Anuncio BOE-A-2023-2709 publicado el día 01-02-2023 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2023-27).

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Premios. Orden HFP/83/2023, de 19 de enero, por la que se convocan el proceso de reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVI edición.


1 / 5

... difusión: publicación de la práctica, elaboración de guías, empleo de formatos de libre acceso, impacto en los medios ... la satisfacción de los ciudadanos-usuarios. Efectos en la economía y el empleo de la comunidad en la que opera la organización. Impacto en la ...

Contenido de la página 8
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 1 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 14707 c) Respuestas creativas e innovadoras frente a los retos planteados a la organización por la pandemia de COVID-19, incluidas aquellas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Para la valoración de dichas evidencias se tomarán en consideración los siguientes criterios de evaluación: 1. Creatividad y conocimiento: Aplicación de la creatividad y el conocimiento de las personas de la organización a la definición e implantación de: 1.1 Servicios públicos (o medios para su prestación) orientados a los ciudadanosusuarios y de carácter novedoso o sustantivamente mejorados respecto de los existentes. Asimismo, aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los ciudadanos-usuarios para la mejora de los servicios. Respuesta a las necesidades generadas por la pandemia de COVID-19. 1.2 Procesos internos de carácter novedoso o sustantivamente mejorado respecto de los existentes. Específicamente, medidas novedosas de reorganización del trabajo como consecuencia de la pandemia de COVID-19. 2. Transferibilidad y difusión: Capacidad de la práctica innovadora de ser aplicada o adaptada y compartida con otras organizaciones. Acciones de benchmarking, organizaciones que han reproducido la práctica, esfuerzo en la difusión: publicación de la práctica, elaboración de guías, empleo de formatos de libre acceso, impacto en los medios de comunicación. 3. Complejidad: Complejidad y magnitud del problema y de la práctica implantada para solucionarlo en términos de aspectos técnicos. Grado de complejidad añadido debido al entorno VUCA (volátil, incierto, cambiante y ambiguo), generado por la pandemia de COVID 19. 4. Eficacia: Grado de consecución de los objetivos perseguidos con la práctica innovadora. Grado de cumplimiento de los objetivos planteados en relación con los desafíos derivados de la pandemia de COVID-19. 5. Eficiencia: Aprendizaje destinado a la optimización de procesos y recursos financieros, tecnológicos y materiales. Coste beneficio/efectividad de la práctica. Cuantificación de los ahorros producidos. En su caso, retorno de la inversión. 6. Impacto: 6.1 En los ciudadanos-usuarios: Efectos de la práctica innovadora en los usuarios de los servicios o en otros grupos de interés. Magnitud de la población beneficiada, dentro de su ámbito de actuación. Beneficios obtenidos por los usuarios (tales como reducción de tiempos, trámites, costes, facilidad de uso, etc.). Repercusión en la mejora de la satisfacción de los ciudadanos-usuarios. Efectos en la economía y el empleo de la comunidad en la que opera la organización. Impacto en la consecución de avances ligados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030. 6.2 En la Administración: efectos de la práctica innovadora en los procesos de la organización o en otras organizaciones públicas, en las políticas o programas públicos en que se inscribe y en los planes, programas y resultados clave de la organización. Incorporación de los ODS a la estrategia y planificación de la organización. La práctica está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030. 7. Sostenibilidad: nivel de consolidación o institucionalización de la práctica innovadora en términos temporales, presupuestarios y de mantenimiento frente a cambios del entorno organizativo, institucional, político, económico, social o sanitario (COVID-19). cve: BOE-A-2023-2709 Verificable en https://www.boe.es Núm. 27
2 / 5

... 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de este Departamento. En su virtud, dispongo: Primero. Objeto. Convocatoria del Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVI edición. 1 ...

Contenido de la página 1
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 27 Miércoles 1 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 14700 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 2709 Orden HFP/83/2023, de 19 de enero, por la que se convocan el proceso de reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVI edición. La Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Reconocimiento del Marco General para la Mejora de la Calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, persigue dotar de coherencia interna y mejorar la capacidad de gestión de dicho programa, previendo en una norma conjunta las bases reguladoras para participar en sus dos subprogramas: 1) 2) Subprograma Reconocimiento a la Excelencia. Subprograma Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública. a) El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública. b) El Premio a la Innovación en la Gestión Pública. c) El Premio Ciudadanía. La Orden citada dispone que las solicitudes de participación en los subprogramas de Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública se convocarán anualmente por orden de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, cuyas competencias en esta materia asumió el Ministerio de Hacienda y Función Pública por Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de este Departamento. En su virtud, dispongo: Primero. Objeto. Convocatoria del Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVI edición. 1. Se convoca el Reconocimiento a la Excelencia en la Gestión Pública y el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. 2. Se convoca el Premio a la Innovación en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. 3. Se convoca el Premio Ciudadanía, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. Ámbito subjetivo de aplicación. De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, lo establecido en la presente Orden será aplicable a los órganos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las comunidades autónomas, y de las entidades que integran la Administración local y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Asimismo, será de aplicación a los organismos públicos y entidades de derecho público dependientes y vinculadas a todas ellas, y a las universidades públicas. Tercero. Tramitación electrónica. 1. Las solicitudes de participación se realizarán en la sede electrónica: https:// sede.administracionespublicas.gob.es/ cve: BOE-A-2023-2709 Verificable en https://www.boe.es Segundo.
3 / 5

