Anuncio 2023080157 publicado el día 30-01-2023 en Diario Oficial de Extremadura (20/2023).

Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. Anuncio de 19 de enero de 2023 por el que se da publicidad de las personas beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2022 al amparo de la Resolución de 18 de julio de 2022, por la que se establece para el ejercicio 2022, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.


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NÚMERO 20 Lunes 30 de enero de 2023 7206 ANUNCIO de 19 de enero de 2023 por el que se da publicidad de las personas beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2022 al amparo de la Resolución de 18 de julio de 2022, por la que se establece para el ejercicio 2022, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023080157) El Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, (BOE núm. 295 de 8 de diciembre) modificado por el Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo, (BOE n.º 63, de 14 de marzo), establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. La Resolución de 18 de julio de 2022 tiene por objeto efectuar en la Comunidad Autónoma de Extremadura la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de las ayudas establecidas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo). Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, están destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas contenidas en el anexo I Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo y se actualiza el Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas. Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir, vienen detallados en el apartado segundo de la citada Resolución. En el apartado tercero se detallan las actividades subvencionables: creación o mantenimiento de libros genealógicos y desarrollo del programa de cría. La cuantía y compatibilidad de la ayuda queda establecida en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011. El apartado sexto de la citada Resolución que establece la convocatoria de estas ayudas, indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en el DOE y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad