selección, del modo indicado en las bases de la convocatoria ... como requisito para la participación en del proceso selectivo. — Justificante de haber realizado el ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 El aspirante que finalmente sea nombrado funcionario de carrera en la plaza convocada, estará sometido desde el momento de su toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente. Igualmente, no podrá simultanear el desempeño de sus funciones con cualquier actividad remunerada pública o privada, debiendo cumplir con los deberes y obligaciones inherentes al puesto que dan derecho al percibo de las correspondientes retribuciones complementarias. Segunda. Requisitos de los aspirantes. 2.1. Requisitos: Para tomar parte en este procedimiento selectivo, los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos 18 años. c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Técnico o título académico equivalente o superior. d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles, para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones asignadas a las policías locales, con la excepción establecida para las personas aspirantes en estado de embarazo o parto. e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio de una Administración Pública, hallarse inhabilitado, o suspendido para el ejercicio de funciones públicas. Todo ello, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación de acuerdo con las normas penales y administrativas. f) Acreditar la aptitud física, mediante la presentación de un certificado médico extendido en modelo oficial y firmado por profesional colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias, y suficientes, para la realización de los ejercicios físicos que figuran especificados en la correspondiente fase de oposición. La presentación de este certificado, no excluirá, las comprobaciones posteriores que integran la prueba médica que forma parte del proceso de oposición. g) Estar en posesión del Permiso de conducir de las clases A2 y B, ambos vigentes el último día del plazo de presentación de solicitudes. 2.2. Tiempo de acreditación: Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos el día en que finalice el plazo de presentación de instancias para solicitar tomar parte en la oposición, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión. Teniéndose éstos que acreditar tras la selección, del modo indicado en las bases de la convocatoria. Tercera. Presentación de solicitudes. 3.1. Solicitudes: En las solicitudes, conforme al modelo publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alange, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos recogidos en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo, con lealtad al Rey, guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado. Junto con la solicitud, se acompañará: — Copia auténtica del título exigido como requisito para la participación en del proceso selectivo. — Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen. — Autorización expresa a la consulta por parte del órgano gestor, de los datos de identidad de la persona BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 3 de 12
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... en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ... de la Provincia. Además, el anuncio de convocatoria se publicará en el Diario Oficial de Extremadura ... solicitud publicado en la convocatoria, en tiempo y forma ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 solicitante en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI), salvo que se formule oposición expresa, en cuyo caso deberá presentar la documentación acreditativa oportuna. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a instancia de la persona interesada. 3.2. Formas y lugares de presentación de solicitudes: Las solicitudes de participación, dirigidas a la señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Alange, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Alange dentro del horario de atención al público, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Alange, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán además remitir a la dirección de correo electrónico del Ayuntamiento (ayuntamiento@alange.es), una copia de la solicitud presentada junto con el justificante de la presentación de la misma, en tiempo y forma. 3.3. Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles, a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), https://www.boe.es/, una vez publicadas las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Además, el anuncio de convocatoria se publicará en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), http://doe.juntaex.es/. La no presentación de la solicitud, en tiempo y forma, supondrá la exclusión de la persona aspirante. 3.4. Derechos de examen: De acuerdo con lo establecido en el artículo de la ordenanza reguladora de la tasa por derechos de examen aprobada por este Ayuntamiento (BOP de Badajoz número 112, de 14 de junio de 2022), los derechos de examen se fijan en la cantidad de 50,00 euros. Dicho importe se hará efectivo en el plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de las cuentas habilitadas por el ayuntamiento al efecto. En ningún caso, el pago de la tasa correspondiente por derecho de examen se considerará sustitutiva de la obligación de presentación del modelo de solicitud publicado en la convocatoria, en tiempo y forma. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante. Cuarta. Admisión de los candidatos. Una vez expirado el plazo de presentación de instancias, la alcaldesa dictará resolución en el plazo de dos meses, declarando aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios virtual del Ayuntamiento y en su sede electrónica https://sede.alange.es/, contendrá la relación alfabética de los y las aspirantes admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de éstas, concediendo un plazo de diez días hábiles para posibles reclamaciones. Éstas se presentarán conforme a lo establecido en la base tercera, apartado 3.2, para las solicitudes. Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, podrán manifestarlo en el mismo plazo y de la misma forma. Quienes dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 4 de 12
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... de la participación en el proceso selectivo. Dentro el plazo de ... a la correspondiente a la plaza objeto de convocatoria. En dicha composición se garantizará la paridad ... todas las fases y actos que integran el proceso selectivo, a excepción de aquellos en los que ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Dentro el plazo de quince días hábiles desde que finalice el de subsanación de errores y reclamaciones, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en la sede electrónica Ayuntamiento https://sede.alange.es/, la resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, tal como se establece en la base sexta. Junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se publicará la relación nominal de integrantes del Tribunal Calificador, así como la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio. Quinta. Tribunal Calificador. 5.1. Composición. El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido por: — Presidencia: Un funcionario del Ayuntamiento de Alange designado por la Alcaldesa o Concejal en quien delegue. — Vocalías: • Un funcionario de carrera designado por la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales. • Dos funcionarios de carrera designados por la Alcaldesa o Concejal en quien delegue del Ayuntamiento de Alange, de las que, al menos una de ellas, deberá tener la condición de Policía Local. • Secretaría: un funcionario de carrera designado por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Alange o Concejal en quien delegue. El Tribunal quedará integrado por igual número de personas titulares y suplentes, que serán designadas simultáneamente, conforme a los requisitos expresados con anterioridad. La composición del Tribunal será predominantemente por personal funcionario de carrera, debiendo pertenecer a un grupo de clasificación igual o superior a aquél en el que se integren las plazas convocadas. Además, en caso de tener la condición de Policía Local, deberán pertenecer a una categoría igual o superior a la correspondiente a la plaza objeto de convocatoria. En dicha composición se garantizará la paridad entre hombres y mujeres, conforme a lo dispuesto en el artículo 29, de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. A iniciativa de cada central sindical, de las que formen parte de la mesa de negociación de empleados públicos del Ayuntamiento convocante, podrá asistir una persona designada por aquéllas que actuará con voz, pero sin voto, en todas las fases y actos que integran el proceso selectivo, a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas antes de su realización. 5.2. Incorporación de personal asesor especialistas. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista, para todas o algunas de las pruebas, cuyo cometido se limitará a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto. 5.3. Causas de abstención y de prohibición de formar parte de los tribunales. Aquellas personas en quienes se dé alguna de las causas de abstención señaladas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de formar parte en los BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 5 de 12
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... delegue, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la presente convocatoria, un informe, a la vista del cual el tribunal resolverá. La ... su número pueda superar el de plazas objeto de esta convocatoria. 8.2. Relación de personas aprobadas. Terminada la ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 Octava. Calificación de las pruebas, relación de personas aprobadas y presentación de documentación. 8.1. Calificación de las pruebas: Todas las pruebas serán obligatorias para todos los aspirantes, y tendrán carácter eliminatorio. Para la realización de una prueba se precisa haber superado la anterior. El ejercicio de la prueba de conocimiento tipo test (a) se valorará de 0 a 10 puntos. Para superar la prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos, una vez aplicados los criterios de corrección expresados anteriormente en el apartado a) de la base séptima. El ejercicio de la prueba práctica tipo test (b) se valorará de 0 a 10 puntos. Para superar esta prueba se deberá obtener un mínimo de 5 puntos tras la aplicación de los criterios de corrección expresados anteriormente en el apartado b) de la base séptima. Para la valoración de las pruebas físicas, psicotécnicas, y médicas (c, d y e), se requerirán los servicios de personal especializado designado por la alcaldesa del Ayuntamiento de Alange o concejal en quien delegue, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la