... 18 de septiembre. Se hará pública la relación de organizaciones que hayan obtenido certificación de excelencia al amparo de esta convocatoria en: Sexto. Premio a la Excelencia en la Gestión Pública. 1. La Dirección General de Gobernanza Pública notificará a ...

Contenido de la página 3
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 27 Miércoles 1 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 14702 iii) Calendario: especificar las fechas de comienzo y finalización de la autoevaluación. iv) Puntuaciones obtenidas en las autoevaluaciones, tanto globales como desglosadas por criterios y subcriterios, para los Modelos EFQM y CAF y por ejes en el Modelo EVAM. v) Cualquier otra información de interés relacionada con la autoevaluación, como consultorías, asistencias técnicas u otros reconocimientos obtenidos. vi) Formulario EFQM /CAF o cuestionario EVAM cumplimentado. En cualquier caso, la organización deberá guardar otros registros detallados de la evaluación: por ejemplo, actas de reuniones celebradas durante la autoevaluación (incluyendo fecha de celebración, participantes y asuntos tratados), que deberán ponerse a disposición de la Dirección General de Gobernanza Pública por si fuera necesario. b) Memoria EFQM/CAF o Plan de Mejora EVAM: i) Para la certificación según el Modelo EFQM, o Modelo CAF, una Memoria descriptiva de la gestión y resultados de la organización, cuyas especificaciones se encuentran en el Anexo 1 de esta Orden. ii) Para cualquiera de los niveles del Modelo EVAM: un Plan de Mejora, según el formulario incluido en la «Guía del Programa de Reconocimiento». Los formatos en PDF para documentar la información mencionada pueden encontrarse en la «Guía del Programa de Reconocimiento»: https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/ reconocimiento.html 3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto, recibirán el 24 de marzo de 2023, como fecha límite, comunicación de su admisión, así como requerimiento para el pago del precio público al que se refiere el artículo 15 y la disposición transitoria segunda de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre por parte de la Dirección General de Gobernanza Pública. Si la solicitud no reúne los requisitos señalados, la Dirección General de Gobernanza Pública requerirá a la organización interesada para que, en un plazo de diez días hábiles siguientes, subsane la falta, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. La documentación presentada en la solicitud será evaluada conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. 5. La resolución certificando el nivel de excelencia por parte de la Dirección General de Gobernanza Pública se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. Se hará pública la relación de organizaciones que hayan obtenido certificación de excelencia al amparo de esta convocatoria en: Sexto. Premio a la Excelencia en la Gestión Pública. 1. La Dirección General de Gobernanza Pública notificará a las organizaciones que hayan sido certificadas conforme al artículo anterior con una puntuación superior a 400 puntos, y así lo hayan manifestado en su solicitud, su acceso a la segunda fase consistente en el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública. No podrán optar al Premio aquellas organizaciones que hayan sido ganadoras del mismo, no así de accésit o mención especial, en cualquiera de las tres convocatorias anteriores. cve: BOE-A-2023-2709 Verificable en https://www.boe.es https://funcionpublica.hacienda.gob.es/gobernanza-publica/calidad/reconocimiento/ certificaciones/organizaciones.html
4 / 5

... de producción de efectos de esta Orden. Décimo. Ordenación de los procesos. Las funciones de gestión de esta convocatoria serán desarrolladas por la Dirección General de Gobernanza Pública. Disposición adicional primera. Renovación de la certificación del ...

