Anuncio BOP-2023-532 publicado el día 31-01-2023 en Boletín Diputación Cáceres (5247).

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. BOP-2023-532 Convocatoria plaza Arquitecto/a Técnico/a.


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... a Técnico/a perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2 perteneciente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal aprobada por resolución de alcaldía de fecha 25 de mayo de 2022 publicado en el D.O.E. de 30 de mayo de 2022 ...

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Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Logrosán ANUNCIO. Convocatoria plaza Arquitecto/a Técnico/a. En aplicación de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, se convoca concurso para cubrir con carácter de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Logrosán, una plaza de Arquitecto/a Técnico/a perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2 perteneciente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal aprobada por resolución de alcaldía de fecha 25 de mayo de 2022 publicado en el D.O.E. de 30 de mayo de 2022. Logrosán, 24 de enero de 2023 Juan Carlos Hernández Martínez ALCALDE - PRESIDENTE CVE: BOP-2023-532 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 31 de enero de 2023 N.º 0021 Pág. 3402
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... del proceso selectivo ... convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo ... incidencias, cada convocatoria determinará la ... se aludirá en la convocatoria y que figurará en ... las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad ...

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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres) C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los/as aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al/a interesado/a, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el/a aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del/a interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna Resolución por el órgano competente el aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo. 5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo. En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos. Las resoluciones del Tribunal vinculan al Ayuntamiento de Logrosán, aunque éstas, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, cada convocatoria determinará la sede del Tribunal. SEXTA. Actuación de los Aspirantes 6.1. La actuación de los/as aspirantes en la defensa y/o lectura de la memoria se iniciará por orden alfabético de apellidos, a partir de la letra determinada de conformidad con el último sorteo efectuado por la Junta de Extremadura en 2022 al que se aludirá en la convocatoria y que figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Electrónico de Anuncios. Para los/as aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y medios necesarias para la defensa de la memoria debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido. Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as empleados/as públicos/as con discapacidad y la Cód. Validación: 336GGYGPCPQ667H477G2E5CG6 | Verificación: https://logrosan.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 16 CVE: BOP-2023-532 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 31 de enero de 2023 N.º 0021 Pág. 3410
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... gestión del proceso selectivo. Cuando sea ... , a la fecha de la convocatoria. Esta circunstancia se acreditará mediante ... determinara en cada convocatoria en concepto de derechos ... a qué convocatoria corresponde, cantidad ... tomar parte en la convocatoria. El abono de los ...

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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres) C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando copias de los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La fecha límite para la valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados documentalmente. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos. 3.3. Tasa por derecho de examen. La tarifa correspondiente, aprobada en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Imposición y Ordenación de la Tasa por derechos de participación en procesos selectivos del Ayuntamiento de Logrosán, para el Subgrupo A2 es de 25,00€. Estará bonificada la cuota de la Tasa, en los siguientes casos: - Tendrán una reducción del 50 % de la tasa, las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que se acreditará mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios Sociales, y que se deberá encontrar actualizado a la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. - Tendrán una reducción del 50 % de la tasa, las personas que carezcan de ocupación laboral durante, al menos 3 meses, a la fecha de la convocatoria. Esta circunstancia se acreditará mediante Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social. Para el disfrute de esta bonificación, será requisito que la persona solicitante carezca del derecho de prestación por desempleo y/o rentas superiores, en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. Estas condiciones se acreditarán por medio de certificaciones emitidos por la administración competente en el momento de la solicitud. Los expresados beneficios fiscales no tendrán carácter acumulativo, por lo cual, en supuestos de concurrencia de diversas causas que sean el origen del derecho a demandar los beneficios citados, el interesado deberá optar sólo por uno de ellos. En el supuesto de que el interesado no ejercitara la opción anterior, se procederá de oficio a considerar una sola bonificación. Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho en el Ayuntamiento de Logrosán la tasa correspondiente que se determinara en cada convocatoria en concepto de derechos de examen donde deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde, cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no resulta admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria. El abono de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. Cód. Validación: 336GGYGPCPQ667H477G2E5CG6 | Verificación: https://logrosan.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 16 CVE: BOP-2023-532 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 31 de enero de 2023 N.º 0021 Pág. 3406
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... adecuación para el desempeño del puesto de trabajo los/las interesados/as deberán ... adecuado de la plaza objeto de la convocatoria. Asimismo, los/las aspirantes expondrán la ... Selección. OCTAVA. Calificación del proceso selectivo. Una vez baremados los méritos ...

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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres) C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es b.3) Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 3 puntos. Acreditado mediante certificado oficial expedido por la Escuela Oficial de Idiomas, el Instituto de Lenguas Modernas u otro organismo oficial reconocido, de acuerdo con el siguiente baremo: 1.Nivel B1: 1,5 puntos. 2.Nivel B2: 2 puntos. 3.Nivel C1: 2,5 puntos. 4.Nivel C2: 3 puntos. C) Memoria funcional: Máximo 5 puntos. Para delimitar los conocimientos profesionales y la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo los/las interesados/as deberán elaborar y presentar, junto con la solicitud de participación en el proceso, una Memoria consistente en un análisis de las funciones y tareas del puesto o puestos correspondientes a las plazas objeto de esta convocatoria y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño. Tendrá una extensión máxima de 10 páginas, con un tipo de letra Arial 11 puntos, interlineado de 1,5 y márgenes de 2,5 cm y con numeración de páginas. La defensa tiene como fin permitir al Tribunal de selección verificar la adecuación, así como los requisitos, condiciones y medios para un desempeño adecuado de la plaza objeto de la convocatoria. Asimismo, los/las aspirantes expondrán la defensa o lectura de la Memoria, puntuándose este apartado con cero (0) puntos en caso de que el/la aspirante no aportara este mérito o no realizase ante el Tribunal su defensa o lectura. La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos y tiene como fin permitir al Tribunal de Selección valorar los conocimientos que haya alegado el/la participante, para lo cual se le podrá pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se estime necesario en relación con su contenido. Criterios de valoración: Formato y estructura: Máximo de 1 punto. Contenido y descripción de la actividad: Máximo de 4 puntos. La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal de Selección. OCTAVA. Calificación del proceso selectivo. Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento de Logrosán las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas. La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos. Cód. Validación: 336GGYGPCPQ667H477G2E5CG6 | Verificación: https://logrosan.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 16 CVE: BOP-2023-532 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 31 de enero de 2023 N.º 0021 Pág. 3414
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... aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as civiles de la Administración. El presente acto es definitivo en vía ...

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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres) C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es debe ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as civiles de la Administración. El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo puede interponer, en el plazo de dos meses a partir de su recepción, Recurso Contencioso- Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, o con carácter potestativo, en los términos comprendidos en el art.123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Recurso de Reposición ante éste mismo órgano, en el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que estime procedente. Logrosán a la fecha de la firma electrónica EL ALCALDE D. Juan Carlos Hernández Martínez Cód. Validación: 336GGYGPCPQ667H477G2E5CG6 | Verificación: https://logrosan.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 16 CVE: BOP-2023-532 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Martes, 31 de enero de 2023 N.º 0021 Pág. 3418