presente convocatoria, un informe, a la vista del cual el tribunal resolverá. La valoración de las pruebas físicas (c) se realizará conforme al baremo establecido para el turno libre contenido en el anexo II del Decreto 64/2022, de 8 de junio, debiendo alcanzarse las marcas mínimas establecidas. En caso contrario, el aspirante será calificado como no apto. Los resultados obtenidos en las pruebas en las que se utilicen hojas de respuestas normalizadas corresponderán con la lectura automatizada o manual que se realizará con una lectora óptica o manual de datos aplicada a la hoja u hojas de respuestas de cada aspirante. Para cumplimentar los datos y responder a las pruebas, cada aspirante deberá rellenar dichas hojas, siguiendo las instrucciones que se darán al comienzo de cada prueba y también deberán facilitarse por escrito, bien en hoja aparte o bien impresa en el reverso de las propias hojas de respuestas normalizadas. La valoración de las pruebas psicotécnicas y médicas (d y e) se calificarán, por el Tribunal, como apta o no apta. La puntuación total alcanzada por cada aspirante que haya superado la fase de oposición, determinará el orden de la clasificación definitiva. En caso de que dos o más aspirantes obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de desempate, y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán: 1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test. 2. Mayor puntuación en la prueba práctica. 3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test. 4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test. 5. Por último, y de persistir el empate, se dará preferencia a la candidatura del sexo con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura, cuándo éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad. Serán seleccionadas las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que su número pueda superar el de plazas objeto de esta convocatoria. 8.2. Relación de personas aprobadas. Terminada la calificación de los aspirantes aprobados, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá las seleccionadas, por orden decreciente de puntuación. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 8 de 12
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... superen la fase de oposición y asistan al curso selectivo, toda la regulación que del mismo se realice en las bases de convocatoria de los procesos unificados a través del Tribunal Único, salvo en lo relativo a la elección de plazas. La calificación definitiva ...

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Ayuntamiento de Alange Anuncio 2913/2023 Para el nombramiento definitivo como funcionario de carrera será condición indispensable que los aspirantes, realicen y superen este curso, quedando anulado el nombramiento en caso contrario. No obstante, y atendiendo a causas extraordinarias, los aspirantes declarados no aptos, podrán participar en un curso posterior, oída la junta de Profesores, y siempre que conste el informe favorable de la Dirección del Centro y la autorización del titular de la Dirección General competente en materia de Coordinación de Policías Locales. En cualquier caso, en los procesos de selección convocados por los ayuntamientos de Extremadura conforme a las presentes bases, le será de aplicación a los que superen la fase de oposición y asistan al curso selectivo, toda la regulación que del mismo se realice en las bases de convocatoria de los procesos unificados a través del Tribunal Único, salvo en lo relativo a la elección de plazas. La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la media aritmética de la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo impartido por la Academia de la Seguridad Pública de Extremadura. Décima. Nombramiento definitivo y toma de posesión. Una vez finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, la titular de la alcaldía, a la vista del aspirante que lo hayan superado, dictará resolución nombrándolo funcionario de carrera, publicándose dicho nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura, https://doe.juntaex.es El aspirante deberá tomar posesión de sus cargo en el plazo que se establezca para ello, que como máximo será de quince días. Si no lo hiciera, sin causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones, entendiéndose, asimismo, que renuncia a la plaza. En el indicado plazo, si procede, la persona nombrada deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el que vinieran desempeñando. En el acto de toma de posesión, el funcionario deberá prestar juramento o promesa de acuerdo con la formula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas. Undécima. Protección de datos de carácter personal. En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), los datos personales de los aspirantes serán incorporados a los ficheros automatizados del Ayuntamiento de Alange. La finalidad de dicha inclusión es la de ser utilizados para la gestión del personal en todos sus aspectos: formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos, salvo que indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos, mediante formulario de solicitud normalizado que le será facilitado por el ayuntamiento de Alange para el ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. Duodécima. Impugnación. Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación/publicación de la misma, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 10 de 12