Anuncio BOE-A-2023-2582 publicado el día 31-01-2023 en Boletín Oficial del Estado (BOE-S-2023-26).
III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "PF Los Silos de 50,10 MWp/42,50 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Almenara de Adaja, Bocigas y Olmedo (Valladolid)".
2 páginas con tu búsqueda
... . En estas zonas, el anteproyecto indica que se retirará la capa vegetal del suelo (25 cm) y se acopiará adecuadamente para su empleo posterior en labores de restauración. No se retirará la capa vegetal en la zona de ocupación de los paneles, minimizando las ... Ver más
Contenido de la página 4
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 26 Martes 31 de enero de 2023 Sec. III. Pág. 13874 REE deberán ejecutarse según la «Alternativa 5», siguiendo los trazados proyectados para las tres líneas en la adenda técnica presentada en septiembre de 2022, y bajo las condiciones recogidas en la presente declaración de impacto ambiental. B) Tratamiento de los principales impactos del proyecto A la vista del EsIA, las contestaciones a las consultas y las alegaciones, así como la información adicional, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto sobre los distintos factores ambientales y su tratamiento. B.1) Suelo, subsuelo. Residuos. El suelo se verá afectado durante las obras por movimientos de tierra y trasiego de maquinaria, lo que producirá pérdida de suelo, compactación, erosión y posible contaminación por vertidos accidentales de aceites, combustibles, etc. La ubicación de los paneles fotovoltaicos se realizará en parcelas muy llanas con una pendiente inferior al 5% y los paneles solares se dispondrán hincados sobre el terreno, por lo que no será necesario realizar nivelaciones de terreno, y los movimientos de tierra se limitarán a la excavación de zanjas para cableado y líneas de evacuación, cimentaciones de subestación, edificio y transformadores, y viales internos. En estas zonas, el anteproyecto indica que se retirará la capa vegetal del suelo (25 cm) y se acopiará adecuadamente para su empleo posterior en labores de restauración. No se retirará la capa vegetal en la zona de ocupación de los paneles, minimizando las afecciones sobre el suelo. El EsIA ha estimado unos volúmenes de desmonte y terraplén de 10.000 m3 aproximados, que serán compensados casi en su totalidad, habiendo estimado un volumen de tierras sobrantes de unos 152 m3, que se destinarán a plantas de fabricación de áridos para su reciclaje o, si esto no fuera posible, a vertederos autorizados. Dichos volúmenes se verán incrementados considerando las nuevas alternativas de soterramiento íntegro de las líneas eléctricas. El proyecto deberá contar con un Plan de Gestión de Residuos. En el caso del material excedentario, se considera apropiado destinarlo con carácter prioritario al relleno o restauración de espacios degradados conforme a la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre. El EsIA incluye otras medidas preventivas y correctoras adecuadas para minimizar impactos sobre suelos y geomorfología como el balizamiento de las zonas de obra, entre otras. Para evitar la contaminación del suelo, recoge medidas preventivas como la correcta gestión de los residuos generados o la impermeabilización de parques de maquinaria, así como la recogida de la porción de suelo afectada por vertidos accidentales para su posterior tratamiento por parte de un gestor autorizado. Agua. El proyecto se enmarca en la cuenca hidrográfica del río Duero (subcuenca río Adaja). En el entorno la zona de implantación de las plantas fotovoltaicas hay varios cauces públicos, correspondientes a los arroyos Torcas (o de la Dehesa) y Arroyuelo, y varios cauces innominados afluentes de éstos, así como varias charcas y lagunas temporales o bodones. La charca más próxima al trazado de la LSMT se ubica a 62 m de ésta. Según informa la Confederación Hidrográfica del Duero (en adelante, CHD), el cerramiento proyectado invade los cauces (y zona de servidumbre) de los Arroyos Torcas y Arroyuelo, por lo que los cerramientos deberán retranquearse lo suficiente como para respetar la integridad de los cauces y la laguna, sin que se produzca la ocupación de su DPH ni su zona de servidumbre (5 m de anchura). La no realización de movimientos de tierra para explanaciones, así como la no eliminación del horizonte edáfico superficial de toda el área de implantación de los módulos fotovoltaicos evitará alterar la morfología de los cauces y su régimen hidrológico, al no alterar significativamente la infiltración natural ni las escorrentías. cve: BOE-A-2023-2582 Verificable en https://www.boe.es B.2) Ver menos... transformación. En estas áreas, se retirará la capa vegetal del suelo (primeros 25 cm) y se acopiará adecuadamente de cara a su posterior empleo en las labores de revegetación a las que hace referencia la condición 2.7.1. 2.1.2 No se llevarán a cabo desbroces ... Ver más