Anuncio 00340/2023 publicado el día 30-01-2023 en Boletín Diputación Badajoz (20/2023).

Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. Bases de la convocatoria de varias plazas de personal laboral fijo del grupo E, mediante concurso, incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal


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... Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS Ayuntamiento de Alburquerque Alburquerque (Badajoz) Anuncio 340/2023 Bases de la convocatoria de varias plazas de personal laboral fijo del grupo E, mediante concurso, incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE VARIAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO DEL GRUPO E, MEDIANTE CONCURSO, INCLUIDAS EN PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALBURQUERQUE Don Manuel Luis Gutiérrez Regalado, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Alburquerque, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal laboral fijo, 5 plazas del Grupo E, mediante sistema de concurso, acogidas al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Alburquerque, con arreglo a las siguientes: BASES: Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de las presentes bases la regulación de los aspectos comunes para la convocatoria y proceso de selección de personal laboral fijo, mediante sistema de concurso acogidas al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Alburquerque de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la oferta extraordinaria pública de empleo, de las siguientes plazas: Convocatoria Grupo Número de plazas Conductor/a E 2 Operario cementerio E 1 Jardinero E 1 Conserje edificio E 1 Segunda.- Publicidad. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alburquerque y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado. Toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alburquerque. Tercera.- Requisitos de admisión de los aspirantes. Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación: A. Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. B. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. C. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. D. No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 10
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... integran el proceso selectivo un ... convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 nominal del Tribunal. Sexta.- Tribunal Calificador. 6.1.- El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros, todo ellos con titulación igual o superior a la de la plaza convocada y funcionarios de carrera de las respectivas administraciones públicas: - Presidente/a: Un empleado público, nombrado por la Alcaldía, de igual o superior grupo de clasificación profesional. - Secretario: El de la Corporación, o empleado en quien delegue, que actuará solo con voz, pero sin voto, ciñéndose a la labor de dar fe pública. - Cuatro Vocales: Cuatro funcionarios/as de carrera de igual o superior grupo de clasificación profesional, nombrados, dos, por la Junta de Extremadura y 2 por la Diputación de Badajoz. 6.2.- El Tribunal estará compuesto por los titulares y los respectivos suplentes que simultáneamente habrán de designarse. 6.3.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del Presidente y Secretario. 6.4.- Las decisiones se adoptarán por mayoría. 6.5.- La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la autoridad convocante. 6.6.- El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas o propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado parar resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en estas bases. 6.7.- Observadores: En calidad de observadores, con voz, pero sin voto, podrán estar presentes en todas las fases que integran el proceso selectivo un representante de cada sindicato con implantación en el Ayuntamiento de Alburquerque. 6.8.- El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan. 6.9.- Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir participando condicionadamente en el proceso selectivo. Séptima.- Desarrollo del proceso selectivo. 7.1.- Desarrollo. Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará el respectivo BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 4 de 10
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... de la convocatoria pública ... del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, declara que reúne todos ... proceso selectivo por concurso de esta convocatoria ... gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 EXPONE: Que teniendo conocimiento de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Alburquerque para la provisión de una plaza del Grupo E, con denominación ____________________________________________, publicada en el BOP de Badajoz de _______/_______/_______, a través del sistema de concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, declara que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos y acompaña la documentación que resulta preceptiva, solicitando que, teniendo por presentada esta solicitud y realizados los trámites y comprobaciones previos que se estimen oportunos, se le admita en el mencionado procedimiento, formulando declaración responsable de que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas y que no padece enfermedad o defecto físico o psíquico que me impida desarrollar las funciones propias del puesto demandando. Adjunta: Fotocopia compulsada del DNI. Vida laboral. Documentación justificativa de los méritos alegados en fotocopia compulsada. SOLICITA: Tomar parte en el proceso selectivo por concurso de esta convocatoria para una plaza de ________________________________________________, aceptando íntegramente el contenido de las bases y comprometiéndose al cumplimiento estricto de las mismas. Alburquerque, a ___________ de ___________________ de 2023 El solicitante Protección de datos personales. En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a un fichero cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión personal en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otro extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas listas de espera se harán públicas) cuyo titular es el Ayuntamiento de Don Benito, sito en la calle San Mateo, 1 de Alburquerque (Badajoz), ante el que se puede ejercer, remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículo 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Alburquerque. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 9 de 10
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... solicitudes al presente proceso selectivo. 7.2 ... de estabilización de empleo temporal de la ... la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación ... plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de ... misma plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 Tribunal de selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios prestados como personal contratado laboral en la categoría de plaza a la que opta. El sistema de selección será el de concurso. La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Alburquerque será aportado de oficio por la propia Corporación. El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras administraciones públicas habrá de ser aportado durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso selectivo. 7.2.- Baremación del concurso de méritos. A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este Ayuntamiento de Alburquerque, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido esta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE. Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo: (La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos). 1.- Antigüedad: A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,45 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Alburquerque en la misma plaza, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,25 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública ocupando la misma plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. D. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,15 puntos, hasta un máximo de 80 puntos. La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 80 puntos. 2.- Formación: Se valorarán los cursos y actividades formativas, oficiales, recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Alburquerque, el Instituto Nacional de Administración Pública, otras administraciones o BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 5 de 10
