Anuncio BOCM-20230324-21 publicado el día 24-03-2023 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20230324-71).

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD Puesto interino –  Orden 449/2023, de 13 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan, para su cobertura interina, dos puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería y se prevé la constitución de sendas listas de espera


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... . Ambos puestos de trabajo se encuentran vacantes y vinculados a oferta de empleo público. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, a partir de esta convocatoria se constituirá sendas listas de espera del Cuerpo ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 71 VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 Pág. 105 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 21 ORDEN 449/2023, de 13 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se convocan, para su cobertura interina, dos puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería y se prevé la constitución de sendas listas de espera. El Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, establece, en su artículo 9, que se podrán efectuar convocatorias para la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a Cuerpos, Escalas y Especialidades respecto de los que no se hubiere formado lista de espera surgida de los procesos selectivos de acceso a la función pública autonómica, o la misma se hubiese agotado y no exista posibilidad de acudir a las correspondientes bolsas de espera de personal laboral temporal, ni a otras listas de espera formadas a partir de convocatorias específicas para la selección de funcionarios interinos. En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Consejería DISPONE Primero Objeto de la convocatoria 1. Se convocan para su cobertura interina los puestos de trabajo que se detallan en el Anexo a la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid. Ambos puestos de trabajo se encuentran vacantes y vinculados a oferta de empleo público. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, a partir de esta convocatoria se constituirá sendas listas de espera del Cuerpo de Técnicos Superiores de Salud Pública, Escala de Veterinaria, para el nombramiento de funcionarios interinos en la Consejería convocante, en los términos que se indican en el apartado Noveno. Segundo 1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos. 2. Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid , dentro de los siete días hábiles siguientes al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Orden, y se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad. 3. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. BOCM-20230324-21 Solicitudes, plazo y lugar de presentación
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... , para el desempeño de los puestos de trabajo, el titular de la Consejería ... puestos de trabajo ... adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato ... Público. Noveno 1. Las listas de espera a las que se hace ... . 2. Dichas listas de espera, cuya vigencia se ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 71 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 Pág. 107 4. Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para formular, telemáticamente, las alegaciones que estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 82.2 en relación con el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quinto Adjudicación 1. Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal de Selección formalizará la lista definitiva incluyendo la puntuación obtenida y la elevará al órgano competente para resolver la adjudicación. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo, Escala o Especialidad de que se trate o, en su caso, para el desempeño de los puestos de trabajo, el titular de la Consejería dictará la resolución de adjudicación de los puestos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No podrán adjudicarse puestos de trabajo a aquellos aspirantes que previamente hayan resultado adjudicatarios de otros correspondientes al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad, que tengan asignado un nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto convocado. Previamente a la adjudicación definitiva se comprobará el cumplimiento de este requisito a través de la Dirección General de Recursos Humanos. 2. Si el candidato que resultase adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, la Consejería de Sanidad dictará nueva resolución adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación, procediendo a dictar, en su caso, tantas resoluciones como sean necesarias hasta la efectiva cobertura del puesto convocado. Sexto Renuncia En caso de que el candidato que resulte adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino o, una vez nombrado, no tomase posesión del mismo en el plazo establecido al efecto, en los términos señalados en el apartado anterior, no podrá ser nombrado nuevamente funcionario interino de la Comunidad de Madrid durante los doce meses siguientes a dicha renuncia, salvo que se justifique debidamente la concurrencia de alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 7.2 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. Séptimo Nombramiento Los nombramientos serán efectuados por el Consejero de Sanidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.1 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. Octavo Temporalidad del nombramiento Los nombramientos de funcionarios interinos tendrán carácter temporal, extinguiéndose la relación de servicios en los supuestos contemplados en los apartados 3 y 4 del artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Noveno 1. Las listas de espera a las que se hace referencia en el apartado Primero se confeccionarán con los aspirantes que superen o igualen el nivel mínimo suficiente fijado por el Tribunal para acreditar su idoneidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, salvo que el interesado haya aportado junto con la solicitud manifestación expresa de su voluntad en contrario. 2. Dichas listas de espera, cuya vigencia se mantendrá hasta la aprobación de la nueva lista surgida de las pruebas selectivas a que se refiere el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, serán utilizadas a efectos de la selección de funcionarios interinos del correspondiente Cuerpo, Escala y Especialidad para la cobertura por la Consejería convocante de BOCM-20230324-21 Lista de espera
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... En la solicitud deberán indicarse, en su caso, los números del puesto de trabajo que se solicitan, por orden de preferencia, así como su ... tanto para cubrir los puestos de trabajo convocados como para integrar las listas de espera correspondientes, se realizarán ...

