Anuncio 2023060136 publicado el día 30-01-2023 en Diario Oficial de Extremadura (20/2023).

Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. Resolución de 11 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuente del Maestre en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica


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... Social de acuerdo a lo previsto en el Decreto 99/2016, de 5 de julio, el Ayuntamiento procederá a la cobertura del puesto de trabajo en los términos establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa ...

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NÚMERO 20 Lunes 30 de enero de 2023 7091 Quinta. Del personal de la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica. El personal que ofrecerá la prestación, conforme al artículo 30 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, serán profesionales titulados en Trabajo Social. Este personal estará vinculado jurídicamente al Ayuntamiento, ya sea en condición de funcionario o contratado en régimen de derecho laboral, según proceda. La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales será ajena a todo tipo de relación funcionarial o laboral con el citado personal. Cuando dentro del periodo de vigencia del convenio el personal de la prestación cause baja o se produzca un incremento del número de profesionales del Trabajo Social de acuerdo a lo previsto en el Decreto 99/2016, de 5 de julio, el Ayuntamiento procederá a la cobertura del puesto de trabajo en los términos establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa estatal y autonómica vigente que le sea de aplicación, evitando con ello un vacío en la atención a la población. El Ayuntamiento comunicará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales los datos del personal que ofrece la prestación, con indicación de la jornada laboral y la distribución horaria. Sexta. Obligaciones de las partes. 1. L  a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes obligaciones: a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo. b) Asesorar, a solicitud del Ayuntamiento, respecto a la organización funcional de la prestación. c) Prestar, en la medida de sus posibilidades, a los profesionales del Trabajo Social de la prestación, la asistencia técnica que estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen encomendadas. d) Proporcionar información a los profesionales del Trabajo Social de la prestación sobre novedades legislativas o administrativas que puedan resultar de su interés para el adecuado desarrollo de la prestación.