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... la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ... extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas, listas de espera se harán públicas) ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Duodécima.- Impugnación. Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos: 1.º.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/19982, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente. 2.º.- Cuando se haya interpuesto recurso de reposición, contra el presente acto, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente. Decimotercera.- Protección de datos de carácter personal. En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento de la (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), le informamos que sus datos personales serán incorporados a los ficheros automatizados de Secretaria General y Gestión de Recursos Humanos y Nóminas, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal, en todos sus aspectos: Formación, selección y promoción interna, retribuciones, estadísticas relativas al mismo, prevención de riesgos laborales, incompatibilidades y otros extremos, para gestionar las listas de espera que genera la convocatoria (dichas, listas de espera se harán públicas) salvo que los aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se utilice a tales efectos, cuyo titular es el Ayuntamiento de Alburquerque, sito en la calle San Mateo, 1 de Alburquerque (Badajoz), ante el que puede ejercer remitiendo una solicitud por escrito, los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Lo que se hace público para general conocimiento. En Alburquerque, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Luis Gutiérrez Regalado. ______________ ANEXO I MODELO DE SOLICITUD Don/doña _________________________con NIF: Número ___________, vecino de __________, provincia de ___________________, teléfono de contacto _____________, con domicilio en la calle ________________, número __________ y correo electrónico _____________________ comparece ante V.I., por el presente escrito y como mejor proceda: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 8 de 10
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... en los mismos términos, el acceso al empleo público. E. Los aspirantes a la plaza ... de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las ... tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. E. Los aspirantes a la plaza de conductor/a deberá estar en posesión de C1. El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración responsable contenida en la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten seleccionados deban aportar en el momento de su nombramiento la documentación acreditativa correspondiente. Cuarta.- Solicitudes y plazo de presentación. 4.1.- Presentación de solicitudes. En las instancias, solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, conforme al modelo que aparece en el anexo I, los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para la plaza que se opte, se dirigirán al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alburquerque, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias deberán ir acompañadas: Fotocopia compulsada del DNI. Los documentos, en original, fotocopia compulsada o copia auténtica, acreditativos de los méritos que se aleguen por los aspirantes, para ser valorados en el concurso, de acuerdo con la baremación establecida en la Base 7.2. Vida laboral. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento de Alburquerque será el responsable del tratamiento de estos datos. 4.2.- Lugar de presentación de instancias: Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alburquerque, se presentarán en el registro general de este Ilmo. Ayuntamiento, de lunes a viernes (excluidos días inhábiles), de 9:00 a 14:00 horas, o conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes no presenten su solicitud directamente en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Alburquerque, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el citado artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, además deberán remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de Alburquerque copia de la solicitud, junto con la documentación adjunta a la misma, vía correo electrónico: secretaria@alburquerque.es. 4.3.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. Quinta.- Admisión de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa de exclusión de estos últimos, que se hará pública en la sede electrónica y el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alburquerque, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, a partir del siguiente a su publicación. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en la sede electrónica y el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alburquerque la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. En la misma resolución, se hará constar la designación BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 3 de 10
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... en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando el puesto objeto de convocatoria. 2.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual ... o actividades de formación. Octava.- Resolución de la convocatoria. Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 entidades públicas, organizaciones sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua de Administraciones Públicas. Por cada 10:00 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 20 puntos. A estos efectos, un crédito equivale a 10:00 horas y a 0,20 puntos. En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a: 1.º.- La mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando el puesto objeto de convocatoria. 2.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en el Ayuntamiento de Alburquerque. 3.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en otras administraciones públicas. 4.º.- Por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo. 7.3.- Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional. a) Criterios generales: - No se computarán las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes. - Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente. b) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Alburquerque no habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la presente base, siendo estos aportados de oficio por la propia entidad. c) Los servicios prestados en otras administraciones públicas: La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada y tiempo de permanencia en la plaza. d) Los méritos de formación: - Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de formación. Octava.- Resolución de la convocatoria. Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en la sede electrónica un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas. BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 6 de 10
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... de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria: a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier ... del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que quince días, aduiriendo el/la ...

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Ayuntamiento de Alburquerque Anuncio 340/2023 Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las puntuaciones, este publicará posteriormente en la sede electrónica, la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, elevándose propuesta de nombramiento de quien haya obtenido la mayor puntuación total a la Presidencia de la Corporación. Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de estas siguiendo el orden de puntuación obtenida de mayor a menor. Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria: a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor. b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones. d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, el acceso a la función pública. f) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la administración de quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida, como consecuencia de la citada anulación. Presentada la documentación exigida se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que quince días, aduiriendo el/la trabador/a la condición de empleado público. Quien sin causa justificada no formalice el contrato en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido. Décima.- Incompatibilidades. Los/las aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y de más normativa aplicable. Undécima.- Legislación. En lo no previsto en estas bases le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 7 de 10