Contenido de la página 5
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 27 Miércoles 1 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 14704 3. Aquellas organizaciones que reúnan todas las condiciones de participación exigidas y hayan formalizado su solicitud en el plazo previsto recibirán el 24 de marzo de 2023, como fecha límite, comunicación de su admisión por parte de la Dirección General de Gobernanza Pública. Si la solicitud no reúne los requisitos señalados, la Dirección General de Gobernanza Pública requerirá a la organización interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. La evaluación de candidaturas admitidas y la concesión del Premio Ciudadanía, XVI edición, se efectuarán según los criterios recogidos en el Anexo 5 de esta Orden y de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. 5. La valoración y resolución del Premio se producirá conforme a lo previsto en el capítulo IV de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre. A tal efecto, por la persona titular de la Dirección General de Gobernanza Pública se designará un Jurado que estará constituido por un máximo de siete y un mínimo de cinco miembros. Noveno. Plazo de resolución. El plazo máximo para resolver los Premios será de seis meses desde la fecha de producción de efectos de esta Orden. Décimo. Ordenación de los procesos. Las funciones de gestión de esta convocatoria serán desarrolladas por la Dirección General de Gobernanza Pública. Disposición adicional primera. Renovación de la certificación del nivel de excelencia. 1. Las solicitudes de renovación de certificaciones del nivel de excelencia obtenidas tras la entrada en vigor de la Orden 967/2019, de 18 de septiembre y transcurridos tres años desde su concesión, se realizarán del modo indicado en el apartado Tercero de la presente Orden. 2. En la solicitud se anexará, en formato PDF, el «Plan de Mejora» con tres acciones de mejora relativas a otros tantos aspectos señalados como mejorables en el informe de retorno facilitado a la organización junto con la certificación. 3. La Dirección General de Gobernanza Pública verificará la consolidación del nivel de excelencia que se solicita renovar mediante la evaluación de la implementación de las tres acciones de mejora presentadas. Disposición adicional segunda. Jurado. De conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, y en función del número de candidaturas u otras circunstancias, podrá constituirse un Jurado conjunto, con un máximo de diez y un mínimo de siete miembros designados por la persona titular de la Dirección General de Gobernanza Pública para valorar varios de los Premios convocados. Efectos de la Orden. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 19 de enero de 2023.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, P.D. (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán. cve: BOE-A-2023-2709 Verificable en https://www.boe.es Disposición final única.
5 / 5

... la práctica. Esfuerzo difusor: publicación de la práctica, elaboración de guías, funcionamiento mediante plataformas abiertas que impulsen el empleo de formatos de libre acceso, impacto en los medios de comunicación. Niveles de éxito en la participación cívica ...

Contenido de la página 10
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 27 Miércoles 1 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 14709 Para la valoración de dichas evidencias se tomarán en consideración los siguientes criterios de evaluación: cve: BOE-A-2023-2709 Verificable en https://www.boe.es 1. Creatividad y conocimiento: aplicación de la creatividad y el conocimiento de las personas de la organización y de la sociedad civil al diseño e implantación de iniciativas que generen cambios en la relación con los ciudadanos, en la prestación de servicios o que introduzcan mejoras en la misma. Respuesta a las necesidades generadas por la pandemia de COVID-19. 2. Participación: participación de la ciudadanía y grupos de interés afectados en el diseño e implantación de la iniciativa. Medidas favorecedoras de la participación para buscar soluciones frente a la pandemia de COVID-19. 3. Transferibilidad y difusión: capacidad de la práctica de ser aplicada o adaptada y compartida con otras organizaciones. Acciones de benchmarking. Organizaciones que han reproducido la práctica. Esfuerzo difusor: publicación de la práctica, elaboración de guías, funcionamiento mediante plataformas abiertas que impulsen el empleo de formatos de libre acceso, impacto en los medios de comunicación. Niveles de éxito en la participación cívica en su contexto. 4. Complejidad y Colaboración: complejidad y magnitud del problema y de la práctica implantada: involucración de las distintas áreas o unidades de la organización, de los grupos de interés, de otras organizaciones públicas, entidades sociales o económicas. Grado de complejidad añadido debido al entorno VUCA (volátil, incierto, cambiante y ambiguo) 5. Eficacia y eficiencia: grado de consecución de los objetivos perseguidos con la práctica; aprendizaje destinado a la optimización de procesos y recursos. Grado de cumplimiento de los objetivos planteados en relación con los desafíos derivados de la pandemia de COVID-19. Aprendizaje destinado a la optimización de procesos y recursos financieros, tecnológicos y materiales. Coste beneficio/efectividad de la práctica. Cuantificación de los ahorros producidos. En su caso, retorno de la inversión. 6. Impacto: efectos de la práctica en la ciudadanía. Magnitud de la población beneficiada, beneficios obtenidos y repercusión en la mejora de la satisfacción de los ciudadanos. La práctica «contribuye al cumplimiento de los ODS» y «está integrada en» la Agenda 2030 a través de una serie de políticas palanca que aceleren el cumplimiento de dichos objetivos. 7. Sostenibilidad: nivel de consolidación o institucionalización de la práctica en términos temporales, presupuestarios y de mantenimiento frente a cambios del entorno organizativo, institucional, político, económico, social o sanitario (COVID-19). https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X