Anuncio BOP-2023-1732 publicado el día 24-03-2023 en Boletín Diputación Cáceres (5284).

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. BOP-2023-1732 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante.


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... . 3. Como resultado del procedimiento de concurrencia competitiva se creará una lista de espera, a fin de cubrir las posibles vacantes que surjan hasta la nueva convocatoria. TÍTULO IV. MODALIDADES DE COMERCIO AMBULANTE CAPÍTULO I. Comercio en Mercadillos ...

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— Número de personas dependientes económicamente de las personas solicitantes, teniendo en cuenta que la puntuación contemplada en este apartado no debe ir en detrimento de la profesionalización de las personas comerciantes, ya que eso supondría un claro perjuicio para el colectivo de comerciantes ambulantes profesionales y para las propias personas consumidoras y usuarias. ARTÍCULO 17. Resolución 1. El plazo para resolver las solicitudes de autorización será de tres meses a contar desde el día siguiente al término del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin haberse notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud. 2. Las autorizaciones para el ejercicio del Comercio ambulante, serán concedidas por acuerdo del órgano municipal competente. 3. Como resultado del procedimiento de concurrencia competitiva se creará una lista de espera, a fin de cubrir las posibles vacantes que surjan hasta la nueva convocatoria. TÍTULO IV. MODALIDADES DE COMERCIO AMBULANTE CAPÍTULO I. Comercio en Mercadillos ARTÍCULO 18. Ubicación 1. Se denomina mercadillo a la venta ambulante o no sedentaria, realizada en puestos agrupados en un lugar fijo, previamente autorizado, de propiedad o titularidad pública, sin perjuicio de que la gama de productos ofertados sea múltiple, de bienes cotidianos y ocasionales, o especializada y limitada a un producto o gama de productos. 2. En los mercadillos, el Ayuntamiento puede reservar determinada zona o puestos a instituciones o asociaciones sin ánimo de lucro, para la exposición de sus actividades y productos. Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8937
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... por algunas de las causas señaladas pasarán a ser consideradas vacantes. TÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 14. Garantías ... venta ambulante o no sedentaria y para la cobertura de vacantes respetará, en todo caso, los principios de publicidad ...

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ARTÍCULO 13. Extinción de la Autorización 1. Las autorizaciones municipales para el ejercicio de la venta ambulante se extinguirán, previo procedimiento administrativo correspondiente, sin que causen derecho a indemnización alguna, por las siguientes causas: a) Término del plazo para el que se otorgó, salvo cuando se solicite y se conceda, en su caso, la prórroga de la autorización. b) Renuncia expresa de la persona titular. c) Por fallecimiento, incapacidad laboral, jubilación o disolución de la persona jurídica titular, sin perjuicio de su posibilidad de transmisión. 2. Las autorizaciones que se extingan por algunas de las causas señaladas pasarán a ser consideradas vacantes. TÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 14. Garantías del Procedimiento 1. Tal y como establece el artículo 6 de la Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura, el procedimiento para el otorgamiento de las autorizaciones entre las posibles personas candidatas para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria y para la cobertura de vacantes respetará, en todo caso, los principios de publicidad adecuada en todas sus fases, régimen de concurrencia competitiva, oficialidad, celeridad, igualdad, contradicción, neutralidad, antiformalismo y de responsabilidad de la Administración pública concedente y del personal a su servicio. 2. Los criterios para su adjudicación serán claros, sencillos, objetivos, detallando su forma de valoración y puntuación y predecibles, y podrán estar basados en razones tales como: a) La experiencia y formación profesional de la persona comerciante, especialmente en venta ambulante o no sedentaria, que se puede demostrar mediante certificado o informe emitido por los Ayuntamientos en los que ejerza o haya ejercido la actividad de venta ambulante, debiendo especificarse expresamente el tiempo de prestación de la actividad, mediante la vida laboral u otros medios válidos de prueba. Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8933
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... en el procedimiento de selección. 4. En caso de vacantes, el Ayuntamiento podrán ofertar, previo al proceso de adjudicación, ... de venta ambulante o no sedentaria. 6. Para el supuesto de convocatoria de los puestos a ocupar en este término municipal se hará, al ...