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BOCM Pág. 106 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 71 4. En la solicitud deberán indicarse, en su caso, los números del puesto de trabajo que se solicitan, por orden de preferencia, así como su denominación. 5. Junto a la solicitud deberá adjuntarse copia del DNI, de la titulación académica exigida para acceder al Cuerpo, Escala y Especialidad correspondiente (licenciado o grado en veterinaria) y de la documentación acreditativa de los méritos valorables, incluyendo, en su caso, certificados de servicios prestados en cualquier Administración Pública, contratos, informe de vida laboral, cursos realizados y otros méritos susceptibles de ser valorados. En ningún caso podrán valorarse méritos que no hayan sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias. 6. En cumplimiento del artículo 87.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, el personal interino deberá reunir las condiciones exigidas para el ingreso en el Grupo y Cuerpo al que corresponda la plaza convocada. Por tanto, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino, los siguientes requisitos generales de participación: a) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o, en su caso, de la edad máxima que se establezca por razón de las características especiales del cuerpo, escala o especialidad a la que se pretende acceder. b) Tener la nacionalidad española. También podrán participar: — Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. — El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes, en los términos previstos en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Los aspirantes no residentes en España incluidos en este apartado deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se aleguen. — Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el citado Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. Los extranjeros incluidos en este apartado deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se aleguen. Tercero Tribunal de Selección De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y en la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 50/2001, de 6 de abril, el Tribunal de Selección es el que figura en la Resolución 167/2022, de 21 de febrero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad. Cuarto 1. La selección de los aspirantes, tanto para cubrir los puestos de trabajo convocados como para integrar las listas de espera correspondientes, se realizarán con arreglo a los baremos que figuran en el Anexo. 2. Los empates serán dirimidos de acuerdo con los criterios establecidos por el Tribunal con carácter previo a la baremación, conforme al artículo 12.7 del Decreto 50/2001, de 6 de abril. 3. Finalizada la baremación, el Tribunal de Selección publicará, en los tablones de anuncios de la Consejería de Sanidad y en la página web de la Comunidad de Madrid, la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida. BOCM-20230324-21 Procedimiento
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... DE 2023 B.O.C.M. Núm. 71 puestos de trabajo de idénticas características, entendiéndose por tales el nivel de complemento de destino, complemento específico y méritos valorados. 3. La lista de espera será aprobada y gestionada por la Consejería convocante ...

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BOCM Pág. 108 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 71 puestos de trabajo de idénticas características, entendiéndose por tales el nivel de complemento de destino, complemento específico y méritos valorados. 3. La lista de espera será aprobada y gestionada por la Consejería convocante, que ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Décimo Efectos de la Orden Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Undécimo Recursos BOCM-20230324-21 Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Sanidad, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dado en Madrid, a 13 de marzo de 2023.—El Consejero de Sanidad, por delegación mediante Orden 440/2022, de 28 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 78, de 1 de abril de 2022), el Secretario General Técnico, Antonio López Porto.
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... B.O.C.M. Núm. 71 VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 Pág. 109 LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIOS INTERINOS Unidad Orgánica Grupo CONSEJERIA SANIDAD VICECONSEJERIA ASISTENCIA SANITARIA Y SALUD PÚBLICA DIRECCION GENERAL ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 71 VIERNES 24 DE MARZO DE 2023 Pág. 109 LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIOS INTERINOS Unidad Orgánica Grupo CONSEJERIA SANIDAD VICECONSEJERIA ASISTENCIA SANITARIA Y SALUD PÚBLICA DIRECCION GENERAL SALUD PÚBLICA SUBDIRECCION GENERAL SEGURIDAD ALIMENTARIA Y SANIDAD AMBIENTAL AREA DE GESTION Y SEGURIDAD ALIMENTARIA SERVICIO GESTION Y SEGURIDAD ALIMENTARIA 800243 INSPECTOR VETERINARIO Localidad........: Madrid Turno/Jornada: MAÑANA A NCD Específico 24 15.061,80 Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad COMUNIDAD DE MADRID TÉCNICOS SUPERIORES DE SALUD PÚBLICA VETERINARIA 800467 DIRECTOR TECNICO SANITARIO Unidad Orgánica Grupo CONSEJERIA SANIDAD VICECONSEJERIA ASISTENCIA SANITARIA Y SALUD PÚBLICA DIRECCION GENERAL SALUD PÚBLICA SUBDIRECCION GENERAL SEGURIDAD ALIMENTARIA Y SANIDAD AMBIENTAL AREA DE GESTION Y SEGURIDAD ALIMENTARIA SERVICIO GESTION Y SEGURIDAD ALIMENTARIA UNIDAD DE MATADEROS ZONA BASICA B Localidad........: Madrid Turno/Jornada: FLEXIBLE A NCD Específico 25 16.980,60 Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad 3 1 1 2 1 Admon COMUNIDAD DE MADRID TÉCNICOS SUPERIORES DE SALUD PÚBLICA VETERINARIA E MERITOS EXPERIENCIA COMO VETERINARIO OFICIAL EJERCIENDO FUNCIONES DE CONTROL OFICIAL EN MATADEROS. EXPERIENCIA EN EL MANEJO DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA DE GESTIÓN DE MUESTRAS WEBLIMS. FORMACIÓN EN MATERIA DE CONTROL OFICIAL EN MATADEROS. FORMACIÓN EN HIGIENE ALIMENTARIA. HABER SUPERADO ALGÚN EXAMEN EN UNA PRUEBA SELECTIVA DE INGRESO A UN CUERPO DE FUNCIONARIOS QUE INCLUYA CONTROL OFICIAL EN MATADEROS. (03/4.393/23) http://www.bocm.es E MERITOS EXPERIENCIA EN EL CONTROL OFICIAL DE ALIMENTOS. EXPERIENCIA EN GESTIÓN DE ALERTAS, DENUNCIAS Y BROTES DE HIGIENE ALIMENTARIA Y EN SANIDAD AMBIENTAL. EXPERIENCIA EN AUDITORÍAS OFICIALES DE SISTEMAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA APPCC. FORMACIÓN EN HIGIENE ALIMENTARIA Y SANIDAD AMBIENTAL. HABER SUPERADO ALGÚN EXAMEN EN UNA PRUEBA SELECTIVA DE INGRESO A UN CUERPO DE FUNCIONARIOS QUE INCLUYA CONTROL OFICIAL EN HIGIENE ALIMENTARIA Y SANIDAD AMBIENTAL. Puesto/Denominación Admon BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 3 1 2 1 1 BOCM-20230324-21 Puesto/Denominación