Anuncio BOCM-20230130-25 publicado el día 30-01-2023 en Boletín Oficial Comunidad Madrid (bocm-20230130-25).

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL Crédito presupuestario ayudas –  Orden 125/2023, de 25 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid


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... en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Por Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueban las normas reguladoras y ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 25 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 30 DE ENERO DE 2023 Pág. 143 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Familia, Juventud y Política Social 25 ORDEN 125/2023, de 25 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Por Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. De conformidad con el artículo 6 del Acuerdo, el otorgamiento de las ayudas se realizará mediante el procedimiento de concesión directa. En virtud del artículo 5.3 del Acuerdo indicado, la concesión de las ayudas deberá venir precedida por la aprobación de la Orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para el ejercicio correspondiente. A tal fin, el órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión durante el ejercicio 2023, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda. De conformidad con el artículo 7.1.a) de la citada Ley 2/1995, como órgano concedente de las referidas ayudas, DISPONGO Primero El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, es de 130.000 euros. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo al Programa Presupuestario 232B, Acciones contra la violencia de género y promoción de la igualdad de oportunidades, partida 48399 “A familias”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023. Publicar la presente Orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 25 de enero de 2023. La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO (03/1.441/23) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20230130-25 Segundo