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NÚMERO 20 Lunes 30 de enero de 2023 7063 Sanidad y Servicios Sociales será ajena a todo tipo de relación funcionarial o laboral con el citado personal. Cuando dentro del periodo de vigencia del convenio el personal de la prestación cause baja o se produzca un incremento del número de profesionales del Trabajo Social de acuerdo a lo previsto en el
Decreto 99/2016, de 5 de julio, la Mancomunidad procederá a la cobertura del
puesto de trabajo en los términos establecidos en la
Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura,
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa estatal y autonómica vigente que le sea de aplicación, evitando con ello un vacío en la atención a la población. La Mancomunidad comunicará a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales los datos del personal que ofrece la prestación, con indicación de la jornada laboral y la distribución horaria. Sexta. Obligaciones de las partes. 1. L a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes obligaciones: a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo. b) Asesorar, a solicitud de la Mancomunidad, respecto a la organización funcional de la prestación. c) Prestar, en la medida de sus posibilidades, a los profesionales del Trabajo Social de la prestación, la asistencia técnica que estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen encomendadas. d) Proporcionar información a los profesionales del Trabajo Social de la prestación sobre novedades legislativas o administrativas que puedan resultar de su interés para el adecuado desarrollo de la prestación. 2. L a Mancomunidad asume, mediante la suscripción del presente convenio, las siguientes obligaciones: a) Garantizar la efectiva prestación de información, valoración y orientación en los términos regulados en la
Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y en sus disposiciones de desarrollo. b) Dotar de un espacio físico adecuado para la prestación. Dicho espacio contará con conexión telefónica y a la red internet; permitirá el archivo y custodia de los expedientes
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