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b) La disponibilidad, por parte de la persona comerciante, de instalaciones adecuadas al desarrollo de la actividad comercial y al lugar autorizado para la venta ambulante. c) Estar en posesión de algún distintivo de calidad en materia de comercio ambulante. d) La participación de la persona solicitante en cursos, conferencias, jornadas u otras acciones formativas relacionadas con el comercio ambulante. e) Aportación de productos novedosos que incorporen algún elemento diferenciador y que supongan mayor variedad a la oferta actual de productos. f) La dificultad de acceso al mercado laboral de la persona solicitante. g) Que la persona solicitante sea mujer en los mercados en que se encuentre infrarrepresentada en cuanto titular de las autorizaciones. h) La defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias en cuanto a la variedad de la oferta comercial. 3. En ningún caso el procedimiento podrá exigir el deber de residencia en el municipio respectivo como requisito de participación, ni podrá considerarse esta circunstancia como un mérito que otorgue ventajas a la persona solicitante en el procedimiento de selección. 4. En caso de vacantes, el Ayuntamiento podrán ofertar, previo al proceso de adjudicación, el cambio de puesto a aquellas personas titulares de autorizaciones que así lo hubiesen solicitado. 5. El Ayuntamiento podrá reservar plazas disponibles en los mercados para ser adjudicadas a instituciones o asociaciones sin ánimo de lucro y a solicitantes en riesgo de exclusión social por su situación socioeconómica y familiar, siempre y cuando que estos últimos cumplan los requisitos para el ejercicio de la actividad comercial de venta ambulante o no sedentaria. 6. Para el supuesto de convocatoria de los puestos a ocupar en este término municipal se hará, al menos un mes antes de la adjudicación, mediante Resolución del órgano municipal competente, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, expuesta en el Tablón de Edictos y, en su caso, en la página web del Ayuntamiento. Si se dispusiese de los medios materiales y personales adecuados, se comunicaría también fehacientemente a todas las personas físicas o jurídicas que ejerzan el comercio ambulante en este término municipal. Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8934
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... laboral de aplicación, y que deberán constar, necesariamente, en la correspondiente autorización municipal. 4. Siempre que haya puestos vacantes o zonas libres, debe atenderse las solicitudes para ocupar dichos puestos o zonas, y en su caso, proceder al ...

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personas físicas que haya indicado el o la representante legal de la misma como titular y suplente, los cuales constarán, obligatoriamente, en la correspondiente autorización municipal, debiéndose cumplir la normativa laboral y mercantil de aplicación. No obstante, en caso de que la persona titular sea persona física, podrán hacer uso de la autorización, de forma ocasional y por causa debidamente justificada, los familiares de la misma para que le asistan en el ejercicio de su actividad, debiendo cumplir con la normativa laboral de aplicación, y que deberán constar, necesariamente, en la correspondiente autorización municipal. 4. Siempre que haya puestos vacantes o zonas libres, debe atenderse las solicitudes para ocupar dichos puestos o zonas, y en su caso, proceder al correspondiente procedimiento de concesión de autorizaciones valorando la cobertura existente de la oferta comercial a la que se dedique el solicitante. Para justificar esta circunstancia, será preceptivo informe de la Policía Local. ARTÍCULO 10. Modificación de la Autorización 1. Las personas titulares de las autorizaciones de la actividad de venta ambulante han de comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio de los datos o circunstancias que fueron tenidos en cuenta para conceder la autorización, en un plazo no superior a 15 días hábiles desde que se produjo la modificación o desde que se obtuvieron los documentos que acreditan dicho cambio. 2. Del mismo modo, las personas titulares de las autorizaciones de la actividad de venta ambulante pueden solicitar la modificación de dicha autorización cuando pretendan llevar a cabo un cambio de las condiciones del ejercicio de la venta ambulante no amparada o recogida en la actual autorización. ARTÍCULO 11. Transmisión de la Autorización 1. Las autorizaciones serán transmisibles, previa comunicación a la Administración, en el caso de fallecimiento, jubilación, enfermedad o incapacidad laboral, a familiares de primero y segundo grado de parentesco o causahabientes. 2. La transmisión únicamente facultará para la venta de la misma clase de artículos o productos conforme al epígrafe que aparece dado de alta en el Impuesto de Actividades Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8931
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Económicas a la persona titular cedente y la vigencia quedará limitada al periodo restante del plazo establecido en la autorización que se transmite. ARTÍCULO 12. Revocación de la Autorización 1. Las autorizaciones podrán ser revocadas por las siguientes causas: a) Cuando desaparezcan las circunstancias que dieron lugar a su otorgamiento. b) No presentar al órgano municipal competente, en el plazo razonable que establezcan, los documentos acreditativos de los datos aportados en la solicitud de la autorización o en la declaración responsable, que se le requieran como consecuencia de una comprobación o inspección, concediendo asimismo un plazo de subsanación. c) Por impago de la tasa a la que se esté obligado, durante dos meses consecutivos o tres alternos, previo requerimiento efectuado para su pago, en los términos que establezca el Ayuntamiento. En todo caso, se ofrecerá la posibilidad del aplazamiento y fraccionamiento de las deudas derivadas del pago de las tasas conforme a la normativa vigente. d) Como consecuencia de la imposición de una sanción por infracción grave o muy grave, que conlleve la revocación de la autorización. e) El no realizar la actividad comercial en la parcela autorizada durante cuatro faltas consecutivas o seis alternas, en un periodo de tres meses, en cualquiera de los espacios para los que tuviere autorización, sin previo conocimiento justificado ante el Ayuntamiento, exceptuando el período vacacional, en que cada titular tendrá un permiso de un mes anual. Entre las causas justificadas, se encontrará, entre otras, las inclemencias meteorológicas. 2. Las personas titulares de las autorizaciones en los supuestos de causa justificada podrán solicitar la excedencia en el ejercicio de la actividad comercial, poniéndolo en conocimiento de la delegación municipal competente con un antelación mínima de 15 días, por un plazo máximo de un año, sin obligación durante este tiempo de abonar la tasa correspondiente, pudiendo la delegación municipal competente disponer de dicho puesto en la forma que tenga por conveniente mientras dure la excedencia solicitada, sin pérdida de la titularidad de dicho puesto por parte de la persona solicitante. 3. Si una vez finalizado el plazo de excedencia la persona titular del puesto no ejercitase la actividad comercial quedará vacante el puesto y a disposición de la delegación municipal competente para su nueva adjudicación. Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8932
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... de su actividad en los dos años anteriores. 2. El plazo de presentación de las solicitudes será el que fije la correspondiente convocatoria, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma. 3. Para la valoración de los criterios recogidos en ...

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ARTÍCULO 15. Solicitudes y plazo de presentación 1. Las personas físicas o jurídicas que deseen ejercer las modalidades de comercio ambulante incluidas en esta Ordenanza, habrán de presentar su solicitud en el Registro del Ayuntamiento o a través de la ventanilla única. En la solicitud se hará constar lo siguiente: a) Nombre y apellidos o, en su caso, razón social del prestador, así como domicilio. b) Número de NIF, o CIF, en su caso, o documento acreditativo análogo expedido al prestador en el Estado miembro de la Unión Europea. c) El plazo de validez y el lugar o lugares en los que se pretende ejercer la actividad de venta ambulante o no sedentaria. d) En el caso de personas jurídicas, se hará constar también la referencia de la persona, empleado o socio que hará uso de la citada autorización, en su caso. e) Lugar, fecha y horario o, en su caso, mercado de periodicidad y ubicación fi ja para la que se solicita la autorización. f) Número de metros que se pretenden ocupar y emplazamiento exacto. g) Los productos autorizados para la venta. 2. Además de hacer constar los datos mencionados en el apartado anterior, la presentación de la solicitud requerirá a los prestadores la firma de una declaración responsable, en la que manifiesten, al menos, lo siguiente: a) El cumplimiento de los requisitos para ejercer la actividad de venta ambulante o no sedentaria. b) Que el prestador está en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad. En especial, que esté en posesión de los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos previstos en la presente Ordenanza. c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización. d) No haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores. 2. El plazo de presentación de las solicitudes será el que fije la correspondiente convocatoria, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma. 3. Para la valoración de los criterios recogidos en esta Ordenanza, será necesario aportar la documentación acreditativa. Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174 10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES) alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es www.malpartidadecaceres.es Cód. Validación: MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP Verificación: https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 23 CVE: BOP-2023-1732 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Viernes, 24 de marzo de 2023 N.º 0058 Pág. 8935